El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha declarado la procedencia de un despido de un trabajador de Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña tras encerrar a una trabajadora en un espacio sin videovigilancia y decirle «en esta cuarta no hay cámaras, y ahora si yo quiero puedo hacer lo que quiera contigo». Frente el criterio del juzgado de instancia, el TSJCat entiende que no es necesaria la intención libidinosa ni una reiteración prolongada para apreciar acoso, bastante que la conducta afecta a la dignidad de la persona y gene
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«Si necesitas ir al baño en cualquier momento, dímelo, pero tiene que ser conmigo dentro».