Destaco: cinco de los doce magistrados opinan que el distinto tratamiento penal sólo puede justificarse si se parte de una premisa de mayor vulnerabilidad de la mujer o, lo que es lo mismo, de un abuso de superioridad física del varón. Otras consideraciones son susceptibles de caer en lo que se llama derecho penal de autor, en vigor durante el nazismo y absolutamente inconstitucional por cuanto supone ir más allá de la responsabilidad del individuo, haciéndole pagar no por sus acciones sino por su pertenencia a un determino grupo.
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