"Las medallas de la Generalitat no implican un suplemento económico para los agentes, como sí sucede con las medallas al mérito policial del Ministerio de Interior, pero sí implican un pequeño aumento en los baremos, además de la propia distinción."
Cuando las citadas condecoraciones se otorguen a funcionarios dependientes de los Cuerpos y Organismos señalados en el artículo cuarto de la presente disposición y cuyos haberes aparezcan consignados en los Presupuestos Generales del Estado, llevarán siempre anejas las pensiones que se indican, proporcionales al sueldo del empleo que disfrute el funcionario en el momento de su concesión, o del que vaya alcanzando en lo sucesivo:
Medalla de Oro: Veinte por ciento,
Medalla de Plata: Quince por ciento.
Cruz con distintivo rojo: Diez por ciento.
La Cruz con distintivo blanco no llevará aneja pensión."