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Multa de 2.250 euros por usar su apartamento en La Gomera como segunda residencia y no destinarlo al turismo

Multa de 2.250 euros por usar su apartamento en La Gomera como segunda residencia y no destinarlo al turismo

Pese a que el Gobierno canario anunció que se cancelaban estas sanciones, siguen las multas a los propietarios por vivir en zonas turísticas, por no dedicarlos a esta actividad o no cederlos a un explotador.

| etiquetas: canarias , la gomera , turismo , cc , pp , multa , vv
Comentarios destacados:                  
#7 Medidas para que viviendas de fondos buitre o de grandes tenedores se puedan alquilar -> comunismo, atentado contra las libertades

Multas para que una segunda vivienda tenga que ser alquilada por cojones a turista -> neoliberalismo bueno, creador de riqueza
Medidas para que viviendas de fondos buitre o de grandes tenedores se puedan alquilar -> comunismo, atentado contra las libertades

Multas para que una segunda vivienda tenga que ser alquilada por cojones a turista -> neoliberalismo bueno, creador de riqueza
#7 Creo que no es exactamente así, pero te has acercado. Yo diría:

Viviendas construidas, escrituradas y con licencia para uso residencial -> circulen, aqui no pasa nada si se usa para uso turístico.


Vivienda construidas, escrituradas y con licencia para uso turístico -> es una aberración, un escándalo y una estafa, que estás familias se aprovechen del sistema de esta manera, todo el peso de la ley sobre ellas.
#7 Y lo peor de todo no es alquilarla, sino que se la cedes a un tercero para que la alquile... todos locos :wall:
Qué locura.
#1 #3 o es vivienda o es negocio. Residencias vacías ya no: diariodeavisos.elespanol.com/2025/09/expropiar-viviendas-vacias/

#3 Es como en Suiza, si haces eso cuando vas te tienes que facturar. Un suizo con segunda residencia en Suiza es alguien que puede pagar como poco 15.000€ al año por tener una vivienda vacía, es de ricos, y heredar inmuebles es estrés.
#29 ¿si alguien se pone como residente sería el mismo problema de no ponerlo como vivienda turística de lo que va lo noticia o sería el problema que pongo en #16? ¿está prohibida la reconversión o es que sencillamente cuesta y se exponen a lo de #6?
#30 Está prohibida la reconversión, como está prohibido contruir en suelo rústico. Es lo que entiendo yo. En unos sitios hacen la vista gorda, en otros no. A mí me ofrecieron comprar en esas circunstancias, y renuncié, porque me parecía mucho riesgo.
#33 si has dado permiso para una vivienda turística, has dado permiso para vivienda, de hecho es obligatorio una reserva del 90% y del 80%(según la isla) de la promoción a ese fin.
El problema es contar que puede salir gratis la reconversión cuando toca adaptar la vivienda a la normativa nueva por la reconversión, sea de paso de vivienda turística o residencial. Lo que ha desaparecido casi por completo es la vivienda vacacional, lo que se va a dificultar por todos los medios es tener una vivienda para segunda residencia.
#36 no es el mismo problema ya que la sanción no sería la misma.
Si son residentes pasa lo que pongo en #16 y se pueden pasar 10 años poder volverla a poner para uso turístico, con nueva reconversión.

Tal como está ahora, pagan la multa, la ponen de uso turístico y no pasa nada. Si fuera vivienda, sin residentes durante más de medio año, se exponen al riesgo de #6, o sanción por usarla como vivienda turística son licencia.

¿de verdad os parece el mismo problema?
#49 #47 www3.gobiernodecanarias.org/noticias/el-gobierno-dotara-a-los-ayuntami

Si en 5 años la vivienda vacacional no cumple eso, no podrá darse de alta de como vivienda turística hasta 10 años más tarde, así que les toca conversión a residencial y ahí entra la amenaza de #6.

Que 1 de cada 5 viviendas en Canarias está vacía: cadenaser.com/canarias/2024/10/14/canarias-filtrara-sus-211000-viviend ponerse en serio con lo de no decarar el uso turistico o que se pongan a la venta a coste del nivel de vida de los residentes, no construir por construir.
#52 Pero es que no estamos hablando de vivienda turística, estamos hablando de apartamentos/bungalows construidos en los 70/80 en zona turística que mucha gente usa para vivir o como segunda residencia.

En GC llevamos años con esta historia (mi suegro por ejemplo tiene uno), que sacaron una ley que obligaba a entregarlo a un operador turístico X que te paga lo que ellos quieran (una miseria) y encima el dueño sigue teniendo que pagar las derramas.

No sé si eres de Canarias, pero imagínate que declaran zona residencial Maspalomas o Playa del Inglés y empiezan a poner límites de horario de apertura de locales o ruidos...

