Hace 4 años | Por delcarglo a cincodias.elpais.com
Publicado hace 4 años por delcarglo a cincodias.elpais.com

La ausencia de registro horario en los contratos a tiempo parcial conlleva que, en caso de conflicto, los jueces deban presumir que el trabajador desempeñaba sus tareas a jornada completa. Y ello, por ejemplo, en caso de que se cuestione el despido, puede provocar que la compañía tenga que pagar una indemnización mayor. Algo similar le ha sucedido a un establecimiento de Salamanca, que deberá abonar a una exempleada casi 6.600 euros (más un 10% anual en concepto de intereses) por varias mensualidades de salario pendientes.

Comentarios

M

#6 Buen ejemplo

HyperBlad

#6 ¿Siguen haciendo eso? Teniendo en cuenta que todos tienen lector de matrículas desde hace mucho tiempo...

lecheygalletas

#12 en los peajes a tramos si.

r

#12 el lector de matrículas sería el equivalente a fichar.

shinjikari

#1 Nota: es el artículo 12.4.a), no c)

x

Pues esto es importante, porque puestos a tirar de ahí, todo el que tenga una reducción de jornada podría reclamar el salario completo. Por ejemplo.

w

#3 no, si dicha jornada está registrada correctamente

x

#9 claro, pero es que en la noticia partimos de que no se registra correctamente...

chorche77

#13 "Salvo prueba en contrario", como por ejemplo la solicitud de reducción de jornada.

heffeque

#17 Esa prueba es equivalente a la de trabajo parcial, y ya ves que no es suficiente. Hay que justificar las horas.

chorche77

#22 La solicitud de reducción de jornada es iniciativa del trabajador, por lo tanto, si existe ese documento solo es porque el trabajador así lo ha solicitado. Eso mismo no se puede deducir de un contrato a tiempo parcial.

heffeque

#23 Sí, pero no hay prueba de que se esté cumpliendo dicha reducción.

ObeyTheSheep

Me parece estupendo, teniendo en cuenta el uso fraudulento que hay en la contratación temporal en España.

D

Otra sentencia destructora de empleo y bla bla bla

Negreros, a apoquinar

arniepye

Y si trabajas sin contrato eres indefinido. Dudo mucho que esto cambie mucho las cosas... Es otra presunción más que solo cuaja en caso de que el trabajador esté perfectamente informado y conozca sus derechos, además de que, por supuesto, se anime a reclamar y luchar por lo que es suyo, con todo lo que eso conlleva.

g3_g3

Magnífico!!!

O

Si ya nadie denuncia los contratos temporales en fraude de ley que son la mayoría esto mucho menos.
Imagino qu es epresumen completos a la vez que se sanciona a la empresa por no registrar el horario supongo, ¿no?

D

#8 Si si. Aqui es lo de siempre, la persona se lleva la indemnización, luego a parte, la empresa debe pagar la sanción (para la saca del estado). La indemnización no es un castigo a la empresa, si no obligarla a ejercer sus obligaciones. Una persona jamas cobrara en indeminzación mas de lo que le corresponda por su trabajo.

C

Si no hay registro de ese día, se considera que el trabajador laboró las 24 horas (lo que incluye, además, una multa por explotación laboral y otra multa por propiciar riesgo laboral).

Si se registra horario y todavía el trabajador labora.. y es pillado por alguna inspección aleatoria: multa alta por mentir en documento oficial + multa por explotación laboral + investigación a fondo, detallada, concienzuda y enfermiza de Hacienda a todos los inversores de esa empresa (esta si que DUELE).

Con esas dos medidas, veremos un cambio total en el comportamiento laboral de acá.

anv

O sea... que ya sabemos lo que pasa si la empresa no cumple con lo que indica la ley... nada a no ser que se den varias condiciones muy específicas.

Reseko

Se sabe si ya acabó la prórroga para que las empresas implanten lo del control horario?

Y donde hay que denunciarlo? Mi empresa todavía no se ha pronunciado al respecto y quiero meterles prisa