#32 Pedirían que lo declarasen "patrimonio inmaterial", o "de interes cultural", o cualquier mierda de esas, y a recibir subvenciones y chupar del bote, como pasa con la tauromaquia.
Esto es lo que dice la propia noticia (pongo negritas) :
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en la vía pública y a plena luz de día, cerca del Centro Comercial Nueva Condomina. EL ESPAÑOL ha accedido al vídeo que grabó el conductor de un vehículo que no daba crédito a lo que acababa de presenciar y que informó a la Policía Local de Murcia.
Un portavoz policial confirma a este diario que durante la tarde del viernes 9 de mayo, se recibió el aviso de un conductor que alertaba de que se estaban produciendo "actos de exhibicionismo obsceno", en una calle próxima a los bloques de pisos del Centro Comercial Nueva Condomina.
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El comentario #167 dio la posición exacta... que con Google Street View puede comprobarse que concuerda:
* bloques de pisos al fondo
* El espacio no asfaltado para estacionamiento junto a la calzada asfaltada
Coincide con el video pixelado de la noticia, y con el no pixelado que encontré en X.
Un lugar para estacionar / descansar junto a la calle / carretera NO es un "parking". Y una calle / carretera no es "un Centro Comercial". Es cierto que está "cerca" del Centro Comercial, pero la distancia pueden ser 500 metros... no tan cerca como para que alguien que salga de comprar las viera.
Además, dice que no era delito penal de exhibicionismo porque no había menores ni discapacitados y en un Centro Comercial suele haber menores...
Mi personal "veredicto":
* El titular es sensacionalista / erróneo... han exagerado el titular para que parezca más escandaloso y los lectores imaginen actos sexuales en un lugar concurrido
* La entradilla es microbloggling, tal como dijo #40 , ya que dicha entradilla habla de un "delito" de exhibicionismo y no hay delito, hay infracción administrativa.
Es una infracción contra la ley de Seguridad Ciudadana, es algo contra una ley, sí, pero no "delito".
Aunque admito que en lenguaje coloquial se llama "delito" a cualquier infracción de la ley... así que personalmente no me parece un microbloggling muy grave.
#50 Este invierno estuve fastiado un par de días con fiebre bastante alta. Como trabajo para una empresa de fuera, pues decidi ir a la consulta para que me dieran el justificante. Al estar saturado por la mañana me dicen: vuelve por la tarde. Voy por la tarde y resulta que la médico no estaba por la razón X. Pero al cabo de unas horas me llama, le explico los sintomas y que habia tomado (paracetamol, vaya) y, ya esta, un justificante de los días anteriores y para no trabajar al día siguiente (ya me empezaba a encontrar bien). Todo por teléfono y correo.
#51 Si te das cuenta, te marca los precios mínimos, pero el gráfico muestra unos precios máximos y unos precios medios (que es lo que realmente tienen como ingresos). Esos los obvia y ambos son positivos. Si yo te vendo un coche que ha costado 2000 euros a -1000 euros y otro a 5000 euros no he perdido dinero. He ganado 1000 euros de media en cada coche.
#6#25 El famoso “convenio del metal” (al que está acogido el sector del comercio de informática) en Alicante es genial. Hay que complementar hasta el 100% el salario en caso de baja, sea profesional o causas comunes.
El año pasado yo tuve un empleado 6 meses de baja porque se partió una rodilla con un patinete un fin de semana y nos costó durante esos 6 meses el 100% de las cuotas de la seguridad social y el 30% del salario (la SS le pagaba el 70% y por convenio estamos obligados a complementarlo). Genial vamos. Además con este convenio se da la paradoja de que a la empresa le cuesta más el trabajador cuando es baja por contigencias comunes que por profesional porque la SS paga menos en el segundo caso y tenemos que complementar más porcentaje si un trabajador se parte la pierna esquiando que si se parte la pierna trabajando.
#6 En la mayoria de los casos, al empresario no "le cuesta nada". Ya que son sus compañeros los que asumen la carga de trabajo. Con su salud y sobreesfuerzo. Eso, si no se acumula el trabajo y se lo encuentra la persona cuando vuelve de la baja.
#6 y la situación es más sangrante aún cuando la empresa es tu padre/madre dependiente y el empleado que necesita la baja es el cuidador que apenas se han podido permitir con la pensión que cobran.
#6 En muchos convenios, como el de informatica (consultoria y blah blah), la empresa mejora con el 25% del sueldo que la SS no pone, por lo tanto, suponiendo un sueldo de 1000 EUROS:
Pago que cubre la seguridad social=750 Eur
Pago que cubre la empresa mejora 100% = 250 Eur
Pago que cubre la empresa de Seguros sociales = 315 Eur (es realmente un 31.5%)
Total cubierto seguridad social = 750 Eur
Total cubierto empresa = 565 Eur
Así que, si, es alucinante que pagando la empresa los "seguros sociales", un trabajador de 1000 Euros/mes, cueste 565 Eur/mes a la empresa si esta de baja.
#6 Lo dice el articulado, corre con el coste de la cuota de cotización a seguridad social, salvo excenciones o reducciones, que ya te digo que las hay porque nada le gusta más al empresario que una buena paguita.
Si se deducen hasta los seguros médicos privados, no me jodas.
#6 lo menciona en el articulo, pero no le parece un punto "importante".
Para alguien que cobraba 1500€ al mes, la empresa esta pagando 500€ en cotizaciones por un trabajador "que no le produce nada". Lo logico y normal seria que no se pagara nada mientras el trabajador esta de baja, pero bueno.
#137 Lo que habría que acabar es con la cultura de las horas, Anda que no hay gente que "se toma su tiempo" para hacer una tontería sólo para cobrar más por ella.