#59 los requisitos de la prueba indiciaria y para poder “condenar por ellos “ son que existan una pluralidad de indicios demostrados mediante prueba directa, y
que entre el indicio y lo que se trate de deducir haya una enlace preciso, concreto y directo
Muy lejos de lo que el instructor ha aportado, y de lo que en el juicio se ha mostrado.
#89 Que pesaos con la memez de que borró el correo… . ¿Y?. Para acusar hay que probar algo, y hasta el momento no se ha probado nada. Y los correos tienen emisor y receptor.
#77 ¿Culpable para sentarse en el banquillo por lo que haga un subordinado?
En cualquier caso tampoco hay indicios/pruebas para cumplir los requisitos de pluralidad, acreditación, relación e inferencia lógica.
#36 para que te lleven al banquillo debe de haber pruebas o evidencias consistentes. Aquí no parece que haya nada de eso.
Mal vamos si todas nuestras garantías dependen de la "sentencias"