Hace 6 años | Por angelitoMagno a rtve.es
Publicado hace 6 años por angelitoMagno a rtve.es

Cuando a Andrés le despidieron, pensó en hacerse autónomo. Tras ver su situación económica, y para no renunciar a cobrar el paro, se asoció a una cooperativa de facturación. "Era una forma de reingresar en el mercado laboral sin arriesgarlo todo y ahorrarme algo de dinero. Además, todo el mundo me dijo que era legal, incluso un funcionario de la Seguridad Social", asegura a RTVE.es. Ahora, un año y medio después, ha recibidoun acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la que le reclaman unos 3.000 euros.

Comentarios

Varlak_

#4 si cobras menos del SMI no necesitas darte de alta como autonomo

Aitor

#4 Suscribo la queja de tu comentario, pero lo cierto es que sí hay otra alternativa. Compleja, no bien reglada y nada publicitada, pero la hay.

Puedes presentar un escrito exponiendo la situación, explicando que tienes una actividad económica que por ser pequeña la remuneración y/o ser esporádica no hace que merezca la pena darte de alta como autónomo. Ellos te contestan permitiéndote no hacerlo y queda constancia de que lo has preguntado y te lo han permitido. Eso sí, eso no te excusa de declarar a Hacienda esas remuneraciones y, en el caso de que sea necesario, hacer la liquidación del IVA correspondiente.

Eso es para hacerlo "bien" y en limpio. Por otro lado, como te dice #15, aunque si te pillan te pueden denunciar, lo habitual es que si llegado al juicio se ve que es un trabajo esporádico o con remuneración menor al SMI el juez dé por cerrado el tema y no te pase nada.

#29 Completamente de acuerdo. O que las cuotas fijas tengan más tramos, al menos por la zona de cantidades bajas, y sean cuotas realmente bajas y ajustadas.

Ainur

#15 Eso se llama actividades marginales, y sorpresa, esta sujeta criterios, algunos subjetivos. Complemento lo que dice #41

El lío es tal es que ni siquiera es legislación, es un vacío legal que se ha ido rellenando con distintas sentencias que han ido sentando jurisprudencia y a las cuales la Seguridad Social, con el paso del tiempo, se ha ido adaptando

Primero el funcionario de turno debe aprobarla, con los siguientes criterios:
- Debes darte de alta en el registro de actividad, y declararla como marginal
- No puede ser tu actividad principal económica. Que no es diaria, que es esporadica.
- No puedes tener un sitio de trabajo.
- No puedes superar la facturación de un SMI.
- La actividad no es perdurable en el tiempo.

Administrativamente:
- Alta en Hacienda
- Comunicación por Correo Certificado a la Administración de la TGSS exponiendo los motivos por el cual no te das de alta en el RETA, y luego recibes una carta de ellos como que en prinpcio cumples los requisitos para no estar dado de alta en el RETA

Analizando, ni es fácil darse de alta, pues está a criterio del funcionario que toque. Luego, como a veces pasa, a la mínima sospecha de irregularidad ellos denuncian fraude con su multa y luego tu ya te peleas por demostrar que tienes razón. Luego como te empiece a ir bien, y uses esta formula para empezar un negocio, o trabajar de lo tuyo, pueden decir que estabas en fraude de ley los primeros meses, o años porque era tu actividad económica principal y era perdurable en el tiempo, aunque empezases a pagar tu tarifa de autónomos en el momento que superes el smi,.

Si quieres jugártela con criterios subjetivos, adelante. Yo facturo por una de estas cooperativas e hice los mismos cálculos. hasta que no facture 1500 de forma constante no me interesa la tarifa de autónomos y cumplo con mis obligaciones fiscales de una forma justa.

cc #25 #9 #38 #10

D

#15 eso es una leyenda urbana muy extendida. Y lo aprendí de primera mano.

Varlak_

#78 Se supone que el supremo creó jurisprudencia en ese aspecto, no?

