En el momento en el que cesan a un empleado mientras está de baja y tiene derecho a percibir una prestación contributiva por desempleo, la Seguridad Social determina que el paro que ha acumulado hasta entonces empieza a descontarse. Dicho de otra forma, cuando se pasa de una pensión a otra, los días de paro se consumen hasta que reciba el alta, aunque no se estén cobrando. Eso sí, hay que atender a la naturaleza de la incapacidad permanente.
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O volver de la baja la persona a la que sustituias.
Legalizar al respecto supongo que será más difícil de matizar y cubrir todos los casos.