La Guardia Civil alaba a quienes dan las gracias tras recibir la multa El director de Policía y Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, dice que hay conductores que dan las gracias tras recibir la multa.
#5:
Como recurrir una multa por exceso de velocidad
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco.
Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna
unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
#2:
Igual llevan un cadaver en el maletero y al no registrarlo pues oye, que te alegras.
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco.
Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna
unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
#5 Pero bueno que sepas que disminuir la velocidad mínima fijada para cada tipo de vía tambien es una infracción, así que ten cuidado por que te pueden multar POR IR DEMASIADO LENTO.
A veces no está de más que te digan que es lo que no haces bien, vamos, un coscorrón para ponernos en nuestro sitio... sobre todo referente al tráfico...
Si te están multando es que están haciendo el trabajo para el que les pagamos. Que jode, pues si. Pero es de agradecer que algún funcionario haga su curro...
Comentarios
Como recurrir una multa por exceso de velocidad
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco.
Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna
unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
#5 Que grande
#5 Un poco viejo ya no??
http://www.limitenet.com/otra-forma-de-recurrir-una-multa/
http://www.motorpasion.com/otros/como-recurrir-una-multa-de-trafico-con-mas-morro-que-espalda
solo hay que poner en google "recurrir multa metros segundo"
#5 Como broma está bien...pero el Código de Circulación dice claramente que todas las señales de limitación están referidas en Km/h.
#5 Pero bueno que sepas que disminuir la velocidad mínima fijada para cada tipo de vía tambien es una infracción, así que ten cuidado por que te pueden multar POR IR DEMASIADO LENTO.
#5 es más fácil que todo eso, di que eres gitano, bailas, y que no tienes carnet.
Igual llevan un cadaver en el maletero y al no registrarlo pues oye, que te alegras.
Deberían hacer descuento automático del 30% por dar las gracias.
Eso es porque no oyen lo que viene despues
A veces no está de más que te digan que es lo que no haces bien, vamos, un coscorrón para ponernos en nuestro sitio... sobre todo referente al tráfico...
¿A esta noticia no le falta la etiqueta de HUMOR justo al final de la ultima palabra del titular?
Si te están multando es que están haciendo el trabajo para el que les pagamos. Que jode, pues si. Pero es de agradecer que algún funcionario haga su curro...
Solo un trepa sin escrúpulos puede llegar a decir éstas barbaridades para que sus superiores le den un azucarillo......puag
Ni le des las gracias, ni firmes la multa.
Dale solo las gracias si introduce algún atenuante en la dilegencia.
Claro, encima que me sanciona la persona a la que pago el sueldo le voy a dar las gracias...
#4 Lo cortés no quita lo valiente, no cuesta nada ser educado con alguien que, nos guste o no, está haciendo su trabajo.
Yo personalmente, si me tratan con educación le respondo de la misma manera aunque no esté de acuerdo con él.
#4 La pagas el sueldo precisamente para hacer lo que está haciendo y además, bien.