La Administración local puede reclamar a los compradores el IBI adeudado de los dos últimos años si el antiguo propietario no pagó en fecha ni tampoco después de que Hacienda le reclamara el pago. El fisco local podrá exigir el abono de la deuda directamente al comprador por ese ejercicio y el anterior sin necesidad de que el dueño anterior sea declarado insolvente o demuestre que no tiene medios con los que abonar la deuda y sin que Hacienda tenga que iniciar un procedimiento de derivación de responsabilidad contra el nuevo titular.
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En cualquier caso, cualquier persona medio asesorada sabe que debe pedir los recibos de los últimos años y un certificado de estar al corriente con la comunidad.
Los compradores de un vehículo de segunda mano pagarán las multas de los dos últimos años.
Las putas y la coca la pagan de su bolsillo.