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Despiden a un trabajador asturiano tras sufrir un infarto alegando baja productividad

Despiden a un trabajador asturiano tras sufrir un infarto alegando baja productividad

El caso de un trabajador asturiano despedido después de sufrir un infarto ha terminado en los tribunales con un pronunciamiento claro. La justicia considera que la empresa actuó de forma discriminatoria por razón de enfermedad. La historia arranca en octubre de 2024, cuando el trabajador sufre un problema cardíaco grave, lo que le obligó a permanecer en situación de incapacidad temporal durante un largo periodo, hasta agotar los 545 días máximos previstos por la ley. Apenas unos días después de recibir el alta médica, la empresa le comunicó...

| etiquetas: despedido , infarto , baja productividad , discriminación , salud , reciclaje
Lo de la baja productividad suele ser fácil de impugnar, porque la empresa nunca establece cuál es la linea base para saber cuál es productividad normal.
#8 También da pie a que trabajemos lo mínimo que podamos: si nos quemamos los cuernos por la empresa, y un día por lo que sea rendimos un poco menos (aunque siga siendo mucho más que lo que corresponda al puesto), la empresa ya puede ir con aquello de que se ha disminuido la productividad.

Por otro lado, vaya mierda de primera sentencia. "Esto obligaba a la empresa a elegir entre readmitirle o indemnizarle.". Con dos cojones, encima le da a elegir a la empresa, cuando debería haber sido "readmitirle e indemnizarle" o "indemnizarle además del salario que no le pagó".
#11 porque lo han dado como improcedente. Si fuera nulo, tendrían que readmitirle más salarios durante el periodo hasta el juicio
#15 Cuando es nulo la empresa se puede negar igualmente a no readmitirlo, lo que pasa que cambia significativamente la indemnización.

Otro tema es que el "readmitirlo más salarios" el trabajador solo cobra la diferencia entre su salario y lo que cobró del paro, que si... Que a la empresa le duele mucho pero que no todo se lo queda la persona despedida
#11 Al final va de promedios. Por rendir un poco menos un día no te van a despedir. Al menos no en una empresa normal.

Y por otra parte si un departamento trabaja muy poco para bajar la media y se nota no hace falta linea base ni mierdas. El trabajo tiene que parecer que ocupa la jornada. Se le puede contar la juez y se puede escribir en la carta de despido. Si cargan tres cajas en un camión en todo el día, claramente se están tocando los huevos. Un día ya es compara falta grave. Si ya hay…   » ver todo el comentario
#19 No, no va de promedios para nada.

Para poder despedirte por baja productividad la empresa tendría que definir primero los objetivos de productividad, después tendría que definir qué pasa si no los cumples y qué pasa si los superas.

Después tendría que demostrar que esos límites son lógicos y razonables y en el caso de incumplimiento tendría que poner las botificacios, avisos o sanciones correspondientes y a todos los trabajadores, no a uno en particular.

Para finalizar, la empresa tendría que demostrar en un juzgado que el trabajador no cumplió los objetivos en x meses por incapacidad y no por falta de recursos.

¿Ves qué no es lo mismo?
#11 La improcedencia funciona así, por ley se da a elegir a la empresa entre readmisión o indemnización. No es un problema de la sentencia.

La readmisión sólo es obligatoria cuando hay nulidad.
#20 Eso en la teoría. En la realidad vi muchas veces empresas negarse tras un nulo.

Y ahí empezamos con apelaciones, recursos y dilación de tiempos... a la larga en el nulo también pueden negarse.

Que si, que salarios, cotizaciones y todo eso, pero sé de casos dónde el juez obligó a la empresa a subir la indemnización para cerrar el tema. ¿Qué suena increíble? España...
#31 Pero al menos ahí el juez ya se puede poner duro y poner una indemnización que deje a la empresa temblando. De hecho esta clase de desobediencia puede escalar hasta a lo penal.

Dependerá del juez, pero para empezar un nulo ya implica que la empresa la ha liado. Yo tendría mucho cuidado de resistirme o torear a la autoridad cuando tienes una sentencia con obligación de ejecución provisional...
#32 en los casos que me viene a la mente ahora la indemnización fue entre 6 y 8 mil € más, para empresas con licitaciones con el estado por millones no las deja temblando.

El improcedente también implica que la empresa la ha liado. Y a la larga el trabajador se va con más pasta... Pero se va de manera injusta.