PD: para variar la web del gobiernodecanarias va como el culo
#53 como pasó en otras ciudades, es un proceso del urbanismo, en este caso para el residencial.

Hacerlo en algo tan turístico como Canarias es drástico, pero se supone que han votado para eso.

Saliendo del tema ¿que pasa con la web? a mi me carga la noticia por si corrijo el enlace o pongo una captura.
#53 He estado en Maspalomas en julio, agosto, septiembre, y ves coches de guiris pillando polvo porque los guiris se fueron a su país a pasar el verano pero viven en Maspalomas 9 meses al año.
Que vivan guiris jubilados mucho no afecta, ya tienen sus Doktor en cada esquina.
Si vienen familias hay que montar colegios etc.
#69 es que se puede hacer residencial, lo que no vas a poder es después de hacerlo residencial es volver a ponerlo para uso turístico en 10 años, eso sumado a la amenaza de #6 o hace que la gente lo ponga para ocupar por turismo, aumentando la oferta de habitaciones o resida o venda a otro para residir ahí, aumentando la oferta de vivienda para residentes. Lo que no se podrá hacer es tener una vivienda sin ocupar de una manera o de otra, se supone para acabar con el negocio de segunda residencia y de alquiler irregular.
#1 Sobre y mas sobres moviéndose para sancionar a esa gente que no cede su apartamento.
#1 efectos del intervencionismo estatal en la propiedad privada.
#1 Por lo que veo en la noticia, son apartamentos que se construyeron con una normativa y licencia, que especificaba que debían de usarse para uso turístico.
Me parece que los propietarios estam actuando incorrectamente. Es como el que se compra una VPO para hacer negocio con ella.
#1 Las cosas de la derecha y sus votantes, si es que no se puede con ellos
Es esto legal???, que te puedan obligar a ceder un bien tuyo para un tema publico es jodido pero se puede entender, pero que te obligen a cederlo para un interes privado no hay por donde cogerlo.
Imagino que hecha la ley hecha la trampa, y si te obligan a cederlo a alquiler turistico lo pones a 100.000 euros la noche y listo, sabes que nadie lo va a alquilar... pero manda huevos que diria aquel.
#3 Quizás había pedido una subvención para VUT y al final no lo h puesto en servicio, y de ahí la multa
#13 Quizás el explorador turístico de al zona del d quien le ha denunciado.
#3 #10 No. En Canarias con su ley de turismo hay una serie de explotadores turísticos, que gestionan los alquileres turísticos y se encargan de cumplir todas las leyes, contar con todas las licencias. Ese edificio lo gestiona un explorador turístico y se lo tienes que ceder. El ya reparte beneficios contigo, así que no creo que puedas fijar un precio desproporcionado para que a efectos prácticos esté fuera del mercado aunque esté dentro.
#3 esta a la altura de pagar gasoil agricola para utilizar en tu coche particular.
#3 Y se considera que se ha incumplido “el deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento y la del inmueble construido en ella según la licencia obtenida en el momento de su edificación”, que era el de dedicarlo a la actividad turística en modalidad extrahotelera en lugar de dedicarlo “al uso residencial”. En el informe de Inspección se sostiene que “ni los propietarios ni el Ayuntamiento han acreditado que se haya consolidado el uso residencial que se está realizando ni que el mismo esté permitido por el planeamiento ni por la licencia”.
#11 Según la noticia ese es el problema, no es una vivienda residencial.

#16 Sí es el caso y la misma noticia lo explica. Véase #35
#3 #10 Es que el problema es que están obligados a cederselo al operador turístico asignado y encima por el precio que quiera dicho operador, no pueden alquilarlo por su cuenta ni al precio que quieran.
#3

Tiene truco y ya salió la cosa antes. Resulta que en Canarias hay zonas de explotación turística, donde se han puesto una serie de viviendas a la venta para eso. La gracia es que al ser turísticas hay una serie de servicios que la administración no tiene que dar lo que repercute en el valor del suelo y por ende del suelo (no hacen falta colegios ni un sistema sanitario potente, por ejemplo)

La gente se aprovechó de estos chismes más baratos para poner allí su residencia, así que el tema no es que te obliguen a ceder tu propiedad, es que las codiciones de venta es que eran para eso. Es más o menos como el tema suelo rústico y urbanizable, pero a nivel turístico.
#3 Esta gente se comprometió con el estado a dedicar esos inmuebles única y exclusivamente a la explotación turística, a cambio de ayudas estatales para tal fin.
#72 desde 93 se puede hacer residencia, el negocio era tener una segunda residencia en edad laboral y opción a residencia permanente a la jubilación, ese era el margen de tiempo para crear infraestructura en previsión, otra cosa es que Canarias de imprevisto tiene tiene 17 millones de turistas anuales y masificación del el uso de vivienda turística superando a hoteles y complejos extrahoteleros: www.canarias7.es/economia/turismo/sorpaso-sector-turistico-plazas-vivi
El turismo se está metiendo en medio de las zonas residenciales y 1 de cada 5 casas está vacía, sea de verdad o por alquiler irregular.
Por si sirve de algo, aunque en el artículo no lo explica.

