#50#49 1- aquí estamos hablando de agresión sexual, se suelta alegremente que hnay distinción para este tipo y eso es falso.
2- Por otro lado es falso que a una mujer no se la pueda condenar por violencia de género
Condenada una mujer por violencia sexista hacia su esposa
¿Puede haber violencia de género entre dos hombres casados, o entre dos mujeres? La Ley Integral de Violencia contra la Mujer dice que no, que sólo puede infligirla un hombre a una mujer. A pesar de ello, el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a una mujer que agredió e insultó a su esposa, de la que se estaba separando, como autora de un delito de violencia de género castigado en el artículo 153.1 del Código Penal. La pena es de siete meses de cárcel....
El texto literal del artículo puede resultar confuso. Exige que "la ofendida sea o haya sido la esposa". Y, en un matrimonio entre dos mujeres la ofendida es, en efecto, la esposa. El problema radica en si es posible que el agresor sea otra mujer, como ha entendido el juez de Santander. El Código Penal habla del delincuente en masculino, pero es el género utilizado en todos los delitos.
Ya no vamos a mencionar el resto, que a las mujeres también se las condena por agresión a hombres, simplemente se llama violencia doméstica (si es en el mabito de la pareja) pero se aplica igualmente condena
Igual que un hombre que no tenga nada que ver con una mujer y le de una hostia en la calle por un robo, por ejemplo, NO va a ser condenado por violencia de género
Toda esta basura que inventáis no es más que:
1- Confusión entre “violencia de género” y “violencia doméstica”: a veces la gente mezcla ambos conceptos. La ley de 2004 es concreta para “violencia de género” (hombre → mujer). Pero también existen otros tipos de violencia (doméstica, familiar) que pueden aplicarse a otros escenarios, y ahí el género no siempre es el mismo factor.
2- Casos excepcionales: cuando una mujer agrede a otra mujer, aunque la ley de violencia de género no lo defina explícitamente (porque se basa en desigualdades históricas entre hombre y mujer), pueden aplicarse otros delitos (violencia doméstica, lesiones, etc.).
3- Desinformación política: este tipo de bulos muchas veces se usan con fines ideológicos para criticar las leyes de igualdad o denunciar supuestos “privilegios” de un género sobre otro.
Dime donde a una mujer no se la puede condenar por agresión sexual, enterao de la vida? Ah, que sí se la puede condenar por agresión sexual. Ya, pues eso.
#13 El que te coman los buitres era un privilegio reservado sólo a los soldados valientes. Este gañán ni es soldado, ni es valiente. Su destino deberían ser sólo los gusanos.
#1 Lo cual dice muy poco del gobierno, pero también de la oposición. Los menores deberían estar muy (pero muy mucho), por encima de las mierdas de partido.
#21 En esta legislatura se han producido 1270 votaciones y el congreso ha aprobado un 94,7% . Los presupuestos son post-covid y muy gordos y se pueden mover partidas presupuestarias a gusto del gobierno ... van sobrados.
A saber que tiene Junts en la cabeza. Lo que no me cabe duda alguna es que deben de haber muchas promesas del PP detrás de este movimiento. El mayor miedo de Puig es acabar en la cárcel y el PP controla la judicatura. 2+2=4 ... hagan conjeturas de por donde van los tiros.
No van a parar las derechas hasta que arda Cataluña otra vez; lo que mas inter4sa a las derechas y a los indepes.
#21 si Ken ve Junts se alía con Feijóo y aprueban leyes que favorecen al conjunto de los trabajadores creando empleo en el sector privado y leyes que fovorecen el alquiler sin garrapatas no tendrá más remedio que convocar antes de que lo echen de su propio partido.
#103 MAR sabía que iba a salir el caso del novio en la prensa tarde o temprano.
Se adelanta a la jugada filtrando una mentira a ver si la fiscalía pica y puede acusarles de filtrar la información.
Así consigue que el foco mediático se desplace hacia el fiscal en vez de hacia el defraudador confeso, Alberto González Amador, novio de la presidenta de la comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
#37 El sentido lo tienes delante de las narices. Enredar a la fiscalía para que se hable de esto en vez de hablar de la corrupción de la lideresa de la comunidad de Madrid y su novio.
#14
La manada magrebi, de la que no se habla por lo que sea
Tal y como ha confirmado el periodista Miquel Vals, los presuntos autores de la violación, de nacionalidad magrebí, estaban viviendo en una tienda de campaña que es donde han sido detenidos.
Pero es que "no es lo mismo". No es lo mismo hacer movimientos mastubatorios en un portal gimiendo para no perder el equilibrio, después de ir a un hotel pidiendo habitaciones "para follar" que aparecer entre unos arboles violada.
#26 Los europeos necesitan esos inmigrantes. El problema es como entran los inmigrantes, sus costumbres y la adaptación o falta de adaptación las costumbres y leyes de los países receptores.
#3 NO. Lo que hay es parque de vivienda ruino, sin eficiencia energética o ascensor, todo lo demás se convirtió en VUT. Ya los pisos que construyó VIPASA en su día para "vivienda a precios no burbujeros" están que se caen a pedazos ni a 15 años de su erección, con 300 pisos que dice Ovidín que van poner no sé yo qué mierda arreglarán. Primero tendrán que reformalos y adecentalos, será como la anterior convocatoria de VIPASA en la que había 12.000 inscritos pa alquilar y 3 pisos disponibles
2- Por otro lado es falso que a una mujer no se la pueda condenar por violencia de género
Condenada una mujer por violencia sexista hacia su esposa
¿Puede haber violencia de género entre dos hombres casados, o entre dos mujeres? La Ley Integral de Violencia contra la Mujer dice que no, que sólo puede infligirla un hombre a una mujer. A pesar de ello, el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a una mujer que agredió e insultó a su esposa, de la que se estaba separando, como autora de un delito de violencia de género castigado en el artículo 153.1 del Código Penal. La pena es de siete meses de cárcel....
El texto literal del artículo puede resultar confuso. Exige que "la ofendida sea o haya sido la esposa". Y, en un matrimonio entre dos mujeres la ofendida es, en efecto, la esposa. El problema radica en si es posible que el agresor sea otra mujer, como ha entendido el juez de Santander. El Código Penal habla del delincuente en masculino, pero es el género utilizado en todos los delitos.
elpais.com/diario/2009/06/12/sociedad/1244757604_850215.html
Ya no vamos a mencionar el resto, que a las mujeres también se las condena por agresión a hombres, simplemente se llama violencia doméstica (si es en el mabito de la pareja) pero se aplica igualmente condena
Igual que un hombre que no tenga nada que ver con una mujer y le de una hostia en la calle por un robo, por ejemplo, NO va a ser condenado por violencia de género
Toda esta basura que inventáis no es más que:
1- Confusión entre “violencia de género” y “violencia doméstica”: a veces la gente mezcla ambos conceptos. La ley de 2004 es concreta para “violencia de género” (hombre → mujer). Pero también existen otros tipos de violencia (doméstica, familiar) que pueden aplicarse a otros escenarios, y ahí el género no siempre es el mismo factor.
2- Casos excepcionales: cuando una mujer agrede a otra mujer, aunque la ley de violencia de género no lo defina explícitamente (porque se basa en desigualdades históricas entre hombre y mujer), pueden aplicarse otros delitos (violencia doméstica, lesiones, etc.).
3- Desinformación política: este tipo de bulos muchas veces se usan con fines ideológicos para criticar las leyes de igualdad o denunciar supuestos “privilegios” de un género sobre otro.
De nada, enteraos de la vida