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Una mujer empieza a cobrar la pensión de viudedad y la Seguridad Social le obliga a devolver 10.542,12 euros tras reconocer el derecho de la primera esposa del fallecido

Una mujer empieza a cobrar la pensión de viudedad y la Seguridad Social le obliga a devolver 10.542,12 euros tras reconocer el derecho de la primera esposa del fallecido

La mujer empezó a cobrar el 100% de la pensión de viudedad, pero la Seguridad Social, al darse cuenta de que el fallecido tenía una anterior esposa también beneficiaria, revisó el expediente y exigió la devolución de las cantidades cobradas indebidamente. La Seguridad Social debe repartir la pensión entre ambas. Este reparto no es a partes iguales, sino que se calcula según el tiempo que cada esposa haya convivido con el causante del derecho.

| etiquetas: pensión , viudedad , seguridad social , prorrateo
#5 No, si el contenido de la ley me lo sé.

Por eso digo que me parece absolutamente ridículo.

Ya no formas parte de la vida de esa persona.

En cuanto a lo de que no tienen mucho sentido, bueno, mi padre dejó de trabajar porque nos mudamos por el destino de mi madre, y entre hacer de niñera y demás, pues pasaron los años. Mi madre fallece, de que se supone que va a vivir mi padre si no hay esa pensión? (porque también está la trampa esa de que si no cotizas los últimos X años, cobras media mierda)
#8 Algunos casos como el que comentas hay, pero cada vez menos. Yo soy más partidario de crear ayudas para el que lo necesite. Si tras la muerte de una persona otra se queda sin recursos, que se le ayude. Si no lo necesita... Pues que no se le ayude. Aunque en realidad a mí me gustan más las políticas estilo renta básica y te olvidas de papeleos, burocracias y permites que todo el mundo pueda sobrevivir sin muchos problemas.
#10 Es que "si no lo necesita" ya no la cobras, es o tu pensión, o la de viudedad.

Y si a eso le sumas que el que queda ha tenido que mantener hijos con esa pensión, pues entonces es aún mas ridículo que la pensión sea solo del 50%

Es simple, una persona cotiza, y se gana el derecho a X años de pensión, se coge la edad media, y échale 20 años por decir desde que se jubila. Pues la familia (el marido o mujer) disfrutará de esos años.

Si resulta que una expareja tiene derecho a pensión de viudedad, entonces la pareja actual tiene el derecho a cobrar la pensión íntegra.
#11 No es tan así. Hay gente que no necesita la pensión de viudedad (porque trabaja) y la cobra. Vale que es incompatible con otra pensión, pero no es incompatible con trabajar. Conozco algún caso de gente con un buen sueldo y cobrando la pensión de viudedad. Pero vamos, mi idea va más por ayudar al que lo necesite, independientemente de si ha estado casado o si ha trabajado más o menos. Es simple: si tienes necesidad, se te ayuda. O como digo, mejor una renta básica universal: todo el mundo cobra un mínimo y te aseguras así que nadie cae en la necesidad más extrema.
#13 Eso de la RBU es una pamplina.

Cuanto necesitas para vivir en.... Vigo? Hablo de no pasar necesidad eh?

Empezamos con el alquiler, agua, luz, calefacción, comida... te vas tranquilamente a una cantidad superior al SMI.

Y eso si estás solo, si tienes hijos, su ropa, sus pañales, alimentación...
#15 Pues la cantidad que haga falta. No se trata de dar un dineral. Se trata de dar algo que te evite estar en la indigencia, no vivir cómodamente.
#20 Y entonces... para que vamos a trabajar?

Si nadie trabaja... de donde va a salir el dinerete para esas ayudas?

Ni siquiera podríamos sostener a un 25% de la población así xD
#21 Repito, la RBU no es para vivir cómodamente. Es para subsistir. Está claro que hay gente que le va a bastar con eso. Pero serán los menos. Yo particularmente no querría vivir únicamente con la RBU, porque sería una vida muy austera, pero me encantaría que existiera porque me garantizaría que no me voy a morir de hambre en caso de caer en desgracia (ni yo, ni nadie que me rodea).
#22 Repito, si esa RBU debe cubrir piso, comida, agua, calefacción y luz, no hay dinero en el mundo que pueda pagarlo.

hablamos de unos 1500€ al mes, en 12 pagas, nada de extras de julio y diciembre.
18000€ por persona (netos, evidentemente, ya que con el bruto no se pagan lentejas)

si solo se la das a 30 millones de personas (los 21 o 22 trabajando mas los que están en paro mas los que cobran pensión de incapacidad y alguno mas) te vas a 540k millones anuales, el pib es el triple de eso, y…   » ver todo el comentario
#13 La pensión de viudedad es incompatible con la de jubilación hasta llegar a la pensión máxima.
#11 Creo que no: "Por tanto, sí se suman las pensiones de viudedad y jubilación si se aprueban ambas; no hay que elegir entre una u otra. En ese sentido, una viuda puede cobrar su pensión y la de su marido, es decir, la de viudedad que se genera tras el fallecimiento de este. Y sin perder su pensión de jubilación.

Esta regla es una de las excepciones más destacadas en la regulación general de las pensiones contributivas, ya que, salvo excepciones, no se puede recibir el cobro de más de…   » ver todo el comentario
#14 mas o menos.

No vas a cobras las 2.

Cobrarás tu pensión mas una diferencia hasta llegar a la de viudedad.

pe, si tu pensión son 700€ y la de viudedad 1000, pues cobras 300 de esa, para llegar a mil.
#17 No sé, en esa web dicen: "Este importe máximo también afecta a la pensión de viudedad, de modo que la pensión máxima de viudedad sería de la misma cuantía que la pensión máxima que se permite en España cada año.

