Ser autónomo en España es caro. La mayoría de los autónomos paga como mínimo 256,72 euros al mes. La Ley obliga a pagar esta cuota, pero se puede evitar en algunos casos. Te puedes ahorrar este dinero si tu facturación está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Eso sí, no te libras de pagar el IVA y el IRPF. En este practicograma te explicamos los requisitos para facturar sin darte de alta como autónomo. Así es el proceso para hacerlo.

Comentarios

D

#3 Como todas las leyes.

ED209

#0 #1 #5 cuando se dice que "no se puede facturar más del SMI" alguien puede aclarar si esos ingresos por debajo del SMI son mensuales o anuales? Ejemplo:
"no se puede facturar más de 645,30 al mes o 9.034,20 anuales"

o bien

"no se puede facturar más de 645,30 anuales"

D

#40 El límite del SMI no es una norma ni está escrita en ninguna parte, es un factor que parecen usar los inspectores de Hacienda como baremo a la hora de juzgar la "habitualidad" del trabajo de un autónomo de cara a establecer o no su obligatoriedad de cotizar.

Así pues, siendo usado para determinar la "habitualidad" del trabajo del autónomo, la lógica apunta a que se debería evaluar el rendimiento anual y no el puntual. Pero ojo, porque a la hora de barrer para su casa Hacienda es cualquier cosa menos lógica. Esa pregunta difícilmente te la puede contestar nadie que no sea tu inspector de Hacienda, si te fías de lo que te diga un usuario cualquiera de Internet vas listo.

ElCuraMerino

#44 ¿"Tu" inspector de Hacienda???? Es terrorífico lo que se lee entre líneas de ese demostrativo.

D

#49 No sé qué habrás leído entre líneas, pero lo que he querido decir no tiene nada de terrorífico y no implica ningún tipo de relación entre el funcionario y el contribuyente como pareces interpretar. Me refería a que el criterio es subjetivo y depende enteramente del juicio del funcionario específico que le revise la declaración a un contribuyente concreto. Ni más ni menos.

berzasnon

#40 Cuando me di de alta investigué un poco, porque obviamente no quería meterme en problemas con la Seguridad Social o con Hacienda, y menos a cambio de hacer un par de trabajitos medio de compromiso. Al investigar encontré que había jurisprudencia al respecto. La sentencia en cuestión decía que una labor que reportaba sobre un 75% del SMI anual (debían ser los ingresos anuales del tío al que denunciaron) no podía ser considerada una ocupación habitual, y por lo tanto no obligaba al tío a pagar la cuota de autónomos.

Por mi parte puedo decir que durante estos años varios meses he facturado más del SMI mensual (hablo de bastante más, en el rango de los 3000 euros), y no he tenido ningún problema.

A

#41 Pues te dan la aclaración porque has demostrado que la necesitabas. Ni más ni menos. Y no te pongas a la defensiva, que te estan ayudando.
#51 Hasta que lo tengas ...

ElCuraMerino

#56 Por supuesto que la necesito. Si yo te contara...

Vauldon

#51 El SMI es anual, no mensual, para hacerlo mas claro lo suelen decir repartido en 14 pagas, 12 ordinarias y 2 extras.

takamura

#40 Esos "645,30 al mes o 9.034,20 anuales" son la definición de SMI.

ED209

#68 sí, precisamente por eso he puesto las cantidades. Mi pregunta es, si yo puedo facturar anualmente 645,30 o bien 9034,20 anuales. La cual ya han respondido más arriba que son 9000 anuales

takamura

#70 Hombre, si es el SMI no pueden ser 645 anuales.

D

#1 Lee el artículo completo. En él se hace alusión a otra ley, a la resolución del tribunal supremo y a que cada caso puede ser distinto.

takamura

#52 ¿Qué otra ley? La única que veo es la misma de donde he sacado mi cita. Por otra parte, en el artículo hacen su propia interpretación de las consecuencias de la sentencia, mientras que lo que yo he puesto es la interpretación que hace la seguridad social.

takamura

#5 A mí me ha pasado algo parecido con Openbank. Hasta me llegaron a bloquear la cuenta para ingresar (pero no para sacar). Insistían en que les justificara con papeles la procedencia de absolutamente todos los ingresos de mi cuenta. Después de cinco semanas intentando que me la desbloquearan, los mandé a la mierda y me cambié a un banco con sucursales (físicas). Ningún problema desde entonces.

berzasnon

#6 ¿Te ponían esos mismos problemas si hacías el ingreso en una oficina del Santander? Yo también tengo Openbank, a ver si van a empezar a tocarme los huevos lol

D

#6 Si te apellidaras Pujol, Fabra, Borbón o Cospedal no te hubiera pasado eso

berzasnon

#12 Pues ante la duda nada mejor que ver la carta en cuestión, y efectivamente, era del INE. No sé por qué tenía la idea de que no.

