1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
#42 Pero hay que bajar los precios mucho más. Con precios de la electricidad entre 11 y 22 céntimos el Kwh, y precios del gas sobre 5 céntimos el Kwh, hace falta mucho más que bajar el impuesto de la electricidad del 5% al 0% y el IVA del 21% al 5%. Bajando sólo eso seguirá siendo más caro que el gas.
#30 Cuando se empezaron a vender TVs en color, daban fútbol cada domingo por TVE. Porque claro, nadie se lo iba a comprar para ver el telediario, para eso te bastaba con el de B/N.
Cuando ya todo el mundo tenía el TV de color, empezaron a vender vídeograbadores (Beta, VHS) anunciándolos "para que tu mujer pueda grabar la telenovela que ponen en el otro canal mientras tú ves el fútbol". Entonces nadie hablaba de que pudiera ser ilegal grabar lo que ponen por TV.
Lo que es ilegal es emitir sin pagar los derechos, pero la señal la pueden captar millones de aparatos receptores. Hasta que algún lumbreras decidió que los televisores "emiten".
Uno. La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado
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Artículo cuarto.
En las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo sexto de la presente ley.
Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.
#21Con un horizonte temporal recomendado de al menos cinco años para estas medidas, Bruselas busca dotar de certidumbre a los inversores y enviar una señal de precio clara: la electricidad debe ser significativamente más barata que el gas para que la descarbonización sea una realidad económica y no solo una ambición política.
Espero que lo hagan bajando el precio de la electricidad, no subiendo el del gas.
Alguien debería hacerles llegar el estatuto de autonomía del país vasco.
www.boe.es/buscar/pdf/1979/BOE-A-1979-30177-consolidado.pdf
Artículo 5.
1. La bandera del País Vasco es la bicrucífera, compuesta de aspa verde, cruz blanca
superpuesta y fondo rojo.
2. Asimismo, se reconocen las banderas y enseñas propias de los Territorios Históricos que integran la Comunidad Autónoma.
Para que te adjudicaran una vivienda de VPO debería ser imprescindible no tener ninguna otra en propiedad, y la prohibición de venderla por al menos 30 años.
El TSJPV ratifica la pena de prisión, el pago de una multa de 3.240 euros, el abono de una indemnización a la víctima de 1.000 euros y subraya que los insultos por origen nacional vulneran la dignidad humana
Yo habría añadido a la condena la obligación de hacer un curso de geografía. Porque el Machu Pichu está en Perú, no en venezuela.