U5u4r10

#78 cuéntanos más

TetraFreak

#15 Que no dice. Hace años curre un mes y medio de vendedor de telefonia puerta a puerta.

No vendia una mierda (no soy bueno para el tema) y lo deje rapido habiendo cobrado 100 y pico pavos.

Adivina quien tuvo que pagar multa.

D

#25 Evitar pagar impuestos dice... yo he usado factoo y el 30% de lo cobrado se me esfumo en el aire.

Se pago mi seguridad social y mi irpf. No es una estafa pues no es diferente de las carnicas.

Lo que no puedo es estar pagando un autonomo mientras no trabajo...

Varlak_

#54 no he dicho evitar pagar todos los impuestos. Y si, si es diferente a las carnicas. El cliente contrata a la carnica y la carnica te contrata a ti. con factoo nadie tiene ninguna interacción legítima con la "empresa", está solo y exclusivamente para pagar menos impuestos.

Totalmente de acuerdo con lo de pagar autonomos mientras no trabajas, el sistema es una basura y entiendo que la gente busque alternativas, aunque no sean legales, pero no, joder, me parece obvio que, tal y como está la legislación, factoo es una empresa creada para evadir impuestos/tasas

D

#55 pff en las carnicas la interaccion subcontrata tras subcontrata es una pantomima. Pero Factoo “me contrata”, paga mi seguridad social, mi irpf, y factura ella al cliente. Comi empleado de factoo, yo doy el servicio. Al final lo tiene que dar una persona.

U5u4r10

#54 Pues entonces deberías plantearte otra opcion

D

#29 Tienes razón. Y cuando se jubilen, que reciban una pensión RAWDWOC: Receive As We Decide With Our Cojones.

D

#29 Luego cuando paguen la pensión el estado que la aumente o disminuya según la cantidad de déficit.

BM75

#4 #5 Leed a #9...

SalsaDeTomate

#4 No es la Seguridad Social la que hace sus leyes

D

#4 Si es por un trabajo no hace falta cotizar. Si es un sueldo por ser habitual lo que tienes que hacer es denunciar y que te contraten.

No veo por donde coger tu mensaje.

montaycabe

#10
"¿En este caso no hablamos de fraude? ¿Es posible cobrar la prestación por desempleo y facturar trabajos?"
No facturas tu, factura la cooperativa y te contrata durante el tiempo que le digas que te va a llevar. Te saca del paro esos dias y despues vuelves a la situacion anterior.

"Si ingresa poco no esta obligado a estar dado de alta en autónomos, por favor corregidme sino:"
No hay una ley que lo diga, Se basa solo en jurisprudencia, con lo que no te aseguras que la seguridad social no te demande. Igual ganas el juicio, pero entras en la ambigüedad y en esos problemas de abogaos.

Estas cooperativas no salen rentables a partir de facturar 1500 o 2000 euros, solo lo son para trabajos muy esporadicos. La unica via de fraude es decir que has tardado un dia y has facturado 3000€, ahi "canta" mucho y normalmente la propia cooperativa te para los pies, en plan "Tio, que nadie cobra eso por trabajar un dia"

Es un terreno alegal y ambiguo de todas formas y era de esperar que tarde o temprano le metieran mano.

t

#17 Yo creo que el problema no es Factoo en sí, ni las cooperativas de trabajo. Yo estoy entendiendo que la periodista facturaba cada 2 meses, y supongo que sólo se daba de alta 1 día cada 2 meses o algo por el estilo.
Ahí es donde a mi parecer está pillada, que lo dice #24 si vas a trabajar 2 meses, debes de darte de alta (con factoo o en la empresa donde trabajas) durante esos dos meses, no un día, para hacer la factura y fuera.

D

#10 ¿En este caso no hablamos de fraude? ¿Es posible cobrar la prestación por desempleo y facturar trabajos?
A modo informativo, y aunque no es exactamente lo que ha hecho esta persona, sí es posible facturar y cobrar la prestación por desempleo, cuando estás empezando un negocio y durante un tiempo máximo que no recuerdo mal si era de 6 meses y hay que cumplir algunos requisitos más. Despues de darte de alta de autónomo es solocitar la reanudación de la prestación.