RaffMingui

#5 La verdad es que me tranquiliza tu historia.

Yo he estado haciendo lo mismo que tú durante un par de años, y no he tenido ningún problema (alta en AE pero no en SS). Pero ahora quiero darle duro y voy a hacerme autónomo de verdad, y he aquí el marrón, algunos "enteraos" me avisan de que puede que la SS me pida todas las cuotas atrasadas.

El gestor me ha dicho que "no pasa nada", y que me dará de baja en Actividades Económicas y luego de alta otra vez pasado un tiempo (un mes o así), para que al ir a la SS a darme de alta como autónomo el papel de la AET tenga una validez de menos de 30 días (es un requisito).

Todo facilidades y coherencias.

Lucer

#5 Me encanta este país, encima que te molestas en darte de alta para hacerlo legal se ponen a investigarte por cuatro duros. Desde luego que animan a mandarles a tomar por culo y cobrar en negro, que encima como actividad esporádica les facilitas tus datos para que te tengan vigilado.

Es ridículo pagar una cuota que es casi la mitad del SMI, ridículo con mayúsculas.

javiy

#20 Bueno, no eras autónomo, si no que lo que desempeñabas era un trabajo por cuenta ajena con las notas claras de ajenidad, dependencia, salario, etc. Eras lo que se conoce como "falso autónomo"

Pero tú ni buscaste asesoramiento profesional, (en muchas ocasiones gratuito)que hubiese derivado en una sentencia condenatoria, declarando la existencia de relación laboral y con una cotización por cuenta ajena que permitiese incrementar la exigua base de cotización que generará las prestaciones a las que eventualmente tengas derecho.

Pero la culpa es del PSOE y del PP

v

#75 Sabía yo que iba a salir algún listo a darme lecciones. Cuando eres fotógrafo freelance trabajas para varias revistas, las cuales ponen ellas las tarifas, que en su mayoría son de risa,y de ahí a descontar el IVA y demás. Falso autónomo se es cuando se trabaja única y exclusivamente para una sola empresa y por más de dos años, y lo sé porque tengo una sentencia a mi favor al respecto. Sin embargo, una vez ganado eso y vuelta al mundo freelance (que realmente nunca abandoné porque pese a haber ganado dicho juicio no se me han devuelto las cuotas de autónomo), de nuevo a cobrar esa miseria a la que hay que descontarle todo. Y sí, por supuesto que la culpa es del PP y del PSOE, los dos grupos políticos que con sus mandatos no han hecho más que empeorar la situación de los autónomos, dejándonos a la cabeza de los más explotados de Europa.

l

Ummmm... lo de las cooperativas son bastante interesantes... cooperativas de autónomos para no tener que pagar la clavada...

Para empezar es interesante

a

Lo que es una vergüenza es la indefinición y la estúpida complejidad del sistema fiscal. El TS tiene una sentencia que dice que A y la Seguridad Social a su bola dicen que no, que B. Pues cojonudo, ¿entonces el ciudadano honrado que quiere pagar sus impuestos pero no quiere que le estafen que se supone que debe hacer?. Si haces A te arriesgas a que luego te venga la SS a reclamarte su parte, si haces B estas pagando algo que el tribunal supremo dice que no deberías pagar.

Como poco es de risa, teniendo en cuenta la pasta de nuestros impuestos que va destinadas a estas instituciones, como ciudadanos, al menos, deberíamos exigir que se pusieran de acuerdo y tener claro cuales son nuestras obligaciones y derechos. Vivimos en un estado de burocratas con leyes y normativas complejas a más no poder que para la unico que sirven es para seguir dilapidando el poco dinero de sus ciudadanos y para perpetuar este sistema estupidamente complejo.

D

Más sencillo aún: no lo declaréis.

