#37 Ahí pone que no lo está, salvo excepciones.
"Actualmente, quedan prohibidas las ventas al público con pérdida cuando estas se reputen desleales, quedando tasados y recogidos en el citado artículo los supuestos que se consideran como tales. "
#9 Y esto niños es lo que le pasa a la gente que tiene la cabeza de adorno.
Si son condenados pierden el estatus que les otorga la regularización (permiso de trabajo y residencia por un año).
#17#18 "Viva cristo rey", "por dios y por españa", "la cruz no se toca", "Sangre, suelo y tradición", ""Dios es español y está de parte de la nación" y demas lemas del aquelarre fascista que se montaron en Ferraz, etc.
#15 Si tienes antecedentes penales prácticamente no puedes estar legalmente en España (imposible con visado y complicado como turista) por lo que no puedes pedir ni traslado ni eliminación.
Y es que pareces olvidar que la regulación es para los "ilegales".
"Actualmente, quedan prohibidas las ventas al público con pérdida cuando estas se reputen desleales, quedando tasados y recogidos en el citado artículo los supuestos que se consideran como tales. "