En San Fernando, cerca de donde vivo, se contruyó un complejo de apartamentos (en los bajos hay un centro comercial gigantesco, con cines, hipermercados, etc) cuyo destino debía ser turístico (en efecto, entiendo que no es suelo residencial, creo que se llama terciario, pero no estoy seguro). De hecho, es una concesión municipal por x años (90, creo). Pasado esos años, o se cierra el chiringuito o se renueva la concesión de uso.…   » ver todo el comentario
#11 la cuestión de fondo es exactamente esa
#14 Pues entonces es lo que hay. Entiendo que no tiene uso residencial, y por tanto no usarlo para ese fin es la razón por la que se multa. El titular es engañoso, o incompleto.
#15 lo que hay se está dirimiendo ahora. Precisamente la semana pasada acudía a la Comisión de Turismo del Parlamento de Canarias la presidenta de la plataforma de afectados, y expuso todas las reservas que tienen sobre estos asuntos.

Puede verse su intervención si te vas a la hora exacta del vídeo (1:00:00) parcan.es/video/jornada/53748/
#11 no es el caso de la noticia, es segunda residencia.
El caso que dices es otra sanción distinta para devolver, llegado el caso, ayudas de promoción turística o por no hacer una reconversión y conseguir cédula de habitabilidad para una residencia permanente, como es en cualquier comunidad autónoma y municipio.
#16 El artículo no lo aclara. Pero me temo que ese señor ha decidido comprar un piso turístico en suelo terciario y usarlo como segunda residencia.
#19 De la notica: «Viven en Tenerife y usan su vivienda para pasar fines de semana y a veces largas temporadas, ya que en La Gomera tienen arraigo familiar.»
Otra cosa es que tengan a un familiar allí residiendo gratis, pero la multa es al propietario.
#21 "pasar fines de semana y a veces largas temporadas"
Eso es hacer uso residencial. Lo que viene siendo una segunda residencia.
#23 si, es lo que pongo en #16 como respuesta a otro comentario.
#21 Lo dice de manera indirecta: ''propietarios en zonas turísticas que no lo dedicaban a este fin y residieran en sus apartamentos''. Y mças adelante: se ha incumplido “el deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento y la del inmueble construido en ella según la licencia obtenida en el momento de su edificación”, que era el de dedicarlo a la actividad turística en modalidad extrahotelera en lugar de dedicarlo “al uso residencial”.

Es obvio. El problema es que el artículo no ahonda en el origen del problema. A lo que se suma que ''los propietarios prefieren salvaguardar su nombre, el nombre del complejo y el municipio donde se encuentra''.
#11 es un poco el mundo al revés no? Justo lo contrario de lo que pasa en el resto del país. Me cuesta entenderlo
#11 Por lo que tengo entendido, el asunto es que si el uso es turístico, son gente que está de paso y no vive ahí. Eso te permite no darlea ciertos servicios como colegios, institutos y hasta hospitales más allá de urgencias.

Un municipio puede tener 5.000 habitantes, y 35.000 en temporada alta en sus edificios turísticos. El ayuntamiento tiene que planear ciertas cosas solo pensando en 5.000, y otras pensando en 35.000.

El asunto es que si luego se te ponen a vivir 35.000 en una zona no…   » ver todo el comentario
#47 Ese es el problema, añadiendo además la normativa de ruidos y horario de cierre de locales, que no es lo mismo en una zona turística que en una residencial..
#11 #47 Esa es exactamente la explicación. Es cierto que si no se conoce ese aspecto suena muy loco, pero tiene su lógica.

Otra lógica también es la estética exterior. Cuando se pone gente a vivir, empiezan a acumular trastos en los balcones/terrazas, a decorarlos e incluso pintarlos diferentes, a hacer cerramientos ilegales... y al final una fachada que debería verse homogénea y limpia acaba teniendo aspecto de ghetto.

En Fuerteventura también pasa mucho y encima con el problema de que creo que no se legisló bien y algunas se permitieron usar como residencial, y han estropeado muchas zonas por esto.
¿A que joder que te obliguen a hacer con tu vivienda cosas que no quieres hacer?
#2 es que técnicamente esa no es su “vivienda” o al menos no debería serlo
#4 vale, su propiedad.
#9 sí,’pero cuando la compró, fue con unas condiciones muy claras del ayuntamiento.
Igual que en una vivienda normal no puedes montar un piso turístico sin licencia, en un piso turístico no puedes montar una vivienda….
#22 "“Cuando compramos ponía un contrato de explotación turística pero era de mutuo acuerdo renovarlo o no y en las escrituras no pone que estés limitado a ese uso de por vida”, apunta. “No dice que la vivienda tenga uso exclusivo turístico”, insiste. "
#27 la normativa municipal no la cambia un contrato entre el vendor y el comprador .

