#5 No, el problema viene a partir del segundo contrato (2023) y ahí la podemita no estaba en el gobierno.
"la Fiscalía afirma que en el proceso de migración de la información de las pulseras del proveedor anterior (Telefónica) a las pulseras del proveedor actual (Vodafone) hubo un fallo que impidió conocer los movimientos y la ubicación de los portadores de la pulsera durante un periodo"
Alguien tenía que llevar a la canguro a su casa, cuando vi que se había sentado con su dulce cu, alargué la mano con su dulce cu, oh, cada vez que me acuerdo de ese dulce cu, de ese dulce cu, cu ,cu, cu, ese dulce...
#26 "La Sala Penal del Tribunal Supremo ha condenado a penas de multa de entre 1.920 y 2.160 euros por delito de ultraje a la bandera a tres personas que, el 19 de abril de 2016, en la plaza Cívica de la Universidad Autónoma de Barcelona, en presencia de numerosas personas, cogieron una bandera de España de la carpa de la asociación "Societat Civil Catalana”, la rajaron en dos trozos y los dejaron en el suelo. El alto tribunal destaca que no pueden alegar actuar amparados por la libertad de expresión quienes precisamente estaban negando esa libertad a otros, ya que “intolerancia violenta” y “derecho a la crítica” “no son la misma cosa”."
#5 La gente miente.
Ahí pone que el ayto no era competente y que la poli fue y no vio nada mal.
La jueza habrá visto los permisos, los "no permisos" y ha declarado lo anterior.
Si los acusados no están de acuerdo que recurran.
#3 El articulo que has subido no dice eso.
“Sin duda, los trabajadores se encontraban realizando una actividad legítima, autorizada y en condiciones adecuadas. La única razón de no poder desarrollar su laborar fue la presencia numerosa y coactiva de los encausados. Es relevante la referencia realizada por el Ministerio Fiscal en relación a la intimidación ambiental”, puntualiza la magistrada.
"detención cuya legalidad podría discutirse en función de las circunstancias"