#67Creo que recordar que esto siempre ha sido la norma. Subida del bruto, la mayor parte se la come el IRPF.
No, no es la norma. Mira, es tan sencillo como meter tu bruto anual de 2025 en una calculadora de IRPF y después meter el de 2026. El incremento del % de IRPF se queda en 0,5 puntos, menos de la mitad de lo que muestran esas nóminas. Si has trabajado todo el 2025 (y no te hubieran retenido de más en los meses anteriores) la explicación que se me ocurre es que algunos de tus hijos haya cumplido más de 3 años (o de 25) durante este período y hayas perdido el derecho al incremento del mínimo por descendiente. Pero insisto en que no es la norma que de 120 euros de subida hacienda se quede la mitad.
#35 Perdona que me meta donde no me llaman, pero a falta de más datos para poder hacer el cálculo del IRPF de forma precisa (comunidad autónoma, hijos, cuanto has trabajado en 2025, etc.) tengo que decir que te has dejado información por el camino. Tu incremento del bruto no justifica una subida de 1,1 puntos el IRPF. Sólo es explicable si han cambiado tus circunstancias personales de un año a otro, o que en 2025 no hayas trabajado el año completo o que en noviembre te empezaran a reducir la retención porque se hubiera pasado durante los meses anteriores. En circunstancias normales ese incremento en la retención no es posible.
Me sorprende que alguien espere encontrarse con una obra maestra de Kurosawa. La fórmula es bastante sencilla: guión simplón para que la entiendan y disfruten los más pequeños, cameos y referencias nostálgicas para que nos dejemos la pasta los más mayores. Nintendo se va a volver a hacer de oro.
#52 Lo único que no tienen nada que vez, para ti, es tu grado de conocimiento sobre ellos. Musulmanes los hay estrictos, fanáticos, flexibles e, incluso, no practicantes. Como cualquier fiel de cualquier religión.
#13No es que sean falsos, es que son precios de oferta no precios de cierre. Es comparar cosas diferentes.
En efecto, no lo son. Pero no son pocas las veces que se han utilizado los precios de los portales como referencia de los valores de compra-venta en diversos artículos y comentarios de este sitio y ya me he cansado de señalar de que los precios que ahí se ven no son necesariamente ni parecidos a por los que realmente se venden las propiedades.
Admito que también lo del 44% es una columpiada que igual cumple algún caso excepcional. Pero con que la media real sea de la cuarta parte, ya hablamos de mucha pasta.
#6El carnet de la biblioteca no sirve para identificarte
Ya. Y si no sirve para identificarte no es un documento identificativo. Y como yo he dicho, literalmente, "cualquier otro documento identificativo" responderme con el chascarrillo sin gracia del carnet de la biblioteca pues como que no tiene mucho sentido.
En España, al contrario de lo que mucha gente piensa, nunca ha sido necesario ni mucho menos obligatorio llevar el DNI físico. Lo que la ley dice es que es obligatorio identificarse ante las autoridades cuando estas lo requieran, pudiendo hacerse mediante el DNI pero también cualquier otro documento identificativo o, incluso, dando los datos oralmente. De esta última forma nos podemos arriesgar a que nos trasladen a comisaría para corroborarlos pero no sería, en ningún caso, un delito ni una irregularidad hacerlo así.
Cortar los cables de Ormuz seguramente jodan los centros de datos de la península arábica y a la propia Irán. Los servidores de tu banco están a salvo en Europa y cortarlos no va a colapsar internet.
Entre el 95 y el 97 por ciento del tráfico global de internet no viaja por satélite
Y tampoco viaja por el estrecho de Ormuz
PD #0 tu fuente es un video asustaviejas de Twitter. Yo también lo vi. Por suerte el tráfico que viaja por los cables del estrecho de Ormuz es una fracción de ese 97%, e internet es un sistema que, por construcción, se reconfigura para que el tráfico llegue a su destino por otras vías que seguirán en funcionamiento. Si cortan los cables será una putada, pero no el apocalipsis. Bastante peor es bloquear el petróleo/gas de la zona y ya lo están haciendo.
#6 Comentarios exagerados, sin duda. Pero lo cierto es que todo indica que ha tocado techo de suscriptores, seguramente por varios factores: incremento de precios, competencia y fragmentación del contenido, van quedando pocos mercados a explotar, quejas so re calidad, etc. Y, seguramente eso provoque que, para contentar el hambre de los inversores, no quede más remedio que para que aumenten los ingresos se haga por la vía de más incrementos de precios. Veremos si eso no acaba desencadenando un círculo vicioso en el medio plazo en el que cada vez más suscriptores se den de baja por los incrementos y la empresa incremente precios para compensar las bajas.
