#1 Artículo 417.1 CP — Revelación de secretos por autoridad o funcionario
> “La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, y, en su caso, con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”
#2 no ira en tu movil la señal. LA señal le llega a la DGT, pero no para salvarte o mandarte ayuda sino, para informar en las pantallas de las carreteras
Artículo 417.1 Codigo penal — Revelación de secretos por autoridad o funcionario
“La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, y, en su caso, con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”
Pues alguien no tiene ni puta idea del codigo penal, y no solo el ex Fiscal General
@admin ¿vamos a seguir mucho con la matraca esta con 300 noticias sesgadas al día?. lo digo porque esto empieza a apestar a fascismo o linea ideológica que echa para atrás.
#3 Artículo 417.1 CP — Revelación de secretos por autoridad o funcionario
“La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, y, en su caso, con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”