#21 eres muy corto. Te dejan votar? Una lástima. No deberían dejarte. Así nos va. Con gente como tú con derecho a voto. Una pena. Algún día esto cambiará y a la sociedad le irá mejor. Quizás yo no lo vea, pero otros lo verán.
#39 Ya. Veamos. Fíjate en esta parte donde no se cumple ninguno de los postulados anteriores. "...en todo caso no puede acogerse si afecta a la primera vivienda del propietario [...] a la segunda residencia o a una vivienda cedida a otro participar como primera residencia. "
Y además hay que cumplir esto para suspender el desahucio: "Si el propietario es una persona jurídica o persona con más de diez viviendas..."
#37 La coma te confunde, ¿no? EDITO/AÑADO: ¿Y si ponemos puntos y seguido?
Si el propietario es una persona jurídica o persona con más de diez viviendas. Si el ocupante es vulnerable. Dependiente. Víctima de violencia de género. Convive con menores o dependientes a su cargo, y en todo caso no puede acogerse si afecta a la primera vivienda del propietario [...] a la segunda residencia o a una vivienda cedida a otro participar como primera residencia.
#29 Pues no. Deja claro que no te puedes acoger a la medida si es primera o segunda vivienda y tampoco si esa vivienda es cedida a alguien que la tenga como primera vivienda. Vamos, que tendrías que tener 3 viviendas para que se deba dar el supuesto ese de que se queden en tu casa porque tienen niños y se pueda dar el caso (que además eso lo determinaría un juez) de que te la estén usurpando (la ocupación como término legal es que ni existe, y la que se escribe con k está relacionado con el movimiento anarquista okupa que es tan rarísimo en España actualmente que es que ni entramos en él).
#29 Veamos, pongamos una "o"... Si el propietario es una persona jurídica o [esta "o" no la puedo cambiar] persona con más de diez viviendas O si el ocupante es vulnerable O dependiente O víctima de violencia de género o [esta "o" no la puedo cambiar] vive con menores o dependientes a su cargo.
¿Es eso lo que dices?
#21 Lo entiendes mal, porque ADEMÁS no puede ser ni primera ni segunda vivienda y además si el propietario es o bien jurídico o tiene más de 10 viviendas.
#13: Sí, pero esto ya suena un poco a "culpa del ministro, que no rellenó el formulario con bolígrafo azul".
La vía fue revisada a fondo, puede que eso no sea "integral", pero el tema aquí es que se hizo una revisión a fondo.
El problema está en quién hizo esa soldadura (persona jurídica digo), a quién contrataron para hacerla, qué medios emplearon y cuánto tiempo dedicaron. O si es culpa del raíl (yo creo que no), revisar toda la trazabilidad de ese raíl.
Culpar a Óscar Puente no solo me parece mal porque creo que no tiene la culpa, sino que desvía la atención del verdadero culpable. Y si se hizo algo de forma deficiente con la conveniencia de Óscar Puente, entonces sí, que pague él, pero entre Óscar Puente y esa soldadura hay muchas personas, no tiene sentido culpar de buenas a primeras a la que está justo arriba del todo.
#9 Detectan que algo falla, intentan comunicar con el maquinista. El maquinista no responde por motivos obvios (ha fallecido), pero eso no lo saben. Llaman a la interventora que está desorientada, le preguntan que ha ocurrido. Confirman el lugar del accidente. Todo esto teniendo en cuenta que son trenes de operadoras distintas [1]. Envían en al aviso.
15 minutos para eso. ¿Te parece una eternidad?
[1] Esa es otra. ¿Sabemos cuanto tardó Iryo en reaccionar? Que aquí parece que solo nos preocupa la gestión de RENFE y Adif, pero de la de Iryo pues nos da igual.
#19 ASML puede ser Europeo, pero reciben sus pedidos directamente de los EE.UU. Tío Sam ha prohibido a ASML vender su tecnología a China... y ASML obedece como un maldito esclavo.