Aunque no es muy común que dicha prestación se vea limitada, en la práctica, por ello: lo más habitual es que el pago por viudedad quede lejos de la pensión máxima. Esto es debido a que su importe es del 52% de la base reguladora del fallecido, o hasta del 70%, como tope, si se cumplen determinados requisitos."
#6 En la era de la informática ¿Tan dificil es cruzar las bases de datos de fallecidos con la de pensionistas?
Resulta que si estás menos de dos años casado, no obtienes la pensión de viudedad, pero si llevas más de 20 años divorciado, la primera mujer tiene derecho a la pensión de viudedad.
Aquí si hay mochila austriaca.
#9 Los partes de defunciones se suben a las bases de la seguridad en el mismo día
#9 Bases de datos hace 40 ó 50 años tu alucinas, los juzgados todavía utilizan libros para los registros tanto de nacimientos, bodas, divorcios y fallecimientos. Así que lo de cruzar bases de datos entre juzgados y seguridad social espera al año 2200 minimo
#37 En efecto, la base de datos utiliza todavía, las hojas escaneadas del registro, pero lo importante es la fecha de nacimiento y de defunción, esas aunque sean de hace 50 años, figura. Los datos como maternidad, distrito (en mi caso desaparecido) siguen impresos de la hoja original. Las de fallecimiento (al menos últimas décadas) ya están digitalizadas.
carpeta.justicia.es/
Debería haber pedido le aplicaran la doctrina Cakarevic del TEDH, que muy sucintamente vienen a decir que si el error no es del administrado, que no ha existido falsedad ni dolo en la petición de la pensión, y que el origen del error está en la propia administración, no tiene porqué devolver la ayuda (pensión en este caso)

Regularizarla ya sería otro asunto, pero los 10 mil euros no tendría que devolverlos.
No me parece coherente.

Ya no es su “viuda”, nunca lo fue.
#12 Cierto, nunca fue "viuda de", y a saber si tiene medios o con quien vive.....
#33 Es que es igual de absurdo que el hijo que reniega de su padre o madre hasta que llega la herencia :-D
Bastante razonable. No se si de está la noticia. Parece que se ha aplicado la ley y punto.
Para mi la pensión de viudedad sólo tiene sentido para aquellas personas que en su día no han trabajado o lo han dejado para cuidar a los hijos, que supongo todavía hay personas en esta situación, pero en las nuevas generaciones ya no debería darse.

Tampoco le encuentro sentido a que una mujer de la que te has divorciado tenga derecho a la pensión, quizás algún abogado nos los explique de forma que quizás se entienda tal razón, aunque si nos atenemos a la definición de la RAE:…   » ver todo el comentario
#16 Eso último que comentas tiene mucho sentido. No había caido en ello xD

la administración comete un error, y pagas tu.
#27 Pagar no paga nada. Simplemente devuelve lo cobrado de más. Que no la han multado ni nada parecido.
#16 En el caso de divorcios, aplican una solución con proporcionalidad por casos como divorcios en la 3a edad y que la primera esposa se vea con cero.
Según entiendo por las diversas sentencias es que aunque estes divorciado sigues teniendo derecho a la pensión de viudedad.
#2 Es algo que me parece completamente ridículo xD

Si te divorcias, ya no puedes ser viudo/a de nadie.
#3 Hay leyes que no tienen sentido alguno
#4 Si tienen sentido
La PSOE vive de los jubiletas y las viudas
Jamás harán nada para joderles
Ni lo más mínimo
Porque no se pone por ley una fe de vida a todos los pensionistas para evitar que luego estén 15 años muertos en sus casas?
Pues porque eso sería tocar los cojones y hacerles ir una vez al año a una oficina para ver qué respiran
Y no vamos a molestarles con eso a pesar de que sería un beneficios para casos como el de Valencia
Gerontocracia total
#6 Claro y a los demenciados de la resi, que se paseén también.
La de cuñadismos que se sueltan sin reflexionar
#4 Se aplican igual, deberían mirar mejor...
#3 Las pensiones de viudedad hoy en día no tienen mucho sentido. Dicho eso, la pensión de viudedad corresponde a todo con el que has estado casado (creo que con alguna excepción) y proporcional al tiempo que has estado casado.
#3 vivimos en el Charoceno, es lo que tiene.
#3 Vivimos todavía en una época en la que se dan 2 modelos simultáneamente. Mujeres amas de casa que que se han quedado atendiendo a los hijos y su marido. Y por otra lado mujeres que han trabajado y han cotizado lo correspondiente y que no necesitan la pensión de viudedad.
#32 Eso da igual. Si te divorcias, te divorcias.

No puede ser que te divorcies de una persona y luego chupes de la pensión de viudedad xD
#3 Cierto, imagina que uno se divorcia porque no aguanta a esa persona y la manda a tomar viento, luego resulta que se muere y le queda pensión......, si te divorcias debería ser como si estuvieras soltero.....
Una mujer puede cobrar la pensión de viudedad después de haberse divorciado si previamente esta percibiendo una pensión compensatoria de su ⁷ex-marido.
Es decir, un matrimonio que se divorcia y la mujer ha renunciado a una vida laboral para dedicarse al cuidado de los hijos, el juez puede dictaminar que el marido pague a la mujer ( no a los hijos), una pensión compensatoria, ya que está por edad y ausencia de currículum, se encuentre fuera del mercado laboral.
Si el marido fallece, el estafó se hace cargo de esta pensión pagando la viudedad a esta mujer, aunque ya estuviesen divorciados.

Si posteriormente fallece el marido, el estado se hace cargo de esta pensión pagando una viudedad a esta mujer.

menéame