#5 "Hay constructores que para ahorrarse las tasas en el Registro, nunca notifican el fin de obra."
El que tiene que notificar el fin de obra es el promotor, no el constructor. Es decir el propietario y en ese momento tiene que pagar al arquitecto, al aparejador y el registro.
Y es bastante mas los honorarios de arquitecto y aparejador que los del registro.
La ventaja que tienes si no das el fin de obra es que te ahorras IBI durante muchos años.
#2 "Los iones de sodio son más grandes que los de litio, por lo que las baterías de iones de sodio también presentan voltajes y densidades de energía gravimétrica y volumétrica más bajos. Las baterías de iones de sodio suelen ofrecer entre 100 y 150 Wh/kg con un voltaje de funcionamiento de 2.8 a 3.5 V, lo que las equipara a algunas baterías de fosfato de hierro y litio (LFP) en ciertas aplicaciones.
Si bien las baterías LFP aún están por debajo de los 200 Wh/kg, las de litio, níquel, manganeso y cobalto (NMC) y otras químicas similares alcanzan los 200-300 Wh/kg, lo que las convierte en la opción ideal para usos con limitaciones de espacio, como teléfonos inteligentes y vehículos eléctricos, donde cada gramo cuenta.
Sin embargo, el ion de sodio aún está por detrás de sus homólogos de ion de litio de alto rendimiento. Por lo tanto, las tecnologías se complementan. El ion de litio predomina en aplicaciones de alto consumo energético, y el ion de sodio emerge como una opción rentable para el almacenamiento estacionario y aplicaciones menos sensibles al peso."
#2 Lo que hay es que no tiene ni puta idea en Madrid de lo que pasa en Asturias (y en el resto de España) y legislan para todos pensando en Madrid.
No es corrupción, es incompetencia.
De la noticia:
La controversia en torno a este informe no es nueva. Ya hace una década, el entonces Ministerio de Fomento, tuvo que publicar una aclaración específica, todavía accesible en la web, en la que reconocía que en varias provincias había desajustes derivados de los datos de entrada. En otras palabras: el propio Ministerio admitió que el método podía generar distorsiones relevantes a escala provincial. Ese aviso pasó como nota técnica en su momento, pero años más tarde continúa siendo válido al no concordar con la realidad de varias comunidades autónomas.
El mercado real de la vivienda en Asturias se parece poco, o nada, a lo que reflejan las estadísticas estatales.
"Regulación de la inteligencia artificial en el ámbito laboral
Uso de IA en procesos de selección y despido
Muchas empresas utilizan ya sistemas automatizados para analizar currículos o tomar decisiones sobre contrataciones y despidos. El problema es que estas herramientas pueden discriminar sin intención humana directa, por ejemplo, excluyendo a mujeres embarazadas o personas mayores.
Ejemplo real: En 2023, una empresa tecnológica fue sancionada por basar un despido en una puntuación generada por IA sin justificar los criterios del algoritmo.
¿Qué exige la legislación?
Según el AI Act y la Ley de Protección de Datos española:
Se debe informar al trabajador si una decisión ha sido tomada (o asistida) por IA.
Tiene derecho a una explicación comprensible.
Puede impugnar la decisión y solicitar intervención humana.
Además, el artículo 22 del RGPD prohíbe decisiones completamente automatizadas que afecten significativamente a una persona, salvo ciertas excepciones.
Advertencia legal: El uso de IA para monitorizar a empleados (por ejemplo, registrar pausas o movimientos) puede considerarse una invasión de la intimidad y ha sido ya objeto de inspecciones por parte de la AEPD."
#3 ¿Bulo? Pues es lo que pone el facebook de la Guardia Civil:
"A partir del 1 de enero de 2026 no se podrán usar los triángulos para la señalización de vehículos inmovilizados en las vías, siendo la baliza #V16 el único medio legal."