Ley Principal: Artículo 591 CP
Este artículo castiga con prisión de 6 meses a 5 años a quien abandone a una persona menor de 14 años de la que tenga custodia o cuidado. En casos como este, los tribunales han aplicado esta norma a conductores de autobuses o scuolabus que dejan solos a niños en lugares o condiciones peligrosas, como nieve, oscuridad y frío, asumiendo el autista una posición de custodia temporal durante el trayecto. La familia presentó querella específicamente por este delito, y hay precedentes donde se confirma para situaciones similares en transportes públicos.
#101 Pero qué perogrulladas dices? Puedo pasarte todos los artículos que quieras, si quieres te paso un trabajo superexhaustivo sobre la problemática que esa montando Trump con Groenlandia, pero eso no va a cambiar en nada que la salida de los 16 soldados alemanes de Groenlandia al oír que le van a poner aranceles a su mierda de coches es de ser unos mierdas.