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Cuando el casero intenta que el inquilino pague la tasa de basuras: "Pensaba que no iba a rechistar, pero al final tuvo que asumirla él"

Cuando el casero intenta que el inquilino pague la tasa de basuras: "Pensaba que no iba a rechistar, pero al final tuvo que asumirla él"

"Les decimos (a los caseros) que la ley es clara, que el que debe pagar la tasa de basuras es el propietario, pero intentamos hablar con el inquilino, trasladarle lo que dice el propio Ayuntamiento"

| etiquetas: madrid , ayuntamiento , alquiler , vivienda , basuras
... el Ayuntamiento de Madrid indicó que "el propietario podrá exigir al inquilino que le abone la cantidad pagada por la tasa" en la carta que envió a los caseros para informar sobre el impuesto... Sí, el carapolla animando a los rentistas a incumplir la ley, y se queda tan pancho. Una administración pública poniendo negro sobre blanco a los contribuyentes como "pueden" incumplir la ley... y la fiscalia no actúa? la Ley es clara: esta tasa municipal sólo la debe pagar el propietario... ni repercutir en el alquiler ni pollas, carapolla! por cierto: que la UE sólo obliga a cobrar la tasa de forma separada y no camuflada en la factura del agua... de subir la tasa la UE no dice nada
Que gran hdp vendido de mierda es el c.p.
#1 se mete en la factura del agua a ver si los inquilinos pican y no protestan. Así es el gentuzo que nos gobierna
#3 a partir de 2026 en municipios de más de 5.000 habs. ya sólo podrá cobrarse aparte, no camuflada en otros tasas, facturas, etc.; #2 justo eso, camuflarla en el agua somo "costes de suministro" y por tanto, repercutida sí o sí a los inquilinos que son quienes pagan los suministros, es lo que ahora desde 2026 la UE prohibe seguir haciendo. hay que recordar que la parte más costosa de una factura de agua NO es el consumo de agua, sino los impuestos y tasas fijas que "nos cuelan" en ella, llegando a representar la tasa de basura aproximadamente el 50% del total de esa factura de agua
#4 En Barcelona viene en la factua del agua, junto a otros impuestos.

Agua: 35 € aprox.

+Iva
+Tasa de alcantarillado,
+Tasa de recogida de residuos municipales
+Tasa de tratamiento de aguas residuales

Total: >70 € de factura.
#21 Exactamente igual que en Gijón
#21 en Madrid estaba asumido en el IBI, pero la han sacado ya dos veces para volver a crear la tasa!
#5 La tasa de basuras es para quien la genera.
Al ayuntamiento de Madrid le ha venido muy cómodo poner que la pague el titular del suministro del agua.

#2 En los comercios, oficinas y vivienda sin amueblar no genera problemas de a quien le corresponde, ya que el inquilino es el titular del suministro.

En las viviendas amuebladas no se suele cambiar el titular del suministro cuando se alquilan.
#6 "En las viviendas amuebladas no se suele cambiar el titular del suministro cuando se alquilan."

Falso, salvo que alquiles en negro.
#8 Como va a ser falso si ese es uno de los problemas que tienen los propietarios cuando el inquilino es moroso.

Que el agua y la luz está a nombre del propietario y este tiene que seguir pagándola y no puede darla el baja.

Si estuviera a nombre del inquilino ya se preocuparía este de pagarla para que no se la corten.
#19 Repito: No inventes. En mi familia hay 2 pisos en alquiler y siempre que hay inquilino nuevo se ponen a nombre del inquilino.

Además seria estúpido hacerlo de otra forma. ¿Vas a pasarle recibos al inquilino según lo que consuma cada mes de cada cosa?

mutuadepropietarios.es/blog/cambio-de-la-titularidad-de-los-suministro
#22 Lo que hace tu familia es lo mas correcto y lo que menos problema da. Y es lo que recomiendan.

Pero ya te digo que en los sitios que conozco de Andalucía se hace en vivienda no amueblada.
En amueblada pocas veces y menos si es de temporada para estudiantes o personal sanitario o similar.
#27 Pues mal
#1 estás en un error. Las tasas que gravan servicios que se prestan a los habitantes de las viviendas (como la de recogida de basuras) se giran a los propietarios pero se pueden repercutir a los inquilinos. Así se establece en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales
#9 qué guay! voy a pasarle entonces el articulito a mi inquilino. gracias!
#12 Guay que te parezca guay. Otro argumento es el del artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos pero este se refiere expresamente a gastos generales del edificio (tributos entre ellos) que no sean individualizables. Por lo que si la tasa se refiere a una vivienda y toda ella está arrendada no sería aplicable. Solo si fuese una tasa para el edificio completo, lo que no suele pasar.
#16 (te recomiendo algún cursillo para que mejores tu detección de ironías. de nada)
#18 aplícate el cuento. Te he devuelto la ironía con indiferencia. :roll:
No pensé que te podrías tomar en serio una respuesta como "guay que te parezca guay" :-P
#12 #9 Yo también repercuto la tasa de basuras al inquilino. Se pone en contrato y además le obligo a que las domicilie a su nombre, como los servicios de agua,luz y gas. Porque es que debe ser así y es legal. Y además en caso de impago, es él quién debe serguir pagando esos servicios o se los cortan.

