#30 Yo a eso le veo dos problemas: podrían ir en contra de los artículos 37 y 38 de la constitución española; libertad de empresa y la negociación colectiva. El estado está bastante limitado a la hora de intervenir en las relaciones laborales.
Estas cositas vendría bien militar por ellas uniéndonos a un sindicato que haga por los trabajadores, en vez de rezarle al estado.
#1 Lo que no debería hacerse es dar bombo a los nazis en ningún contexto. En Valencia todo el mundo ayudó, solo los nazis usaron el pretexto para lavarse la cara.
#34 Lo has entendido bien, y es que no creo que haya artículo que obligue a las empresas a compensar los posibles daños causados por la reversibilidad del teletrabajo. Que no quita que sí puedan estar obligadas a través del acuerdo de teletrabajo o el convenio colectivo, pero eso no son leyes.
Que el envío hable de que el Estatuto de los Trabajadores obligue me parece un despropósito, y que le de tanto bombo al artículo 41 del estatuto... en fin... dejo este artículo de la ley del teletrabajo y que cada uno saque sus conclusiones:
Artículo 5. Voluntariedad del trabajo a distancia y acuerdo de trabajo a distancia.
1. El trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia regulado en esta Ley, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior, sin que pueda ser impuesto en aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, todo ello sin perjuicio del derecho al trabajo a distancia que pueda reconocer la legislación o la negociación colectiva.
2. La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
3. La decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible para la empresa y la persona trabajadora. El ejercicio de esta reversibilidad podrá ejercerse en los términos establecidos en la negociación colectiva o, en su defecto, en los fijados en el acuerdo de trabajo a distancia al que se refiere el artículo 7.
#31¿Tiene que asumir el trabajador (con familia además) los gastos derivados de la mudanza por un cambio de política de empresa u operatividad?
Pues como digo en #11, según el acuerdo de teletrabajo o convenio colectivo. ¿Qué ley has leído que va en contra de lo que digo? Que me puedo equivocar, hablo un poco de memoria.
#16 Tampoco creo que la empresa esté obligada a asumir costes del trabajador tras la reincorporación al trabajo presencial. No daba a basto con todas las inexactitudes del artículo y he asumido que algo de verdad había.
En algunas ocasiones, sí, pero no creo que sea la norma ni de lejos.
No entiendo el "a partir de ahora", ni una nueva sentencia, ni una nueva ley, ni nada... Es " a partir de ahora" porque huffintongpost lo dice.
El titular también es directamente falso y no corresponde con el contenido del artículo. Deberá pagarte más si aumentan los costes asociados a tu vuelta, y no te estará pagando más, te estará indemnizando más, que no es lo mismo. No es un aumento de salario, es una asunción por parte de la empresa de tus gastos.
El subtitulo " En España, el derecho a que la empresa compense los gastos derivados del trabajo presencial está regulado en el artículo 12 de la Ley de Trabajo a Distancia y en el Estatuto de los Trabajadores." es directamente falso, la Ley del Trabajo a Distancia regula el trabajo a distancia, el artículo 12 de esta Ley regula el derecho al abono y compensación de gastos en el trabajo a distancia .
Y por último, el artículo parece que solo se centra en que o hay acuerdo o hay modificación sustancial de las condiciones de trabajo via artículo 41 del estatuto de los trabajadores, pero ignora el artículo 5 de la ley de trabajo a distancia donde menciona la reversibilidad del acuerdo según lo establecido en el convenio colectivo o contrato de trabajo a distancia , que bien fácilmente puede ser "si al empresario le da la gana que el trabajador vuelva, el trabajador vuelve".
#100 Bueno, mi comentario está mal escrito. Me refería a tu 2ª segunda parte, la del ecologismo.
El ecologismo sin marxismo no se entiende y no puede prosperar, que para salvar a las abejas y a los osos panda y al ecosistema hacen falta cambios a nivel de producción no a nivel de concienciación individual de individuos aún sometidos a un sistema consumista,
#26 Creo que desde un punto de vista obrerista
Varoufakis no patina, Varoufakis es socialista y tú lo quieres ver desde un punto de vista obrerista, cosas distintas y fundamentalmente incompatibles.
Por diferenciar, un socialista busca la emancipación de la clase trabajadora, quiere abolirse como clase, dejar de existir. Un obrerista quiere mejoras para su clase sin ningún otro tipo de cambio en el sistema, bien podría ser, por ejemplo, mediante la reducción de la oferta de trabajo limitando la inmigración, como dices.
#4 Son noticias que pueden ser interesantes para gente que está atravesando situaciones similares. No entiendo por qué algunos lo sentís como un ataque.
Y luego los que votan a estos te dicen sin sonrojarse lo muy desprotegidos que estamos los trabajadores y que la justicia no funciona y que los inspectores de trabajo no hacen su trabajo.
#39 No se te ocurra atribuir ni un granito de mérito a los trabajadores no vaya a ser que las conclusiones te lleven por derroteros ideológicos peligrosos