No tiene absolutamente ningún sentido pagar IVAs e impuestos si lo que ganas con tus trabajos extras o con tu actividad está por debajo del salario mínimo interprofesional. Es absurdo y contraproducente y además te puedes encontrar con sorpresitas cuando te llegue el resultado de la declaración y tener que pagarle a Hacienda por haber trabajado por encima de tus posibilidades.

Si te montas una empresa, paga impuestos; si te haces autónomo, paga impuestos; si estás en el umbral de la pobreza y haces ñapas para sobrevivir o por el contrario vives bien con tu nómina pero te quieres sacar unas perras extra, déjate de facturas, impuestos y mierdas.

delawen

#28 O mejor aún: hacerse autónomo en otro país vecino. Con Europa podemos viajar fácilmente y trabajar en un país mientras vivimos en otro. Añade algo de complejidad por lo de tener que facturar en países diferentes, pero seguro que compensa entre el dinero y la burocracia por otro sitio que te ahorras.

Lo primero es sobrevivir. Luego ya viene lo de aportar con impuestos a tu país.

RaffMingui

#28 Si el que te paga es otra empresa, o les convences de que te paguen en negro o no tienes otra que pagar el IVA que te han metido en la factura.

as25

#28 He oído diferentes opiniones sobre, como dices,el tema de las posibles "sorpresas de hacienda". En mi caso soy trabajador por cuenta ajena y pensaba en hacer algunos trabajos autónomos por cuenta ajena que ni de lejos llegarían al SMI. Había sopesado hacerlo a través de algunas de esas cooperativas (como freelance scm o tefacturamos). Como he escuchado opiniones tan contradictorias estoy paralizado de pánico. Si tienes algún dato más por favor, iluminame/nos.

noexisto

#71 sí, eres tu. Sólo@BMW-Phoenix puede habla así, hacer creer que sabe algo de derecho. Aún recuerdo la inmensa chorrada que soltases sobre derecho penal que mezclaba cosas de civil y que no decía nada, pero sobre todo demostraba un profundo desconocimiento de base. Grandísimo. Igual te sirve en el casino de tu pueblo o con nińos, pero el lenguaje decimonónico aderezado con palabras técnicas, vacías por inapropiadas al contexto, tus formas de respuesta duras o las fingidas como esta no sirven fuera de alli. No te pongas la máscara te lo ruego. No esa, no aquí. Hay más sitios, hay otras máscaras. Se te pilla. Te dejas pillar. Haces algunos buenos envíos, por cierto. No dejes eso

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Nota para@admin (al margen de esta conversación) De qué sirve banear a alguien si vuelve (es difícil de averiguar en ocasiones) Pero sobre todo, de qué sirve banear a alguien que se vanagloriaría de ser ese baneado y que, tras reconocerlo o saberlo todo el mundo, no pase nada? Buenos días por cierto

mnm-tedio

#80 Debería Vd. controlarse, user, este es un medio público y cuanto ocurre es que a mí no me interesa su criterio, en la forma ya manifestada. Mi decisión es una constante, aunque añada matices retóricos a sus comentarios. Ruego lo considere.

Efectivamente, tal y como se me ha indicado, se descalifica Vd. mismo de forma recurrente, lo que creo denota serias carencias por su parte. Nada mejor que un buen profesional... en fin, es cosa suya.

noexisto

#82 :palmdecimonónico:

D

#80 Hay algunos que ya tienen mas versiones que el chrome

La idea es que se banee si incumple las normas (y en ocasiones ni así), pero todo el mundo merece una n elevado a n oportunidad lol

D

#17 Si no te digo que pueda haber base para lo que dices, pero Hacienda es como Chuck Norris, primero te da una patada giratoria y luego pregunta, y luego deniega, y sí igual te dan la razón despues de un par de años en una vista judicial.

Si tienes ánimos, tiempo y dinero, adelante.

xiobit

En el articulo pone claramente, si te pillan te multan.
Así que el siguiente articulo que hagan sera: "Como sacar 1 millón de euros del banco, sin tener ni cuenta bancaria"

s

Que haya que pagar 300 euros al mes independientemente de que no los ganes es ridículo.

Impuestos confiscatorios 100% en contra fe la constitución y aquí no pasa nada. Que los denuncie manos limpias.

mnm-tedio

#0 El artículo describe un auténtico FRAUDE DE LEY, figura jurídica en la que existe una Norma de Ley y una Norma de Cobertura.