Cuando sale un propietario diciendo que le está pagando la luz y agua a un inquilino que no le paga, es porque no hizo el cambio de nombre de los suministros para seguir cobrando en negro y que Hacienda no pregunte.
#26 en puridad el recibo debe ir a nombre del propietario y este repercutirlo según el contrato. Pero si el cambio es voluntario y pagan, el Ayuntamiento no suele meterse en esos extremos.
pues aqui la tasa de basuras viene en la factura del agua, que paga el que la consume.
#3 Donde yo vivo también. Pero es que me parece lógico que lo pague quien lo consume.

Lo injusto es pretender que lo pague el que no usa el servicio de basuras. Independientemente de lo que diga la Ley.

Sencillamente han hecho así la ley para vender la moto de que lo pagaran los ricos. Cuando cualquier contrato que se haga a parti de ahora incorporara expresamente que la tasa de basuras la paga el inquilino.
#5 el cálculo de cuánto tiene que pagarse por la tasa de basura NO depende del valor de residuos que se estima que produces, sino que lo calculan sobre todo a partir del tipo o nivel de calle (los Aytos. clasifican sus calles como si fueran clases sociales, categorías para cobrar más o menos impuestos) y el valor catastral de la vivienda. ambos conceptos sólo se pueden aplicar al propietario de un inmueble, no a su inquilino. en realidad es una forma de IBI complementario, aunque lo vistan de pago por un servicio de recogida de basuras, ya que en su coste influye más el valor del inmueble que la actividad que se desarrolle, el número de personas que lo habitan, etc.
#7 Falso. En la ciudad en la que vivo la tasa es la misma para todos.
#10 como se entere la UE vais a tener que pagar también la multaza, desde 2026 ya no podrá ser así, sino que se debe "modular" teniendo en cuenta características del inmueble, actividad que se desarrolla, etc...
#11 Viviendas. Hablamos de viviendas. Y la noticia habla de viviendas. No mezcles cosas.

Las tasas de basura, para naves, locales, etc... son diferentes.
#13 desde 2026 TODAS la tasas de basura deberán ajustarse al nivel real de residuos que genera un inmueble de acuerdo a sus características, actividad, etc.; la de vivienda también... díselo a la UE, por mí como si convivimos con la mierda a nivel vertedero
#14 No inventes. ¿Acaso tener una tasa para viviendas, otra para locales, y otra para naves (según actividad) no es ajustarse a sus características?

Porque salvo que cobres la tasa por numero de empadronados no se que diferencias ves tu de una vivienda a otra...
#15 que no me estoy inventando nada. consulta las noticias y las ordenanzas fiscales (la tasa de basura) ya aprobadas recientemente por algunos ayuntamientos y comprobarás cómo la tasa de basuras para inmueble de uso residencial se modulan por "categoría" de calle, habitantes, características del inmueble, etc... y te repito, no soy yo, y no se trata de estar o no de acuerdo contigo, se trata de reflejar lo que la UE ha impuesto a partir de 2026: que la tasa se acerque lo más posible al nivel real de producción de residuos del inmueble
#15 Aquí así es, no pagan lo mismo uno que tres
#32 Parece bastante lógico ¿Qué ciudad es? (si no es indiscreción)
#33 Me pasaron esta foto de Talavera  media
#35 No hacia falta datos con que me dijeses población era suficiente. Era por curiosidad.

No sabia que había sitios que lo hacían así. Y sinceramente me parece lo mas correcto en cuanto a proporcionalidad.
#37 Talavera de la Reina
Perdón
#13 Una vivienda alquilada es un negocio, y por tanto; se le debe aplicar condiciones de negocio.
#24 No. Los inmuebles se clasifican por usos a los que están destinados. Deberías saberlo.
#7 En mi ciudad la cantidad va en función de las personas que vivan en la casa #10
El texto de la entradilla es erróneo
Esa tasa se puede incluir en el contrato y pafsr el inquilino, pero debe constar. Si no, es del propietario.
Hasta que le suba el alquiler, en ese momento el propietario seguirá pagando la tasa de basuras igualmente, pero ya no le picara tanto.

menéame