#13ya dije que hay infinidad de decisiones realizadas por médicos profesionales que han sido equivocadas y son susceptibles de crítica o incluso algunas han llegado a condena por negligencia.
Lo dijiste, pero omitiste que la casi totalidad de las negligencias son cometidas a título individual y, precisamente por eso, en una eutanasia la decisión pasa por varios médicos y un comité junto con periodos de reflexión y tutela judicial efectiva. No es un proceso simple en el que sea fácil cometer un error, es un proceso complejo y con muchos cortafuegos que, ante la mínima, deja al interesado sin eutanasia.
No existe ningún grupo profesional con un 100% de acierto en diagnóstico, por lo que la crítica siempre es susceptible, como en este caso
Como en este caso no, porque aquí la critica no está llegando desde médicos que, disponiendo de toda la información médicamente relevante sobre él, hayan podido llegar a una conclusión distinta a la que se ha llegado. Aquí la crítica está llegando desde, como dije, todólogos y buitres que han seleccionado o recibido sólo una parte parcial e interesada (en muchos casos incluso directamente bulos) de la información para formar una opinión en un sentido concreto. Cuando sean médicos, con total conocimiento del caso y de la información médicamente relevante y sin conflictos de intereses, los que expresen dudas sobre este caso, entonces yo también las tendré.
#11En ningún caso por depresión o enfermedad mental tratable
Pero es que no se le ha aprobado por una depresión o enfermedad mental tratable, se le ha aprobado en base a un discapacidad del 74% junto con dolor crónico e insoportable.
considero, en mi opinión, que sus dolencias no llegaban al punto que yo vería apta para una eutanasia y en función de eso manifiesto mi opinión
Y los médicos y comité que tramitaron su caso consideraron que sí lo era, con la diferencia de que tienen una preparación ampliamente superior a la tuya o la mía para deliberar sobre el caso y conocen los pormenores médicos y objetivos que podían justificar su aprobación. No lo hicieron en base a videos de redes sociales (que todo el mundo usa como fachada de su vida real) o filtraciones parciales e interesadas del padre, lo hicieron con los datos médicos que recopilaron a lo largo de años de dolencia y que realmente tenían relevancia y definían su estado real de salud y que ni tu ni yo tenemos derecho a conocer con el fin de juzgar.
Un símil sería el aborto, estoy totalmente a favor, pero dentro de unos meses máximos de gestación. Aprobar el derecho al aborto no me hace que apruebe practicarlo en embarazos de 7 meses, por ejemplo. Esto igual.
No, no es igual. Ni remotamente parecido. El aborto en España es libre hasta la semana 14. La eutanasia no es libre ni debe serlo, tiene que ser (y es) un proceso tutelado por médicos y jueces, pero no tutelado por el populacho. El símil podrías hacerlo con un aborto desde la semana 14, para el que deben concurrir causas médicas justificadas para ser realizado y que, como la eutanasia, está fiscalizado por médicos y comités médicos, no por el vecino del quinto. Así es como deben funcionar las cosas.
#7 Pues eso, algo de papeleo se ahorra, aunque yo también creo que es mínimo. Y puede que algunas perillas por el diferencial entre compra y venta ya que el IVA avanza hasta el precio del consumidor final y con esto se quedará en el precio del proveedor. Pero no creo que lo note mucho el consumidor.
#4 Sí, básicamente es eso. Y puede que un ahorro en gastos de gestoría para llevar dicho papeleo, aunque ahí tengo más dudas porque muchos seguirán teniendo que recurrir a ellas para otras gestiones como el IRPF.
No, no es la norma. Mira, es tan sencillo como meter tu bruto anual de 2025 en una calculadora de IRPF y después meter el de 2026. El incremento del % de IRPF se queda en 0,5 puntos, menos de la mitad de lo que muestran esas nóminas. Si has trabajado todo el 2025 (y no te hubieran retenido de más en los meses anteriores) la explicación que se me ocurre es que algunos de tus hijos haya cumplido más de 3 años (o de 25) durante este período y hayas perdido el derecho al incremento del mínimo por descendiente. Pero insisto en que no es la norma que de 120 euros de subida hacienda se quede la mitad.