#4 Es más complejo.
Los festivos son impepinables, definidos a nivel nacional, autonómico o local, y eso va independiente del número de horas y se deben de disfrutar si o si.
A parte, tendrás tus horas anuales, divididos en jornadas semanales y con sus correspondientes descansos según convenio.
Hasta ahora, muchas veces el festivo si caía en un día de descanso tuyo, lo podías "perder" si la autoridad pública no lo pasaba a un día laboral tuyo. Ya que se asimilaba como día de descanso.
Y ahora no va a ser así (dependiendo de las condiciones), y la definición del calendario va a ser algo más compleja según el convenio.
#16 Yo lo que veo que se pasa de criticar a una ley o criticar ciertas actitudes, a decir que todo lo relacionado con la violencia de género es un invento.
Es como un R. Madrid - Barca con todo, o es blanco o es negro, no hay reflexión.
Por ejemplo, veo a Vox que es totalmente contrario la ley Viogen, pero su propuesta es quitarla, no modificarla o lo que quieran ellos hacer, es volver a la ley anterior, que era un desastre.
Y así con todo.
#14 pues viendo que el comentario #1 es el más votado, debe ser que hay una especie conjura.
Si me dice qie sale Irene Montero hablando de la sentencia o incluso Abascal, entendería su relevancoa a nivel nacional, pero en si, el caso de acoso es muy estándar.
#1 Que quieres que te diga, hay sentencias de acoso en todas partes, y ya cada medio le da la importancia que crea conveniente. Este medio en concreto, la incluye dentro de la sección de Sucesos de Palma, que es un diario local.
No se realmente que lo relevante para que deba de estar por encima de otras noticias de acoso, dado que lo veo un caso de acoso más entre los miles que hay.
#2 Según USO, el quid es que no se extiende a jornadas de Lunes a Viernes, si no solo a jornadas de Lunes a Domingo.
Y la demanda no es por horas anuales, si no por tema de diferenciar entre lo que es un descanso semanal y lo que es un festivo, que el Supremo aclara que no es lo mismo. Tú descanso semanal es independiente del número de horas que hagas al año.
La jurisprudencia reciente señala que las personas trabajadoras con cuadrantes de lunes a domingo tienen derecho a un día de compensación cuando su descanso semanal coincide con un festivo. Esta interpretación se aplica con independencia de que los descansos sean fijos o no fijos, basándose en un principio fundamental: un descanso semanal no puede neutralizar un día festivo.
Por lo que comenta USO, no es una jurisprudencia inmediata.
A día de hoy, debe precisarse que no existe todavía una doctrina general del Tribunal Supremo que reconozca este derecho de forma universal. No obstante, el análisis de las últimas sentencias dictadas tanto por el Tribunal Supremo como por la Audiencia Nacional permite extraer conclusiones claras para colectivos específicos.
La polémica tiene su origen en diversos pronunciamientos del Tribunal Supremo en los que USO ha intervenido como parte demandante y recurrente, en el ámbito del telemarketing, y respecto de personas trabajadoras con jornada a turnos y descansos variables.
A mi me comentaba uno del sindicato, que por poner huelgas o manifestarse no hya problema, pero claro, luego vas al empresario y ve que te apoyan una parte ínfima de la plantilla, y ni se digna en negociar.
Y es lo normal, soy el empresario y no tiene necesidad de ceder nada de sus ganancias por un acto de amor a sus empleados.
#33 en lo primero, nunca se piensa que se pueda llegar como allí, es como algo qie salió mal y queda en anécdota.
En lo segubdo, pues evidentemente no. Se piensa en el problema o queja que tienes delante, y más que analizar la raíz del problema, te quedas dn el problema en si.
Seguramentr si les expones ciertos casos, quizás sd lleven las manos a la cabeza, pero de ahí no se pasa.
Los festivos son impepinables, definidos a nivel nacional, autonómico o local, y eso va independiente del número de horas y se deben de disfrutar si o si.
A parte, tendrás tus horas anuales, divididos en jornadas semanales y con sus correspondientes descansos según convenio.
Hasta ahora, muchas veces el festivo si caía en un día de descanso tuyo, lo podías "perder" si la autoridad pública no lo pasaba a un día laboral tuyo. Ya que se asimilaba como día de descanso.
Y ahora no va a ser así (dependiendo de las condiciones), y la definición del calendario va a ser algo más compleja según el convenio.