D

#10 " ¿Es posible cobrar la prestación por desempleo y facturar trabajos?"
Sí existe la posibilidad desde 2015, si nunca habías sido autónomo y pierdes tu empleo por cuenta ajena, puedes compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia durante 9 meses, pero tu exempleador no puede ser tu cliente principal, para prevenir el fraude. Al ser tu primera vez como autónomo también tienes la tarifa plana de 50 euros al mes en las condiciones normales.

D

#46 Mi caso a partir de septiembre. Deseadme suerte

M

#10 la cuota de autonomos si es progresiva. En dos años solo se paga la cuota enntera en los ultimos seis meses( los primeros 6 son 50 euros).

D

#3 Exacto, sin negro sobre blanco nada vale.
La normativa que regula las cotizaciones de autónomos será todo lo farragosa que sea, pero estar está, y la administración tiene mecanismos de consulta mucho mejores que preguntarle a un funcionario que igual no tiene ni idea del asunto.

Penrose

#8 Qué mecanismos de consulta te pueden dar esa seguridad jurídica? Pregunto.

D

#75 A mi de momento con hacer uso del registro de entrada he tenido suficiente ya que me han resuelto las dudas por escrito.

sonixx

#3 lo barato siempre sale caro al final

SalsaDeTomate

#3 Una respuesta tampoco te va a valer de nada aunque la tengas por escrito. Que le caiga una sanción al funcionario, pero a ti de nada.

D

#1 ¿Por qué te crees que ya no dejan grabar las conversaciones que tienes con un funcionario?

c

#11 puedes grabarlas igualmente, para protejer tu seguridad, esas ordenes son solo para ciudadanos, no para nosotros.

D

#58 De eso nada. Bien claro lo pone en el cartel.

c

#61 pero te digo que es solo para ciudadanos, no para ti o para mi. Pillas o no?
Pruebas o evidencias que tu y yo seamos ciudadanos, es decir, oficinas comerciales publicas del Estado?

https://analisis05.wordpress.com/2017/07/15/equidad-trust-fideicomiso-pacto-completar-la-entrega/

D

#65 Entonces los carteles ¿son ilegales?

D

#58 con "nosotros" a que te refieres?

c

#72 hola, perdona, me caparon poder contestarte.
Tu, yo y el resto de gente q quiere ser libre.

Franxus

#1 Seguramente te lo diría algún funcionario.

Thelion

#1 En Hacienda pasa mucho, con las consultas sobre la declaración de la renta.

j

#34 Hay que ir con grabadora o hacer la pregunta por registro

BM75

#1 No es un problema de España. Eso pasa aquí y en cualquier parte del mundo. Que un funcionario te "diga" algo no tiene valor legal. Tienes que tenerlo por registro y sellado, naturalmente.
Las palabras se las lleva el viento...

F

#1 Lo único que sirve son las consultas vinculantes, todo lo demás caca.

Las cooperativas de facturación son un clarísimo fraude de ley y no sé cómo no se les ha metido mano antes. Todo ello sin perjuicio de que la ley es una mierda como un piano de cola. Hasta cierta cantidad la cuota de cotización debería ser proporcional a la facturación. Es esperpéntico que alguien tenga que rechazar trabajo (o cobrarlo en negro) porque le cuesta más la cuota que lo que va a ingresar.

