El Govern de Cataluña ha dado a conocer este sábado cuatro informes, encargados a expertos juristas, que avalan la prohibición de la compra especulativa de vivienda, una condición imprescindible para que Comuns dé su apoyo a los presupuestos de la Generalitat para este año
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etiquetas: vivienda , especulación , cataluña
Como dice #1 (por eso lo de mucha suerte) y también estaría bien poder dificultaría a extranjeros con mayor poder económico que los locales. Pero si son de la UE tampoco creo que se pueda
Otra cosa, que si es cierto, es que nuestros magnánimos políticos... estén pon la labor. Esa es la parte que pondré plenamente en duda.
Si me apuras, incluso se podría… » ver todo el comentario
De hecho... para el tema de la deuda... si hubo que hacer una enmienda en la constitución... para ajustarse precisamente a la normativa europea, donde se exige el pago de la deuda a todo ciudadano español. (esto sucedió derivado de la crisis crediticia del 2008).
Como ves.... la consitución... por suerte o desgracia... según lo veas... es lo que constituye un pais/estado, y la UE, no puede contravenirla, una vez constituido el estado miembro.
blogs.uned.es/derechoyconstitucion/sistema-de-fuentes-en-la-ue/
"Principio de primacía del derecho de la UE
Uno de los pilares fundamentales del derecho de la Unión es el principio de primacía, según el cual las normas europeas prevalecen sobre las nacionales en caso de conflicto. Este principio, desarrollado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), garantiza que el derecho de la UE se aplique de forma uniforme en todos los Estados… » ver todo el comentario
Lo que no puede hacer un pais es "legislar" leyes, contrarias a la UE... pero la carta magna, es constituyente... y la UE, puede rechazar a un pais si dicha carta magna, es contraria a la UE, incluso requerir modificarla (como se ha hecho con la deuda), pero la UE, no tiene potestad que anule la constitución de los paises miembros.
Por la forma de rebatirme, ya veo que eres de los que prefieren defender una postura a investigar por si tu postura está errada. Ni siquiera te has leído los enlaces que te he puesto (podía inundarte con ellos). Además ya te he añadido que la postura es controvertida y no hay jurisprudencia española sobre el tema (aunque sí europea).
Ale, tienes razón. No hace falta que me contestes porque tienes toda la razón (sin matices) y a ti ya no te voy a replicar.
De hecho, España, en su caso, como mencionas... "ha cedido… » ver todo el comentario
Después, ya, si te he visto no me acuerdo.
'las comunidades autónomas "están constitucionalmente legitimadas para establecer limitaciones a los derechos de propiedad privada" '