#55 Si todo un pitorreo al pueblo español, pero claro se trata del Tribunal Supremo, la cosa da miedito, esto va de golpe de Estado por la judicatura.
¿Esto dan ganas de salir a la calle a ver qué coño está pasando en este país, porque ya lo siguiente es fascismo (O ya estamos?) quién sabe.
Matan a ancianos, se pegan un polvo mientras la gente se ahoga, despiden a los bomberos cuando hay incendios, esto es una locura.
Le pasas la sentencia completa a cualquier IA y es que se parte el culo de las incongruencias.
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### **11. Inconsistencia en la Valoración de la Prueba Testifical Periodística**
- **Hecho probado**: Se admite que el periodista Miguel Ángel Campos ya tenía el correo antes de que el Fiscal General lo recibiera.
- *Inconsistencia*: A pesar de esto, se mantiene la condena por “revelación”, sin explicar suficientemente cómo se atribuye al acusado una filtración que pudo venir de otras fuentes. El razonamiento es circular: se parte de que él fue la fuente porque tenía el correo, pero no se prueba que fuera la única fuente posible.
### **12. Tratamiento Contradictorio del “Derecho al Entorno Digital”**
- **En pág. 54-56**: La Sala distingue entre “secreto de las comunicaciones” (art. 18.3 CE) y “derecho al entorno digital” (art. 18.4 CE), aplicando un régimen de garantías menor al segundo.
- *Inconsistencia*: Sin embargo, en las mismas páginas cita jurisprudencia que exige cautelas reforzadas en registros de dispositivos. No aclara por qué, en este caso, no se consideró necesario un nivel de protección equivalente al secreto de comunicaciones.
### **13. Omisión de Análisis de la “Nota Informativa” como Acto Institucional**
- **Hecho clave**: La nota se publicó como comunicación oficial de la Fiscalía, con datos ya públicos parcialmente.
- *Inconsistencia*: La sentencia no analiza suficientemente si la divulgación de información ya conocida a través de un canal oficial constituye “revelación de secretos” o es un acto de transparencia institucional. Simplemente asume su ilicitud sin ponderar el contexto.
### **14. Vulneración del Principio “non bis in idem” por Acumulación de Acusaciones**
- *Proceso*: Se acumularon múltiples querellas y acusaciones populares por los mismos hechos.
- *Inconsistencia*: La sentencia no justifica por qué se permite la acumulación masiva de acusaciones… » ver todo el comentario
#1 coger la sentencia completa que está aquí elpais.com/espana/2025-12-09/texto-integro-de-la-sentencia-contra-el-f
Luego pasarla por cualquier IA más conocidas y decirle:
"Busca la inconsistencia judicial de esta sentencia, en profundidad."
4 que he probado es que se petan de risa de esta sentencia.
Basta ya de golpes de Estado.
#65 Que te olvidas de tu historia que empezasteis así y luego ya está la historia escrita de lo que hicisteis.
El acuerdo de la UE sí representa un endurecimiento autoritario de la política migratoria que normaliza la exclusión y externaliza obligaciones de protección. El verdadero riesgo no es un paralelismo histórico, sino la erosión gradual de los principios de derechos humanos y no devolución que han definido a Europa desde la Segunda Guerra Mundial.
Este giro político refleja menos una ideología totalitaria y más la instrumentalización del miedo y la complejidad migratoria para justificar medidas extremas, un fenómeno que debe ser combatido en el terreno de los valores democráticos y el derecho internacional, no solo con analogías históricas.
#59 En la noticia que estás leyendo (si te la has llegado a leer) hablan sobre todo de deportaciones por situación administrativa, no por haber cometido un delito. Que no te enteras a ver si te va a pasar como en EE. UU. con Trump por ser extranjero fuera.
¿Esto dan ganas de salir a la calle a ver qué coño está pasando en este país, porque ya lo siguiente es fascismo (O ya estamos?) quién sabe.
Matan a ancianos, se pegan un polvo mientras la gente se ahoga, despiden a los bomberos cuando hay incendios, esto es una locura.