F

#47 La cuota de autónomo es para alguien que trabaja por cuenta propia y que obtiene ingresos con ello. En ningún sitio pone que obligatoriamente tenga que darle para vivir de ello. Lo de la cuota reducida tiene un montón de condiciones que no te has molestado en averiguar y que no cambian el hecho de que la cuota mínima actual sea un despropósito para trabajadores con bajos ingresos (pista: puedes serlo aunque no estés "empezando").

ollupacre

#47 si si, la sentencia del Supremo está muy bien, pero tu factura 500 € sin ser autónomo y verás como la SS te manda la sanción y bla bla. Les explicas lo del Supremo y te responderan,: contra esta resolucion no cabe recurso y puede usar acudir a la vía contencioso-administrativa. Te darán la razón, no sin antes haberte gastado 2000€ en abogados

U5u4r10

#73 Yo he facturado 800 sin problemas.
Esa vía es gratis

D

#47 Vamos, que no hay excusa.

M

#45 Pero el problema es cómo ha facturado, o que ha trabajado cobrando el paro?

F

#51 Si ha trabajado mientras cobraba el paro ha cometido un fraude, pero lo dudo porque en la cooperativa le dan de alta unos días y si uno está cobrando el paro lo que ha de hacer es comunicarlo y suspender la prestación durante esos días.

El fraude en principio está en la forma en la que ha facturado. No es una cooperativa real por más que pretendan hacerla pasar por tal.

Mención aparte de la posibilidad de que la "cooperativa" te dé de alta los días que tú le digas para minimizar el coste en lugar de los días que has trabajado en realidad. La tentación es grande.

diskover

#1 En la Seguridad Social no tienen ni puñetera idea de que es su trabajo.

D

#5 puedes hacer trabajos sin estar como autónomo. Solo tienes que darte de alta en el Índice de Actividades Económicas. Incluso sin estar dado de alta, pero con el inconveniente de pagar un porcentaje más alto de impuestos

D

#5 No se si te has planteado que este sistema lo usan los de 500eur al mes y los de 5.000eur al mes. Porque si va en unos, va en otros.

Varlak_

#9 es que si cobras menos del salario minimo no estas obligado a darte de alta como autonomo, desconozco si necesitas meterte en una cooperativa para facturar o si hay otro modo

D

#16 Hacienda y la SS son cosas diferentes. A mí en Hacienda me dijeron que si no me hacen una inspección de la SS no pasa nada, pero que de lo contrario te puedes meter en un buen lío.

Hay fallos de jueces que han dado la razón en el caso que comentas, pero depende con quién topes.

Franxus

#14 Por lo que tengo entendido y por el enlace de #2 no hay ninguna ley que diga eso, como también me dijo otro funcionaro de la SS, son conjeturas y una vez hubo un caso en el que un juez dicto a favor de una persona que no llegaba al SMI y no pagó autónomos, pero ese caso no sentó jurisprudencia así que, "si te pillan", tendrás que recurrir la sanción como dicen en el enlace mencionado y a ver qué pasa.

Varlak_

#22 en el 2007 el TS (que genera jurisprudencia) dictó una sentencia diciendo que no es imprescindible darse de alta como autónomo cuando los ingresos están por debajo del Salario Mínimo Profesional. Aunque siendo jurisprudencia, y no normativa, siempre te pueden tocar las pelotas y tocarte reclamar, pero en principio deberian darte la razón al final, otra cosa es que te compense.

D

#28 Ojo con estas cosas, no obstante.
La jhfispfudencia del tribunal supremo es un poco perra, para que fallen a th favor el casi tiene que ser igual y darse en las mismas condiciones. Con que un tribunal determine que no se cumple alguna de esas cosas, te meres en juicios contra la administración, que cuestan mucho tiempo y dinero.

miau

#28 Claro, pero es que eso es todavía peor: mi mujer factura menos de 50 o 60 al mes, y no siempre. ¿Por esa cantidad te vas a arriesgar al lío de tener que recurrir una sanción e ir a juicio contra la administración?

c

#28 normativa no es ley, y el parlamento funciona de facto, no de jure, y no tienen consentimiento explicito del pueblo, por tanto no pueden legislar.

Varlak_

#62 Puedo pedir el comodín del 50%? no entiendo nada

ChukNorris

#64 Es la nueva mascota.

