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Es oficial: los vecinos morosos no tendrán que pagar las cuotas de la comunidad adeudadas si son de hace más de cinco años

Es oficial: los vecinos morosos no tendrán que pagar las cuotas de la comunidad adeudadas si son de hace más de cinco años

En España, la ley de Propiedad Horizontal (LPH) determina que todos los que sean propietarios de un inmueble en un bloque de pisos están obligados a contribuir mensualmente a los gastos generales del edificio para garantizar su correcto funcionamiento. En este sentido el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que las deudas por cuotas comunitarias prescriben a los cinco años sin excepción y no a los 15, incluso las que se hubieran generado antes de la reforma de la Ley 42/2015, normativa que modificó el plazo para reclamar cuotas impagadas.

| etiquetas: morosos , cuotas , comunidad , 5 años , prescriben , tribunal supremo
Comentarios destacados:                  
#10 A ver, que no es tan complicado. Antes de esos 5 años se hace junta para comunicar al vecino la deuda, burofax y a partir de ahí empezar el proceso monitorio que puede derivar en juicio verbal, pero vamos, que no es caro. Si vas a juicio hay costes de procurador y abogados pero reclamas todos los gastos y se le suenen imponer al moroso. Si algo prescribe es por que a la comunidad no le ha importado nada en todo ese tiempo.
Por cierto, el tiempo de prescripción se detiene si se inicia el proceso así que si lo empiezas con 4 años y medio, le pillas.
A ver, que no es tan complicado. Antes de esos 5 años se hace junta para comunicar al vecino la deuda, burofax y a partir de ahí empezar el proceso monitorio que puede derivar en juicio verbal, pero vamos, que no es caro. Si vas a juicio hay costes de procurador y abogados pero reclamas todos los gastos y se le suenen imponer al moroso. Si algo prescribe es por que a la comunidad no le ha importado nada en todo ese tiempo.
Por cierto, el tiempo de prescripción se detiene si se inicia el proceso así que si lo empiezas con 4 años y medio, le pillas.
#10 #11 Exacto, digamos que tienes 5 años para darte cuenta de que hay un vecino moroso y reclamarle. Cuando reclamas, ya es otro procedimiento.

No hay que asustarse, si en 5 años no te has dado cuenta de un impago es que eres... lo dejo en poco competente
Este envío solo se entiende si lees a #10, es un artículo generado con IA en base a la sentencia, por eso no saca conclusiones, hace aclaraciones ni cita casos, que es lo que haría un periodista humano. Vaya bazofia en que están convirtiéndose los medios.
#10 muchos seguros comunitarios incluyen gastos jurídicos, por lo q no hay q desembolsar nada inicialmente
#10 Pero sempre te recomiendan esperar a que la cuantía sea de un importe mínimo para que el juez "tome medidas". Si lo que va dejando es una cuota cada 4 meses, no llegas al mínimo que te recomiendan en los 5 años
#51 Es decir, que paga 3 y deja de pagar 1, ¿correcto?. Si quieres esperas 4 años y ahí le sacas todo de golpe, lo que tengo claro es que esas actitudes solo se detienen cuando te las reclaman oficialmente. Te lo digo por experiencia. Uan vez nos paso y cuando todos vieron como nos movimos, jamás ha vuelto a pasar.
#69 Hemos tenido varios casos directos. La resolución definitiva, tanto de bancos como de particulares, llegó cuando quisieron vender el piso. La gente-empresas egoístas suelen saber a nombre de quien tener los pisos, los ingresos y demás tropelias
#10 Lo que ocurre es que a veces (hablo por mi experiencia en 2 comunidades de vecinos) no se quieren malor rollos y no se denuncia, o no hay dinero en la comunidad (comunidad de 10 vecinos) porque hay 2 morosos y por tanto no hay dinero para pagar administrador que lleve el papeleo. Entonces 5 años es poco. En mi caso hemos tardado casi 10 en denunciar y en otra comunidad no se cuanto llevan, pero mi esperanza es que se denuncie en algun momento.
#63 Te entiendo, pero es sencillo y barato el proceso, aunque no tengas administrador. Lo de los malos rollos, mi postura es la contraria. Ese vecino se aprovecha de lo que pagais los demás (imagina que nadie paga y el resultado en el edificio). Es como ir a cenar con los amigos y que uno de ellos diga que no paga por que el local no tenía buena iluminación, pero que acepta que los demás le invitemos. Es uncaradura, no? Pues a eso, ni agua. en cuanto el caso escala y les dicen que van a tener que pagar los costes se asustan y pagan, vaya si pagan. Una vecina tuvimos nostros que se hacía la loca con excusas varias hasta que le llegó el burofax.
#10 Bueno , si empiezas con 4 años y medio es si el proceso judicial y el monitorio no se demora 6 meses, cosas que sí he visto por ejemplo en Almería.

