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Archivada la denuncia por el apuñaladamiento de una mujer en Las Quemadas, Córdoba, al reconocer que se autolesiono

Archivada la denuncia por el apuñaladamiento de una mujer en Las Quemadas, Córdoba, al reconocer que se autolesiono

Había denunciado a su expareja por violencia de género y este había sido detenido en Jaén.

| etiquetas: puñaladas , violencia de género , denuncia , córdoba
caso aislado 767.733
Las denuncias falsas no existen.

Ésta por ejemplo no existe, ya que no figurará en la estadística que dicen que recoge las denuncias falsas.
#4 el problema es que para q contabilice como denuncia falsa, el afectado tiene que llevarlo al juzgado y conseguir una condena :palm:

Este tipo de cosas debería contar en las estadísticas como denuncia falsa tb.
#5 No. En ningún caso lo que denuncie el afectado va a entrar en esa estadísitica.

Es requisito que la denuncia proceda del fiscal o no va a la estadística. Para que entre en el estadística el fiscal debe retirar la acusación DURANTE el juicio. Como que aquí no va a haber juicio, pues es ya imposible.

No he listado todas las restricciones. Hay más.

No me extraña nada que la gente se crea que la estadística de denuncias falsas cuenta las denuncias falsas. Pero no es así.
#6 según lo que he leído basta con que haya un juicio con sentencia a favor del afectado demostrando la mala fe.

No encuentro más info sobre lo que comentas . Seguiré buscando, gracias.
#7 creo que encima tiene que haber condena por falsa denuncia en el mismo año que se hace la falsa denuncia, para que se contabilice...
#6 El delito de denuncia falsa solo será perseguible cuando haya recaído una sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del juez o tribunal que haya conocido del delito imputado falsamente.

Se puede proceder de oficio contra el delito de denuncia falsa por parte de las autoridades que toman parte en el procedimiento derivado de dicha denuncia falsa (cuando aprecien indicios bastantes de la falsedad de la imputación), o bien a instancia de la previa denuncia del ofendido (artículo 456.2 del Código Penal).

www.conceptosjuridicos.com/denuncia-falsa/
#11 Sí, todo eso muy bien. Pero la discusión era lo que entra o no entra en la estadística tramposa.
Imposible, debe ser un bulo. He leído por aquí que estas cosas no existen.
Quería que la hicieran casito y de paso una paguita.
Esto no existe...
Mecawoento... Esto no existe...
Ahora toca el momento de la reflexión....
Toca pensar en todo lo que habrá vivido el hombre falsamente denunciado...
El Calabozo, la acusación, el estigma social, el proceso judicial, ver el apoyo institucional recibido por la mentirosa, que se inicia desde el cuartel, pasando por servicios sociales, las ayudas económicas, las custodias de los niños (si los había) la injusta expulsión de la casa que has construido, el gasto en abogados, la…   » ver todo el comentario
Maravilloso el Polígono de Las Quemadas, Bretón, esto y el que escribe.

Vaya agujero negro.

menéame