A ver si ahora vamos a creer al que se queja de la multa…. Sin una sola prueba
#28 La normativa municipal, mas bien autonomica, no puede cambiar el uso de algo ya consolidado (el problema actual viene de la nueva Ley aprobada en marzo). Y para algo esta el notario cuando se escritura, por cierto.

Yo no creo ni dejo de creer nada. Tu sin embargo no tienes el menor problema en dar por bueno lo que dice quien multa...sin una sola prueba.
#4 Sí es su vivienda. Una segunda residencia es una vivienda del propietario. No lo sería si el piso estuviera alquilado porque en ese caso sería la vivienda del inquilino.
#2 si te saltas lo que dices el contrato, no
NO podía utilizarla como segunda residencia.
coño, que bolivariano todo... xD
#8 ¿Qué eras de lo que te creías que vivimos en un sistema hipercapitalista neoliberal? :-D

#10 Tranquilo, en seguida te obligarán a alquilar al precio que considere el gobierno de turno, al tiempo. :popcorn:
Oye y si lo pongo en alquiler, por 100.000€ la noche?
El precio es libre

En alquiler está, pero no lo alquilan.
Desde luego, estas medidas son la ostia
#10 Hostia.
#43 Ostia, ciudad de Hitalia

:shit:
#10 No puedes, porque no puedes alquilarlo explotarlo tú, tienes que cederlo al operador turístico único, vamos una empresa, que ya se encarga de pasarte las facturas y repartir las migajas .

En La Gomera y en muchas partes de Canarias, se vendieron como apartamentos que podías disfrutar como segunda residencia y explotarlo tú por tú cuenta. La ley cambio hace relativamente poco introduciendo la figura del operador único, adivinen quien o quienes estaban detras, pues si las patronales del turismo.
#61 creo que estas juntando los concepto de registro único de alquiler turístico que es a toda españa para alquiler turístico y unidad de explotación turística como normativa recogida en la Ley de Turismo de Canarias que establece que todas las unidades alojativas de un complejo con uso hotelero o extrahotelero deben gestionarse de forma conjunta por un mismo operador, obviando el uso residencial y alquiler que no sea de corta duración.
A mí esto me parece muy loco.
#5 Yo pensé inmediatamente que era elmundotoday y fui a mirar la url... Pero no.
Esto es de coña, viviendas para uso turístico en zonas residenciales: estupendo, mira Airbnb.

Apartamentos en zonas turísticas convertidos en viviendas: ¡Noooooo, un multón que te crujo!

Un poquito de coherencia y reciprocidad ¿No? Y luego suena el despertador y me levanto de la cama, que en Canarias estamos para servir al guiri.
Disfruten lo votado.
#26 Si los votos sirviesen para cambiar algo, estarían prohibidos.
Pensaba que era una noticia de El Mundo Today. Pero no, parece real.
Esto me ha trastornado profundamente, necesitaré tiempo para recapacitar sobre esta abominación.
malditos comunistas expropiando los pisos de los trabajadores
No es el mundo today?
Usar la vivienda como producto financiero y de inversión o usar un inmueble destinado a uso terciario o industrial como vivienda es lo que tiene.
:troll:
Este país es una ruina
Sin conocer las peculiaridades de este caso concreto, he estado pensándolo un poco y quizás tenga sentido crear zonas turísticas en una ciudad y penalizar quien le dé otro uso. Me explico:
Si tú ciudad atrae turistas y los fondos y particulares empiezan a acaparar vivienda para ofrecerla a turistas, es un problemón para tus ciudadanos. Una opción sería fomentar la creación de vivienda barata para turistas, ofreciendo condiciones económicas (licencias más baratas) favorables en ciertas zonas…   » ver todo el comentario
Si compras un inmueble con licencia para uso turístico no quieras luego quedartelo para uso privativo. Me parecen bien las sanciones.
¿Estamos tontos o qué?.

Una cosa es dedicar una propiedad a la explotación turística y que la realice el dueño
y otra que le obliguen a que esta la realice un grupo externo al dueño, y se queden los beneficios,
y a este le reviertan los gastos.

Obligan a ceder por cuatro euros la explotación turística de su piso, etc...a una serie de chringuitos,
cuyos dueños y gestores son los mismos grandes hoteleros de las islas.

Si eso pasa en cualquier otra parte de España, estaría ardiendo.
qué es lo siguiente, derecho de pernada?

menéame