Lo mejor es empezar a los 3 meses aunque sean cantidades pequeñas.
Facilitamos las cosas a los morosos. Siendo presidente de la comunidad un moroso me recriminava que no funcionava la antena parabólica.
#2 se escribe paravólica :hug:
#9 se escrive
#16 "se escriveh"
#33 eso son letras extranjeras
#9 y recriminaba
#9 ¿es un chiste o algo a lo "nucelar"? no lo pillo
dle.rae.es/parabólico
#45 El problema es el uso de la v en los pretéritos imperfectos. Suele pasar mucho en Cataluña que es lo que utilizamos en aquí.
#52 si, es ese contexto lo entiendo porque también soy catalán y me pasa mucho. Y no solo ahí si no con todas las palabras que en un idioma se escriben con b y en otro con v como por ejemplo "canviar" y "cambiar".
Pero el comentario al que hago referencia se queja de que haya escrito parabólica con "b" y no con "v". Podría ser un nuevo caso de "catalanitis" pero es que en catalán también se escribe con "b". De ahí que no entienda dicho comentario.
#53 porque #2 ha escrito "funcionava" y le ha respondido sutilmente
#56 ahhhh, en fin. Gracias por la explicación.
#2 Nuevo ejemplo de que el Psoe es el PP en tema de vivienda.
#2 ¿Tampoco te funciona la b en el teclado?. :-S
#19 Es lo que tiene escribir en una lengua que tengo que saber por obligación.
#23 Siempre puedes irte al racó ;)
#23 que te obliga a escribir con v? Que raro.
#23 No como el resto de lenguas y personas que al nacer eligen libremente que idioma aprender y escribir. Tan opcional como saberse las leyes y saber que si la deuda se denuncia no prescribe.

El artículo del economista no deja esto claro desde el inicio de manera premeditada para que luego haya gente que se vea obligada a escribir todo con V en menéame.
#2 ni el diccionario
#2 Ese es el plazo que tiene la comunidad para denunciar al moroso por impago. Si no denuncias, la deuda vence, pero si se inicia proceso judicial, ese plazo se paraliza, y manda el proceso judicial, lo que dure, incluso si pasa de ese plazo.

