El TSJA confirma la improcedencia del despido y rechaza la nulidad al considerar insuficientes las capturas de WhatsApp no autentificadas. Para apuntalar su versión, la trabajadora aportó “pantallazos” de supuestas conversaciones de WhatsApp con responsables de la empresa. La juzgadora de instancia no los admitió como prueba válida, al no quedar acreditada su autenticidad. En este sentido, la Sala del TSJA avala ese criterio y recuerda que, sin pericial informática, cotejo ante el LAJ o testigos que identifiquen autor y receptor
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Así tienes, la fecha del correo y el archivo preservado.
Aún así será complicado que lo acepten, pero algo es algo.
Básicamente pasó las conversaciones a archivos de texto que luego pudieron ser revisadas o algo así, a mi me pillo de soslayo ayudando a mi padre con los tramites.
Pero viene a ser lo mismo, que no basta con que entregues las capturas de pantalla tu mismo, necesitas que alguien certifiquen que son reales.
yo como informatico no aceptaria archivos de texto como prueba de nada. (ni capturas de pantalla)
En un juicio por estafa en la compra de un coche me admitieron el chat de WhatsApp que exporté y mandé por email a la GC.
No pretendo hacer publicidad pero hace tiempo que conozco una web que permite certificar conversaciones de chat, mail, etc, etc. Tú le pones el enlace y ella crea un certificado digital que asegura que lo guardado es fiel y no ha sido modificado.
La web es safestamper.com/casos_de_uso/certificar_una_conversacion_de_WhatsApp_o
Pero sirve para mails, chats, etc. no solo para whatsapp.
Pero un notario no es quién para dar por ciertos unos mensajes que le enseñes, ni con capturas ni siquiera haciendo scroll delante de él.