La que gana es la empresa
#11 el despido en España es libre, salvo en un puñado de supuestos. Pueden despedirle, siempre y cuanto le indemnicen por ello. Lo que sí debería ocurrir es que a la empresa le casquen un multon, especialmente en casos tan claros.
#8 Además tiene que ser continuada y voluntaria. A ver como demuestras que alguien no rinde por voluntad propia.
Pierden todos los juicios cuando van por ahí, pero aún perdiendo sólo tienen que pagar el despido improcedente que hubiesen tenido que pagar desde el principio si hubiesen reconocido la improcedencia. El mal rollo que crean entre el resto de la plantilla (a cualquiera nos puede caer una enfermedad grave) y la publicidad que se hacen ni se lo plantean.
Menudo egoísta, infartando a propósito y jodiendo la vida al pobre empresario con su absentismo laboral. Maldito zurdo empobrecedor.
Menuda panda de sinvergüenzas.
Menudo vago menos mal que tomaron medidas,si no llegan a hacer algo seguro que después se pasa el día en el cementerio durmiendo
Siempre igual con lo fácil que es pagarle como improcedente el día que vuelve y evitar problemas.
Entiendo que es lo que buscan pero es que si no en un mes tiene otra baja por otro motivo y otros 500 dias de baja.
#6 Eso es lo que nunca entiendo...

Si quieres quitartelo por que es un puto vago, lo pagas y adios.

Es que luego, lo tiras con cualquier mierda y que si conciliacion, juicios y total, para perder.

Yo a estos despidos les metia +10K de indemnizacion al empleado despedido, así la empresa lo hace bien a la siguiente.
#13 si el trabajador es un vago y lleva tiempo la empresa aguantando, no creo que les haga gracia tener que pagarale encima.
#17 Y a los trabajadores no nos hace gracia tener que seguir yendo a trabajar aúnque no cobres x tiempo para no perder los derechos. La ley no es perfecta.
#18 Bueno, ese es otro tema aparte y juntar churras y merinas no tiene sentido.

Pero en respuesta a #17 si un trabajador no esta cumpliendo con lo que tu requieres, lo despides y punto. Es que encima luego te toca palmar más dinero, no merece la pena.
#22 La baja queda bloqueada y no se la pueden dar ni siquiera por otro motivo. Es un follón complicado de resolver.

#6 Es nulo de manual, pero claro... No es encontramos con gente como #13 que en lugar de criticar este tipo de despidos, que claramente son por la enfermedad del trabajador, busca métodos "legales" de quitárselo de encima.

Será que está seguro que él va a vivir sano toda su vida
#28 Pero que me todos legales? Que estas hablando xD

El despido en españa es libre, pero tienes que pagar, piensa las cosas antes de hablar e informate un poquito anda. Justamente lo que hacen estos "empresarios" es buscar un metodo "legal" para despedirlos y no pagarles. Que es lo que esta mal.

Madre mia si este es el nivel... xD
#35 los despidos por discriminación o represalias ni son libres ni son legales
#6 Programa otro infarto para el mes siguiente y otros 500 días de baja.
No daba palo al agua, se pone a finjir y le da un infarto, justificadisimo. :troll:
Trabajo basura.
¿No se puede poner el nombre de la empresa?
#3 gracias por la información.
Podemos pensar ya en cambiar las leyes para que cosas como estas supongan cárcel e inhabilitación de por vida para tener a gente a su cargo?
Cuantas risas vamos a tener si tocan Moncloa los hidepute de PP-Vox... La reforma laboral y bajada del SMI que nos vamos a comer va a ser histórica.
Habéis visto, le han aplicado la Ley de Igualdad y no ha tenido que ir al Registro Civil a cambiarse de sexo. Lo que no sé es si este uso legal es común en los juzgados de lo social o es una novedad
Ojo, que estamos hablando de 545 días de baja...
La empresa después de dos años o probablemente más sin poder contar con él ya tendría a alguien fijo para sustituirlo...
En esos casos si el trabajador no quiere por no se atreve o puede hacer su trabajo normal por motivos evidentes del corazón, el despido debería de haber sido por incapacidad sobrevenida para el puesto de trabajo sin poder adaptarle o moverlo a un puesto de no requiera esfuerzo.
Porque este señor no es que tenga una baja médica y se haya curado, es que ha cumplido el máximo legal no consiguiendo una incapacidad total para su puesto.
Por eso siempre utilizo una versión "rusa" de Photoshop.
Claro que sí. Si está muerto, al hoyo, y si está vivo, al tajo. Nada de estar mitad y mitad, como si fuera el currito de Schrodinger.

menéame