Pero, claro, si no haces nada, la deuda vence.
#26 gracias por tu aclaración, que "alivio". Tenemos una vecina morosa muy caradura que lleva años sin pagar y como es un bloque pequeño se nota bastante. .Con tu comentario he caído en q es eso, si no la vas denunciando prescribe, hace poco hemos renovado la demanda
#1 no es noticia, siempre las deudas han prescrito. y como comentan si la denuncias no prescriben.
#2
#3
#5
#20
#28 estas nunca deberían de vencer.
Hay vecinos sinvergüenzas que no pagan porque no quieren
#40 lo que jk tiene que haber son administradores de fincas webones, que como no es su dinero, no lo reclaman judicialmente, porque entonces sí prescribe
#46 pero aunque lo lleves judicialmente hay gente que son profesionales del timo, no tienen nada a su nombre, trabajan en negro y no tienen dinero en las cuentas bancarias, por tanto es imposible embargarles nada, te lo digo por experiencia.
#64 claro, pero eso no tiene nada que ver con que los administradores de fincas pasen del tema (total no es su pasta) o con que los juzgados pasen de ellos.
#40 Los mayores morosos de las comunidades no son personas, son los bancos cuando embargan una casa. Esta noticia es para beneficiarles.
#28 Vaya juego de trileros. Si el importe reclamado es bajo, te dicen que los juzgados "pasan de ellas", pero ojo con esperar a que la suma sea "suficiente" no vaya a prescribir....
#50 cómo que los juzgados "pasan" de ellos?
#57 Eso dicen. No recuerdo ahora si era por algo relacionado con que si la cantidad reclamada no es de cierto valor no proceden a dar orden de embargo
#61 o que el abogado te dice eso porque son operaciones poco rentables para él
#1 #2 Podrías leer la noticia para variar. Sólo prescribe si no se denuncia, y antes era menos tiempo.
#2 si un moroso lleva meses sin pagar, no digo ya años, lo mínimo que tiren que hacer la comunidad es denunciar. Y si lo has denunciado y viene a reclamarte, le enseñas la denuncia y le dices que cuando pague podrá quejarse.
Vaya país, facilitemos mas aun las cosas a los caraduras e imprudentes a cambio de pisotear a los que lo intentan hacer todo bien...
#5 esto hace años que es así. Estas deudas prescriben si no se denuncian.
Pues nada a dejar de pagar la comunidad.
#1 Lee a #7 o a #20...
#1 leer está sobrevalorado
En mi comunidad denunciamos a una morosa, la condenaron a pagar cuota doble hasta ponerse al día y a pagar los costes del juicio, desde entonces no ha fallado ni una mensualidad, eso sí el proceso fue largo de narices
Pues nada a meterlos al juzgado al tercer mes.
#3 en nuestra comunidad se decidió a los 45 días a menos que hubiese una justificación.
Otra ayudita a los bancos y fondos buitres. Te vendo una casa que lleva sin pagar la comunidad durante 10 años y se quitar de pagar al menos los últimos 5 años de atrasos. Jodiendo a los de siempre que pagan religiosamente todo y beneficiando a todos los caraduras, tanto a mayor nivel como a pequeña escala.
#8 Es como dice #7
Prescriben si no se denunian. Si cuando debe un año de comunidad, lo denuncias en el juzgado, el "reloj" se para. ya no prescribe la deuda. Si se llega a juicio y este sale (exagerando mucho) en 10 años, tiene que pagarlo todo, no prescribe nada.
#11 el problema es que la deuda que no prescribe es la que le has reclamado en esa denuncia. Las siguientes tendrás que respaldados con otra denuncia al cabo de x tiempo, por lo que va a tocar estar denunciando cada año o dos años para evitar que prescriban, provocando mayor colapso aun en la justicia y mayores gastos operativos a las comunidades.

De verdad que es alucinante la capacidad de este pais para defender siempre sistemáticamente al jeta, vago, ladrón o violento y machacar al que intenta ser buen ciudadano y vivir acorde a la ley y las buenas costumbres
#30 no hace falta cada año, con hacerlo una vez a los 4 años y medio ya no prescribe.
#31 O en la demanda que ya se ha interpuesto, actualizar la cantidad impagada. Eso lo hace el abogado y no supone nada. (Hemos tenido en mi comunidad varios casos de morosos, y por desgracia, ahora mismo tenemos otro...)
#30 no, la deuda es la misma. No hay que hacer una nueva denuncia, solo actualizar la ya existente. Lo que si tienes que hacer es cada X meses volver a ir al abogado (y pagar claro) para que añada los nuevos impagos a la denuncia pero eso no altera el curso de la misma.
Genial entonces.
Hasta ahora, la única posibilidad de cobrar a los "insolventes" era esperar a que vendieran o que la cantidad fuera tan grande que les embargaran el piso.
Si la deuda prescribe a los 5 años, la cantidad nunca va a ser tan alta como para que quepa la posibilidad de embargar el piso y es un incentivo a no pagar porque sabes que como mucho, el dinero que vas a tener que devolver al vender son 5 años de comunidad, por lo que gente que hasta ahora pagaba a regañadientes va a dejar de hacerlo.
#6 Y a todos los anteriores. Por la que se puede entender, lo que se ha fijado es que hay que RECLAMAR las cuotas antes de que prescriban (antes de que transcurran 5 años desde que se generan). Es decir, que los administradores tiene que reclamar antes de esa fecha. Una vez reclamadas el periodo ya no corre.
Esta es la seguridad jurídica de la que se quejan los rentistas, supongo
El chascarrillo avalado por el Supremo. :shit:

