Así lo ha decidido la Sala de lo Penal en la que el TS remarca que, tras "haber mentido" la denunciante "sobre la existencia de los hechos denunciados se derrumba, inevitablemente, todo el edificio condenatorio". "El estándar exigible de investigación eficaz en la fase previa debe permitir que los cuadros de prueba de la acusación se enriquezcan, evitando de este modo que tanto la acción penal como, eventualmente, la condena se apoyen, solo, en el testimonio de quien afirma ser víctima de este tipo de delitos", concluye el alto tribunal.