U5u4r10

#28 Son necesarias 3 sentencias para generar jurisprudencia

D

#14 hasta donde sé, eso es una leyenda urbana. Si te tinca la seguridad social te pueden exigir que pagues las cuotas desde que empezaste la actividad.

miau

#9 Sí, pero eso no figura en ningún sitio en la ley, solo en la jurisprudencia, que no sé si sabéis que la jurisprudencia es cosa del poder judicial, no del legislativo (no es ley). Muchos funcionarios no lo saben, así que si te “pillan” te sancionan y luego tú tienes que recurrir por la vía de lo contencioso-administrativo. Por esa razón, por ejemplo, mi mujer se hizo cooperativista. Parecía más simple y más seguro.

AnderWarner

#9 Eso no es exactamente así, necesitas darte de alta en el IAE y declarar el 21% de lo que factures en IRPF, si la actividad conlleva IVA, pues también. Y la clave: la actividad no debe ser habitual. Y en la cuestión de que la actividad sea habitual, quien lo decide es un juez. Y digo juez porque es bastante probable que acabes en un juzgado.

M

#39 #9 Lo que no se puede es facturar y cobrar el paro a la vez. Eso seguro.

D

#9 Tienes que darte de alta en una lista de empresarios o algo así, y hacer la declaración trimestral. Ese alta es necesaria porque necesitan saber que carga impositiva ponerte. Y luego además tienes que darte de baja una vez hayas concluído porque si no lo haces te tocará hacer la trimestral aunque no hayas facturado nada, ya que la baja no es automatica. Un monton de papeleo y paseos para pasar una mierda de factura.

musg0

#40 y en negro te pasan un sobre, lo coges y ya.
Tanto parásito viviendo del Estado y no pueden diseñar una forma fácil de cobrar trabajos esporádicos y de poco dinero

ann_pe
chemari

Creo que es hora de que cambien su eslogan:

Fuertes con el débil, débil con los fuertes. Ministerio de Hacienda.

Caresth

#7 Vas fatal. Aquí nadie habla de Hacienda. La cuota de autónomos no es un impuesto. Es la Seguridad Social la que se mete, porque le están escamoteando las cuotas de la pensión que algún día querrán cobrar.

c
chemari

#26 tiene usted razón.

Sofrito

En España ocurre una cosa muy curiosa: cuanto más jodido estás, más quieren joderte.

Ovlak

Señora, si usted se siente "engañada" tendrá que reclamar a Factoo, no a la Seguridad Social. Creo que pocas personas hay en este país que no sepan que para trabajar hay que estar asegurado, ya sea una vida, un año, un mes, un día o una hora así que mala escusa la de "yo no lo sabía". Y si su chantaje es "para eso hubiera trabajado en negro", pues a su cuenta y riesgo. De haberse enterado la administración ya no sólo sería una deuda con la Seguridad Social, sino que también con hacienda por el IVA y el IRPF.

c

#17 los sentimientos no cuentan en el mundo legal.

D

#17 Lo mejor es que como es socia de Factoo y la cooperativa quiebra por esto, como socia de la cooperativa va a ser responsable personal de las deudas de la coperativa hasta con su patrimonio.

sangaroth

La logica de los abogados que ejercen de legisladores es que todos son unos ladrones (cree el ladrón...) , por lo que todos los controles,burrocracia,costes y tarifas absurdas son bajo el pretexto de que eres culpable de algo y tienes que demostrar tu inocencia. Por ello la tarifa de autonomo es tan alta factures o no, tengas de pagar el IVA te paguen o no (los parches que dicen al final no sirven para nada),etc... jodiendo al que se busca la vida por cuatro duros enviandolo a la 'exclusión social' trabajando/sobreviviendo en negro.

En estos casos es bueno comparar con otros paises, y por lo entendido muchos te tarifan en función de facturación y con presunción de inocencia implicita.... sumado a que comentan que tenemos un BOE sobrecargado, con exceso de legislación que acaba siendo contraproducente (permite a los grupos de abogados escaquearse cuando lo necesitan pero a los mas indefensos los deja sin escapatoria) y asociado normalmente a opacidad y corrupción en altos niveles.

