El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado a un padre que denunció a su mujer por grabar una llamada con sus hijos menores de edad y mandarla al grupo de WhatsApp de su clase de Primaria, en el que había 23 personas. Ha condenado a la madre a dos años y medio de prisión y multa de 2.700 euros al considerar que los menores fueron víctimas de revelación de secretos. Así lo expone la Sala de lo Penal en una sentencia, en la que da la razón al padre al entender que los hijos «eran sujetos pasivos» del delito de revelación de de secretos, algo que no...
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Durante la tarde, el padre llamó a sus hijos y la mujer grabó la conversación «sin el consentimiento de los intervinientes»
La madre envió «por error» y «eliminó inmediatamente» el mensaje con la grabación de la conversación al chat grupal.
El hombre denunció y la madre fue condenada a un año de prisión y una multa de 1.800 euros + costas .
Posteriormente, interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que aumentó la condena
Aún disconforme con la decisión, el hombre elevó el caso ante el Supremo que la volvió a aumentar
La multaron con 500 euros
“Disconforme con la decisión, el hombre elevó el caso ante el Supremo. Insistió en pedir que se aplicara a la mujer una agravante por ser las víctimas menores de edad, lo que supondría corregir a la Audiencia Provincial, que consideró que las víctimas no eran los hijos, sino el padre.”
Hombre el padre un poco hijo de puta es.
“ El hombre también recurrió la «escasa cuantía» de la indemnización de 500 euros que había impuesto la Audiencia Provincial de Cuenca.”
Y tras un divorcio, no creo que solo tuviera intención de proteger a sus hijos, si no que huele a que quería vengarse.
Que lo borrara es lo que hizo que no se le pudiera imputar más pena. Pero es difícil creer que todo haya sido un error.
Lo explica bien #3
CC #4
¿Que hacia grabando una conversacion entre los hijos y el padre durante una separacion?
Creo que sería más interesante responder técnicamente el cómo se hace.
Si los hijos tenían móvil mal, suena turbio.
Si no tenían móvil los hijos y el padre llamaba al móvil de la ex, tendría una explicación más normal.
El problema legal es que se graba la conversacion sin que ella fuese participe y con el desconocimiento de los participantes.
Tú dices que: Si es de los hijos como tutora puede instalar una aplicacion para grabar. FALSO E ILEGAL
Solo puedes grabar las conversaciones en las que tú participas.
Es ILEGAL. Se considera una vulneración del secreto de las comunicaciones (art. 197 del Código Penal) y del derecho a la intimidad.
Si tú haces eso con tus hijos: Podrías enfrentarte a penas de prisión (de 1 a 4 años) y multas, además de perder la custodia o régimen de visitas si un juez considera que has invadido su privacidad injustificadamente.
Yo que tú me abstendría de dar consejos legales a nadie.
Y puede hacer con ese movil lo que le venga en gana. Los menores, hasta los 16 años, no tienen ni voz ni voto.
Otra cosa es que, ademas, haya hecho publicas esas grabaciones. Que es por lo que la han condenado (y no por la grabacion en si)
El Tribunal Supremo ha establecido matices importantes. Si grabas conversaciones de tu hijo con terceros sin participar tú, podría ser admitido y no ser delito SOLO SI se cumplen estos requisitos estrictos:
Ejercicio de la Patria Potestad: Debes ostentar la patria potestad.
Finalidad de Protección (Interés Superior del Menor): No puedes grabar por curiosidad o para "controlar". Debe haber indicios serios de que el menor está en peligro o siendo víctima de un delito (ej. ciberacoso, grooming, amenazas, violencia por parte del otro progenitor).
Proporcionalidad: La grabación debe ser el medio necesario para probar ese delito o proteger al menor.
El hombre denunció estos hechos ante un juzgado de instancia en la provincia de Cuenca, que condenó en 2022 a la madre a un año de prisión y una multa de 1.800 euros, además de las costas procesales.
Posteriormente, el padre interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cuenca, que mantuvo la condena de la jueza de instancia y también impuso una indemnización de 500 euros que debía pagar la mujer al denunciante.
Disconforme
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¿Como se graba una llamada telefónica en la que no intervienes? ¿También por error o por buenas intenciones?
Yo no soy juez. El que la ha condenado si.
En mi mi opinión, si el recurre a la justicia es por defender los derechos de sus hijos y los suyos, no por su pirulo.
Lei: "Este contenido es exclusivo para suscriptores" que aparece antes de aceptar o denegar las cookies, lo cual es, ciertamente, falso
Pero que nos sirva para ver lo serio que es la situación.
Durante la tarde, el padre llamó a sus hijos y la mujer grabó la conversación «sin el consentimiento de los intervinientes»
En el marco de la resolución, el alto tribunal subraya que el juzgado recogió en los hechos probados que la madre envió «por error» y «eliminó inmediatamente» el mensaje con la grabación de la conversación al chat grupal.
Para los magistrados, este hecho «dificulta» que se pueda aplicar a la mujer el apartado 3 del artículo 197 del Código Penal, que establece penas de hasta cinco años de prisión «si se difunden» a terceros los datos revelados.
¿Se le desbloqueó el móvil en el bolsillo?