#115 Es que está también el 197 pero ese es aplicable solo si la persona no está autorizada al acceso de esos datos, y obviamente el FG sí estaba autorizado al acceso. Por tanto el que aplica es el 417. Por tanto error mío.
#10 Exactamente: por delito de revelación de secretos. Pero luego en el fallo lo condenan por revelación de datos reservados ¿y el de secretos dónde ha quedado? ¿lo absuelven o no?. O sea, han cambiado el objeto de acusación a medida que se iban desarrollando los hechos. A la mierda la democracia y el estado de derecho del país. Me gustará saber qué opina el Constitucional de todo esto.
#24 En ambos casos, Constitucional o Supremo hay que dar argumentos y no decir " es que estos como son de derechas tal y como los otros son de izquierdas pascual". Argumentos. Para empezar que el Supremo dé el fallo sin haber una sentencia es dejar ahora mismo al FG indefenso ¿por qué tanta prisa por dar el fallo? Seguramente el Constitucional dará la razón a la abogacía cuando exponían que su defendido aún no sabía de qué se le acusaba, de hecho no lo sabemos ¿nota de prensa o filtración de correo? El registro en fiscalía por la UCO se excedió de lo que Hurtado les acotó ¿se vulneraron derechos?. Respecto a la nota de prensa los mismos jueces de ahora ya la descartaron en la admisión a trámite de la querella y la filtración de correo no se ha podido demostrar que haya sido él ¿entonces de qué se le acusa? Es que es todo un disparate muy gordo.
#48 ¿Justo? Cuando la abogacía a la que haces referencia expuso claramente que tras 8 meses aún no sabían de qué se le acusaba al FG, si era por la nota de prensa o era por la filtración del correo. Cuando estos mismos expusieron que la UCO hizo un registro arrasando con la fiscalía sin cumplir con la acotación que impuso el juez instructor y además sólo a él, porque las otras 400 personas que tuvieron acceso a la información antes que él no pintaban nada por lo visto. Justo dice.
Que debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales.
Le absolvemos del resto de los delitos objeto de la acusación.
Los objetos intervenidos en los registros practicados se devolverán a sus titulares y, en su caso, se destruirán.»
La sentencia, pendiente de redacción, surtirá efectos a partir de su notificación en legal forma.
La resolución incorporará dos votos particulares emitidos por las Magistradas de la Sala II D.ª Ana María Ferrer García y D. ª Susana Polo García que disienten de la misma lo que determina un cambio en la Ponencia que la asume el Presidente de la Sala D. Andrés Martínez Arrieta.
Sin ser jurista ni por asomo yo deduzco que va por la nota informativa. El correo no se ha podido confirmar que fuera él quien lo filtró por tanto no puede ir por ahí.
#3 Vamos a ver, te está diciendo que había dos vías para condenar al FG: la nota de prensa y el correíto. La nota de prensa no era delictiva porque no vulneraba derechos pues entonces vamos a por el correo electrónico, que tampoco se ha demostrado que lo haya filtrado él. Aún así sale condenado. Te parecerá muy normal lo que le dijo el presidente del tribunal al periodista cuando le dijo que el fiscal no había sido quien le filtró el correo: no nos amenace. Aquí lo que es un vertedero es el Tribunal Supremo.
#127 ¿dónde están las pruebas de que así parece haber sido? Los periodistas lo tenían antes que el fiscal general. Además si G. Amador se lo mandó a MAR ya no es un secreto.
#86 Que los periodistas y 400 personas tenían el correo antes que el fiscal y el noviete fue quien se lo pasó a MAR ¿por qué narices fue el fiscal quien lo filtró por primera vez? ¿por qué se investiga solo a él y a los otros 400? ¿qué capote le han echado al fiscal? Han dicho que él no fue quien le filtró el correo ¿tenían que decir lo contrario?
#3 Me encantará ver cómo justifican la sentencia, que no sea "por mis cojones". ¿Van a procesar ahora a los periodistas que dijeron que no fue el fiscal general quien les filtró el correo?
#4 Pero hay una cuestión que resolver ¿qué va a pasar con los periodistas? Porque si lo han condenado es que a los periodistas no les han creído por tanto los jueces entenderán que han mentido y los tendrán que procesar. Se pone la cosa seria.