Las paradas de las centrales por razones económicas, que la CNMC considera infracción muy grave, son permitidas por este organismo, el Ministerio de Transición y REE. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expedientes sancionadores por infracción muy grave a estas instalaciones por el modo “de operación flexible” que, admite el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y sobre el que ni el Ministerio para la Transición Ecológica ni la CNMC ni Red Eléctrica (REE), se habían pronunciado en contra.
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www.infojucar.com/2025/03/el-csn-aprueba-la-operacion-flexible-en.html
Antiguamente sólo estaban autorizadas a trabajar a piñón fijo y la gente se quejaban de que eran inflexibles, ahora que pueden hacerlo también se quejan.
Si no entran en la subasta parte de su energía y REE no las incorpora por restricciones técnicas, tienen que parar o reducir para cumplir el P48 de REE
Y después la mayoría de las veces REE las incorpora por restricciones técnicas y siguen generando. Pero otras veces no las incorpora por restricciones técnicas.
Es REE la que llama a generar en el programa P48, no es la subasta.
Incluso muchas de las que entran por subasta, REE las saca por restricciones técnicas.
Lo de disponibilidad es… » ver todo el comentario
La CNMC no las expediente por parar, las expediente por presentar ofertas con precios anormalmente altos para garantizar no ser despachadas, y luego escudarse en 'el mercado no me llamó'. Eso tiene nombre: manipulación de mercado, y está tipificado como infracción muy grave en la Ley del Sector Eléctrico.
Además, estas plantas cobran el… » ver todo el comentario