D

Pero como vas a trabajar en una cooperativa y cobrar el paro al mismo tiempo. No le reclaman el IRPF, le están reclamando las prestaciones que cobró dado de alta como trabajador de esa cooperativa. roll

D

Y mucho ojo con los programas de facturación y contabilidad online.

Al principio pintan más o menos bien pero a medida que los usas ves que están hechos con el culo.

Tienen muchas carencias y su política de marketing roza el abuso.

Soy experto en evaluación de software

Yo he venido a hablar de mi libro.

santim123

#20 Cuéntanos más. Hace unos meses que estoy usando uno y le veo cagadas nuevas cada semana.

D

#42 Le falta funciones básicas, hacer las facturas o albaranes es un coñazo por estar mal hecho, quieren abarcar demasiado, sin hacer nada bien, y luego te limitan y te piden que pagues más.

Al final lo mejor es hacer las facturas con cortapega, en excel, word u otro formato, guardarlas ordenadas, tenerlas al día para cada tres meses pasárselas a la gestoría y que las presenten.

U5u4r10

#42 contaplus?

santim123

#87 Anfix

derethor

van a por él porque es fácil. No tiene mucho dinero ni contactos, y el inspector no tiene nada que perder.

D

Yo también me creí hace muchos años lo que me dijo un funcionario del ayuntamiento de Madrid referente a una plusvalía un poco complicada. A la de 1 año recibí una complementaria con los correspondientes recargos. Lo que te dice esa gente no sirve absolutamente de nada, y es bastante complicado conseguir respuestas vinculantes para la administración

Maroto

Yo trabajo con una compañía de circo/teatro de calle y en ese mundo todos los actores trabajan con cooperativas de trabajo, que lo que hacen es darlos de alta en la SS para el día o los días de la actuación y luego de nuevo de baja. Esto es legal y lógico. Lo que hace Factoo por lo que parece es también dar de alta por uno o dos días mientras que la actividad del trabajador ha sido continuada y no puntual con lo que sí que tiiene pinta de ser fraude de ley.

D

Cuando usas sus servicios dejan muy claro en que casos se puede utilizar. Si les reclaman es que se han pasado de los usos habituales. Así todo con hacienda y la S.S. solo se pueden meter los ricos, ya deberían saberlo.

D

esta clase de empresas timadoras tienen un caldo de cultivo perfecto en un país que la gente compraba sellos en un chiringuito piramidal, un 20% de su economía es subterranea, por ejemplo y tiene una mezcla de gobierno de delincuentes y ciudadanía lerda que no entiende ni el más triste concepto de economía por no leer.

Y además la seguridad social, que no perdona una.

zULu

Andres es un defraudador. Queria cobrar el paro y facturar sin ser autonomo. Que le multen.

M

Vaya jeta querer trabajar y cobrar el paro, es una estafa a todos los españoles trabajadores. No debería haber cárcel para estos casos? Yo estoy harto de que nos roben por todas partes y de que todo el mundo haga trampas.

Es que tal cual se realiza la actividad están evitando impuestos.

Otro tema seria si la cooperativa buscase los proyectos, o si aun buscando cada cooperativista sus propios proyectos, esto estuvieran dados de alta durante el periodo entero de la actividad (no solo el periodo de facturación, pillines)

A resumidas cuentas, lo que hacen es:
Lo damos de alta solo para facturar
El pavo se ahorra una pasta
Y además tiene su seguridad social por estar unos diitas, que bien, no?

Sanscritouncrimen

Ultima hora, ampliamos la noticia: " ha recibido un acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la que le reclaman unos 3.000 euros y un monigote de inocente, inocente que deberá lucir en la espalda en público hasta que cumpla con sus obligaciones como contribuyente y tal y tal..."

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