- Yo las deudas viejas no las pago
-¿Y las nuevas?
-Las dejo envejecer
La "noticia" es que el Tribunal Supremo interpreta que se debe aplicar una ley vigente que se aprobó en 2015.
El titular redactado en futuro pretende confundir o, al menos, dar una pátina de sensacionalismo al asunto.
#17 Vista la sentencia enlazada, la manipulación es peor ya que no es que se aplique la ley de 2015 a hechos anteriores, sino que el Tribunal Supremo entiende que el artículo que fija el plazo de prescripción en cinco años para este caso es otro que no se ha modificado por esa ley y que siempre fue de cinco años.
A ver la prescripción es para las deudas NO denunciadas ante el juzgado...Una vez la deuda es reconocida por los juzgados, NO caducan. Si no denuncias NO puedes ejercer ningún derecho pasado los 5 años.
En cuanto a lo de embargar los bienes para satisfacer la deuda, hay sentencia en Jerez que avalan ese embargo y venta del bien en favor de la comunidad de propietarios, tras denunciar la deuda y pedir el embargo y ejecución del mismo en favor de la comunidad. Al menos eso entendí en su momento.
Comentario editado.
Hay que denunciar. En eso caso no prescribe.
Tampoco es tan descabellado.
Esta ley no afecta a los casos que están judicializados por pleito en los tribunales lo digo porque un vecino soltero que falleció dejó un testamento en fraude de ley, su única hermana residente en los eeuu lo impugno y la resolución llegó siete años más tarde .

Los nuevos propietarios se negaban a pagar parte de las cuotas, mucho dinero, al final se vendió el piso y se cobraron todas de golpe . Siete años de cuotas .
Nosotros tenemos un moroso que debia desde 2022 y una pequeña derrama. Fue llegarle el burofax y ya ingresó 2022, 2023 y la derrama. Debe dos años completos aún pero algo es algo.
Lo de siempre, leyes a la medida de los delincuentes: de los que no pagan, de los que conducen mal, de los que roban...
#27 legalpigeon.com/prescripcion-deudas-segun-codigo-civil/ probablemente la mayoria de las leyes de prescripcion sean anteriores a que tu fueses un proyecto de tus padres.
No se me ocurre en qué contexto una deuda vecinal no se denuncie en 5 años, como tampoco acabo de entender en qué beneficia a nadie que prescriba, si la excusa es la sobresaturación, la solución es abrir un poco mas la profesión de la judicatura, no despachar rápidamente los asuntos que requieren asistencia legal
#60 ¿En qué beneficia que prescriba? En que nadie te pueda venir a reclamar que hace 20 años hiciste o no una cosa, que ni te acuerdas ni tienes documentos.

Por ponernos en situación, los impuestos prescriben en 5 años. No te pueden decir que la declaración de 2018 tiene un error y tienes que pagar más
promueven este tipo de acciones que desalientan al pagador a término y subvencionan a los inmigrantes ilegales, cuando despertaras de esta pesadilla España?
No entro en ninguna "noticia" que empiece por "es oficial" o "confirmado". Hasta los huevos de los clickbaits de mierda. Es el nuevo "adiós a...".
Esta noticia me fascina. Lo bueno de meneame es precisamente que los titulares que pueden ser malentendidos, se explican en los primeros comentarios. En este caso, que si se denuncia, la prescripción de los 5 años no aplica. Pero no deja de haber varios comentarios, que sueltan su “mierda” al sistema jurídico sin haber entendido la noticia. De ahí que luego te encuentres gente soltando chorradas a partir de medias verdades.

menéame