El agente escuchó gritos desde la calle y, al entrar en el adosado, vio al agresor pegando puñetazos en la cara a la víctima, que estaba acurrucada y en posición fetal en un sofá.
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Pero supongo que en ese caso lo dara por bueno ya que ha librado a una mujer de una paliza.
Lo mismo que si la vida de una persona corre claro y evidente peligro, por ejemplo por un incendio, y para salvarla tiene alguien que meterse en el domicilio de otra sin más remedio para salvarlo: está plenamente legitimado.
Lo que quiero decir es que no hace falta suavizar nada en la noticia, es decir, en éste caso un policía revienta la puerta de un piso, o se cuela por la ventana o lo que sea, para salvar a una mujer que estaba en evidente peligro y punto... y está bien que sea así.
También un particular puede hacerlo por los mismos motivos pero luego ello ha de poder justificarse plenamente.
Cc: #3 lee #7
1º- Un policía es policía siempre, esté o no de servicio. Solo tiene que identificarse como tal.
2º- Puede entrar en una propiedad particular ante la comisión de un delito flagrante o ante el deber de socorro, sin necesidad de consentimiento o de autorización judicial.
www.conceptosjuridicos.com/inviolabilidad-de-domicilio/
Es su obligación.
Que oye, que está bien, que se la jugó entrando en un domicilio ante lo que parecía un delito flagrante y finalmente fue un delito y protegió a la mujer pero, ojo, porque eso lo permite la ley en casos ya muy muy evidentes y/o extremos.