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Los ceses en periodo de prueba de indefinidos se disparan un 864% desde la reforma laboral y consagran al empleo fijo 'de usar y tirar'

Las empresas españolas extinguieron 1,02 millones de contratos en 2025 porque el trabajador no superó el periodo de prueba, un 2,34% más que en 2024 y un 79% más que en 2021, antes de la reforma laboral. Un récord de la serie histórica que se remonta a 2013 y que contrasta con el retroceso de los despidos propiamente dichos, que cedieron un 1,4% hasta los 1,04 millones. Aunque estos siguen un 94% por encima de los niveles anteriores al cambio legal. Unos datos que reflejan una clara dicotomía entre las dos maneras de cesar a un trabajador.

| etiquetas: ceses , periodo de prueba , indefinidos , 864% , reforma laboral
Al desaparecer el contrato temporal, porque el fraude era masivo, el periodo de prueba es el nuevo contrato temporal, sobre todo en los empleos de baja cualificación en los que la formación es de 1 o 2 días. Además el llamado periodo de prueba se alarga lo que le da la gana al empleador.
#4 Por eso se debería limitar el periodo de prueba por ley a un mes.
otro éxito más del gobierno del progreso
#1 que los empresaUrios estén retorciendo la ley para convertir de manera fraudulenta un contrato indefinido en uno temporal es otro "éxito" del gobierno... :roll:
#1 No, es falta de mano dura con esos empresarios que están al borde de la delincuencia.
A ver si empiezan a ponerse duros con ellos a base de multas y penas de prisión, que menos no merecen.
#10 odia mejor a quien ha hecho la ley de mierda, al menos a esos si los puedes elegir
#12 ¿ A quién me dices que tengo que odiar ?
Ya lo que me faltaba, otro promotor del odio diciéndome lo que tengo que hacer.
Tenéis el país hecho una mierda, majo.
#13 si? porque gobierno yo quizás? xD

Madre mía, vives en una realidad paralela
#14 porque gobierno yo quizás?
No, porque eres tú el que me pides que odie.
La extrema derecha ha traído a este país una desgracia, que es extender el odio entre todos nosotros.
No seas como esa gentuza.
#15 la gentuza que odia al que piensa diferente...la veo en la extrema derecha? obvio, la veo en la extrema izquierda? obvio también.
Y teniendo en cuenta esto, una inspección al que este continuamente contratando y despidiendo en periodo de prueba.

Creo que solo en hostelería o empresas de limpieza puede suceder esto. Cualquier empresa que tenga necesidad de emplear de verdad tiene que formar a sus trabajadores por lo que si de verdad no valen para el puesto sí que los despides. Si vale para el puesto no te compensa estra formando personal de forma continua, el tiempo que pierdes vale mucho dinero
¿Y dónde está el problema?

Hay que recordar que el periodo de prueba aplica por ambas partes, el trabajador también puede dejar el trabajo sin ningún preaviso.

Además no hay ningún dato de que porcentaje de contratos se rompen por parte del trabajador y que parte por la empresa.
Tachán sorpresa, lo que han hecho siempre.
"No has pasado el periodo de prueba"
El siguiente y le pagamos 4 perras y si me apuras cogemos a uno de prácticas y nos sale gratis :troll:
en Españita el despido es libre pero no gratis. si lo encareces y restringes los motivos para el mismo una vez superado el período de prueba, entonces fomentas los despidos durante dicho período. es algo de pura lógica empresarial que en la única cabecita que no entra es en la de Yoli. es decir, en los momentos iniciales de un contrato que es cuando un trabajador debería tener más ayuda para que dicho contrato dure lo más posible, la normativa favorece justo lo contrario
Luego estamos mucho mejor que antes, pero a unos cuantos los echan tras el periodo de prueba. El dato resulta interesante, y hay que estudiarlo, pero venderlo como problema del gobierno...ya huele un poco.
Estos son los plazos de duración del periodo de prueba que recoge el ET en el artículo 14. Ningún convenio colectivo puede empeorarlo
La duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados.
En el caso de los demás trabajadores, la duración máxima será de dos meses.
En las empresas de menos de 25 trabajadores, el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes.

menéame