Cuanto se propone es cualquier cosa menos recomendable, ni más ni menos que un delito, tipificado como tal, al que se añadiría, en el marco del Derecho Fiscal, la infracción tributaria, multa de hasta el 300%, recargos e intereses de demora correspondientes.

D

#10 ¿Que dices? leete la jurisprudencia Perry Mason

D

#11 Léete el artículo: "No es legal, pero sí posible."

D

#15 "aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica sin sujeción a contrato de trabajo" En el momento que no cumples con ninguno de esos requisitos no tienes obligación de darte de alta como autónomo, ya sea que el trabajo no lo realizas de forma habitual, personal o directa. Y así es como se aplica la ley si ves juicios en los que gana el interesado al demostrar que el trabajo que realizaba no cumplía con ese requisito. Eso si, es problema tuyo demostrarlo y ahí esta el vacío legal donde la "jurisprudencia" dice que se toma el SMI para saber si debes darte de alta o no pero ya eso depende del juez y si te quiere empapelar por 3 trabajos al año, lo hará.

mnm-tedio

#11 jajja ¿jurisprudencia dices? Existe regulación específica, y disculpa, de ciertos temas, y a partir de un nivel no hablo con el "maestro quiñones".

Citar CC, y LOPJ, para quienes saben de lo que hablo.

Quienes "hacen la renta", no son "gente de Hacienda", sino personal contratado por el Departamento para una función muy concreta que es hacer declaración del I. Renta del contribuyente, sujeto pasivo del impuesto.

No das una chico, pero si al menos hablaras con propiedad no te descalificarías tanto...

#15

D

#18 Lo que tu quieras, pero las sentencias están ahí y dan la razón en la mayoría de los casos a los que sin estar dados de alta facturaban solo en el IAE, pero oye no quiero bajarte de tu pedestal de sabiduría al nivel del común de los mortales lol

amstrad

#24 #21 Si que es fraude de ley.

En España la Jurisprudencia no es fuente de derecho.

Lo que se considera "habitualidad" no está recogido en ninguna norma. Tu puedes no darte de alta y tener una actividad esporádica, pero si te quieren denunciar lo van a hacer de igual forma. Al final quien tendrá que evaluar tu situación es un juez.

Evidentemente no creo que resultes condenado por facturar cosas esporádicas por debajo del SMI (aunque no haya jurisprudencia, ningún juez va a "mear fuera de tiesto" frente a una STS), pero la denuncia te la comes igual.

ElCuraMerino

#25 No entiendo tu empeño absurdo en jugar con expresiones jurídicas, cuando no las dominas y en tu propia intervención es muy fácil encontrar la contradicción. Si por un lado dices que "sí que es un fraude de ley", y por otro que "Evidentemente no creo que resultes condenado por facturar cosas esporádicas por debajo del SMI", ya me contarás qué es lo que estás haciendo. ¿Perder el tiempo y hacérselo perder a los demás?

amstrad

#27 Lo que no tiene sentido es tu falta de comprensión lectora.

ElCuraMerino

#30 Por supuesto. Para tí la perra gorda.

D

#27 #25 Exacto, un fraude de ley que resulta que no lo es luego en todos los juicios.... en fin. Aquí el que no tiene comprensión lectora es #30 que no ve como el no cumplir con el requisito hace que no sea obligatorio darse de alta pero nada, que es fraude de ley.

amstrad

#38 Exacto

ElCuraMerino

#38 ¿Y me lo cuentas a mí? ¿Qué te hace pensar que necesito esa aclaración que al final dice lo que decimos nosotros, y en la que el "probablemente" te sobra?

Por cierto, el "sin imposición de costas" también te sobra. En la jurisdicción contencioso-administrativa ahora ya sí se pueden imponer costas a la Administración.

Para que quede más claro.

D

#38, la conducta descrita en el artículo no es sancionable por la Agencia Tributaria, ya que dice bien claro que aunque no se produzca alta en el RETA, hay que pagar el IVA (si la actividad no está exenta) y el IRPF. No darse de alta en el RETA es sancionable por la Tesorería General de la Seguridad Social, no por la AEAT.

Y segundo, si fuese sancionable por la AEAT, no se podría recurrir en tribunales hasta que no se finalice la vía económico administrativa.

D

#25, por favor... Hacer una interpretación razonable de una norma basándose en una sentencia del TS NO es ningún fraude de ley.

