Las personas que cobran la prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro, están de enhorabuena. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge el Real Decreto-ley ‘ómnibus’ en el que se concreta que los perceptores de la prestación no estarán obligados a declarar el IRPF, es decir, no tendrán que presentar la declaración de la Renta.
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No sé si sigue la estúpida creencia sobre todo entre los que empezaban a trabajar y no llegaban al mínimo obligatorio de que si la presentabas tenías que hacerla todos los años luego y mucha gente estaba un montón de años sin hacerla. Todo lo que les tenían que devolver .. se lo quedaba hacienda gracias a esa magnífica idea.