ED209

#25 erras: en España los tribunales ordinarios no sientan jurisprudencia como lo harían en el sistema anglosajón. Sin embargo lo que diga el Tribunal Supremo, sí.

llorencs

#25 Si hay dos sentencias de tribunales superiores en el mismo sentido sí que crea jurisprudencia.

mnm-tedio

#21 La que en ningún caso va a sacarte de tu ignorancia soy yo, el que quiera saber que vaya a la escuela.

Si hubiera pedestales,tú ocuparías el de los "cortitos".

D

#63 Si si, pero sigue en tu pedestal de sabiduría insultando a los demás sin explicar nada porque tu tiempo es muy valioso lol

k

#10 #18 Hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice que no hace darse de alta en el régimen de autónomos, esta noticia habla de ello:
Es obligatorio darse de alta como autónomo

Hace 11 años | Por xcabot a gestoriabarcelona.com

Peka

#10 Los primeros que facturan así son la gente de hacienda que dan cursos todos los años a los que nos ayudan a rellenar la declaración.

ElCuraMerino

#10 No hay ningún fraude de ley, o de lo contrario lo que dices es que es el Tribunal Supremo el inductor del fraude.

noexisto

#10 creo que no soy el único interesado en saber el artículo del código penal (o leyes especiales) donde se tipifique que eso sea delito. Gracias por tu tiempo

mnm-tedio

#47 Cara a los posibles interesados, sugiero sea realizada una consulta a la Dirección General de Tributos, tiene carácter vinculante.

Para ti, como bien sabes, no tengo tiempo.

Un placer.

noexisto

#66 Hola@BMW, qué tal?

Ojo, que las Consultas Vinculantes de la AEAT (art 89, de la lGT http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t3.html#a89) sólo tienen efecto vinculante para la administración y más concretamente para "1. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes, en los términos previstos en este artículo, para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante."
Es muy importante diferenciar la Gestión Tributaria de la Inspección tributaria: http://books.google.es/books?id=nRVSAQAAQBAJ&pg=PA222&lpg=PA222&dq=separacion+gestion+tributaria+inspeccion+tributaria&source=bl&ots=s0cYAO-5TI&sig=QcWhnobJ9e2vJ-_aYA9VYMdJOGM&hl=es-419&sa=X&ei=pWTVUuaLBumn0QXd54F4&ved=0CD0Q6AEwAQ#v=onepage&q=separacion%20gestion%20tributaria%20inspeccion%20tributaria&f=false

Además si lees la paǵina 367 de aquí (http://books.google.es/books?id=JYpnVlzhzdMC&pg=PA365&lpg=PA365&dq=caracter+vinculante+consulta+tributaria+lgt+89&source=bl&ots=Ua16UwbqDr&sig=dysDyE-FZgWm2Hg6tvXxYHt7910&hl=es-419&sa=X&ei=DmPVUqjXKcPQ0QXZi4C4Ag&ved=0CHkQ6AEwBw#v=onepage&q=caracter%20vinculante%20consulta%20tributaria%20lgt%2089&f=false) el matiz, tonto, pero básico de "identidad" es "igualdad sustancial".

Oye, que saludos y tal!!!

mnm-tedio

#67 Creo parece evidenciarse que yo me despedí de Vd., razón por la que no voy a explicarle qué tipo de entidad jurídica es la AEAT, a quien en ningún momento mencioné, ni tampoco voy a facilitarle información complementaria de una Dirección General,absolutamente ajena a dicha entidad, a quien sí me referí, y a su dependencia orgánica y funcional.

Creo que procede el ignore por mi parte y mera ubicación por la suya respecto a mí, titular de un nick y avatar que me identifican a todos los efectos,bueno respecto a Vd. no porque cuando a uno se le rechaza solo cabe actuar en consecuencia.

En esta ocasión el placer es decirle que se quede con esa "amalgama" de naturaleza tributaria que se gasta, es toda suya jajja

swapdisk

#10 Pues no estoy de acuerdo totalmente. Es legal si tu trabajo es esporádico o no habitual que no te des de alta en RETA pero si, evidentemente en IAE para entregar el IVA y los IRPF que son para hacienda. Si tu estas trabajando por cuenta ajena y haces trabajos como reparar unos PC o coser alguna prenda o cosas así, es perfectamente legal y correcto no darte de alta en RETA (que además sería un robo a mano armada que se llevaría todos tus ingresos por esos conceptos). La opción es hacerlo todo en negro y así no te pillan cruzando datos ni tampoco hay Fraude de Ley, Hacienda se queda sin su 21% etc. ¿Te parece eso más razonable? No lo es, por eso la ley dice lo que dice.

El problema viene intentando determinar qué es habitual y ahí personalmente no estoy de acuerdo con lo del SMI totalmente porque habrá quien facture exactamente eso todos los meses diciendo que así no se da de alta cuando realmente si que se dedica a trabajar por cuenta propia como fuente habitual de ingresos.

De todas formas, desde mi punto de vista, cuando están casi en el límite aceptable, es casi un "mal menor". He vivido por desgracia la situación de tener que darme de baja porque la cuota se comía lo poco que ingresaba. Ahora estoy por cuenta ajena. En esos casos, presionar un alta en RETA acaba forzando la baja en IAE y todo en negro con lo que es peor el remedio que la enfermedad.

D

Si es que al final estas cosas son todo un lío, si lo hicieran más sencillo seguro que recaudarían más.

Por ejemplo la de webmasters que no han declarado nunca sus ingresos con adsense porque no han tenido claro cómo hacerlo (su usas google en cada sitio te dicen una cosa distinta). En cualquier caso con la nueva política de cookies, también está desapareciendo adsense.

Arganor

¿Sabéis por qué en España se siguen subiendo los impuestos y aumentando la presión fiscal?

Porque hay un 28% de economía sumergida, la 4º a nivel de Europa.
http://www.publico.es/477048/la-economia-sumergida-en-espana-ronda-el-28-del-pib

Está bien visto socialmente. Es de tontos pagar el IVA, pagar impuestos, hacer las cosas legalmente...

Luego no pidamos después a los políticos que no hagan lo mismo que la gente. Y los que estafan hacen un flaco favor al resto.

Aún así, el Gobierno sigue presionando al 55% del entramado empresarial español, que corresponde a los autónomos, porque somos los únicos que no nos coordinamos para salir a la calle a manifestarse. Y hasta el 96 % corresponden a empresas de 0-9 empleados, así que imaginad en esas empresas, quién las lleva, otros autónomos asociados normalmente, o bajo una SLU, etc.

#46 Como esas hay miles de disculpas, es tan fácil como utilizar la casilla de tu declaración del IRPF y/o declararlo realizando la factura a Adsense, aunque necesitas el VAT, o trabajar con módulos, etc.

Si disculpas para no declarar me las sé todas. Se llama justificarse.

Pero ojo, que no va contra ti en nada, ¿ok? es una reflexión en alto.

demostenes

O sea, que facturas menos de 600, no estás como autónomo, te ponen una multa y entonces la recurres... ¿con qué dinero?

Konata_Izumi_II

En resumen: cobrando en negro

D

la gente lo esta pasando mal pero hay unos cuantos que debe ser aberrante lo que se estan llevando

joffer

He leido todo cuanto pone y cada frase hacía que me riese más.

Es obvio que la gente no va a liar todo eso para una actividad que realiza muy de vez en cuando, por un pequeño dinero, donde puede ser denunciado y tienes que defenderte...

Estas leyes hacen muy sencillo trabajar en negro. Y así nos va.

r

#33 no te creas, yo he estado en esa situación durante un año aproximadamente y conozco a bastante gente que ha estado facturando solo con el alta en el IAE. Si tienes/quieres hacer una "ñapa" y te piden factura no te queda otra.

navi2000

Da igual lo que diga este artículo. La administración de Rajoy es un panzer. Es lenta sí, pero aplasta todo lo que se interpone en su camino. Si su objetivo es recaudar y este vacío legal se interpone, no dudéis que antes o después lo tapará con algún decreto metido de tapadillo en otra ley poco discutible un día antes de las vacaciones o cuando juegue la selección española.

RaffMingui

Un dato: El SMI en España es de 752,85€ en 12 pagas. Normalmente se dice en 14 pero luego nadie cobra las 14, y menos un autónomo.

D

¿Y alguien sabe sobre la legalidad del tema de las cooperativas de facturación?

t

ahora en serio, cuantos habéis clicado en la noticia para ver la foto de la chica en grande.....?

W

Luego nos quejamos del Mangaurdanga y la imputada, pero todos queremos emularlos

I

#26 Si te refieres a vivir como reyes, con millones de euros y lujos de todo tipo y encima no te va a pasar nada... SI, yo también quiero emularlo.