#34 Rezar puede ser violencia psicológica. De hecho lo es, porque los hijos de la gran puta a los que defiendes con tanta vehemencia rezan para coaccionar. Porque seguro que se te llena la boca con la palabra Libertaz, pero es libertad para unos, no para todos.
Meter palizas a periodistas nunca. Pero un acosador si se lleva una hostieja tampoco pasa nada.
#34 Lo que dices es absurdo. El primer punto no tiene ni pies ni cabeza. Serán los propietarios de la mina quienes decidan si quieren extraer ahora o en el futuro. Principio básico de economía: preferir 1000 euros hoy a 1000 euros en 1 año. Por eso existe la tasa de interés, de hecho.
El segundo punto es también absurdo. Extraer de una mina se mira como negocio en si, no comparando con otras minas. De la misma forma diferentes pozos de petróleo tienen diferentes rentabilidades/costes de extracción y sin embargo se extrae. Por ejemplo el petróleo de Arabia Saudita es muy barato de extraer y refinar y el de Venezuela es muy caro (porque es arenoso) pero igualmente se extrae porque aun así se saca un margen beneficio (aunque menor).
Y sobre las burocracias, me remito a la mina de Salamanca en España. Que está parada por la burocracia, no porque no sea rentable. No es un caso concreto, es lo que pasa en todo el mundo, incluyendo Argentina... hasta ahora.
#34 Ni los fiscales que tenian que publicar la nota no sabían que lo tenían que hacer porque el FGE aun no se lo había dicho, pero 'todos los juristas lo sabían'.
mira chico, no dices nada con sentido, es perder el tiempo.
El 112 activó a la Guardia Civil de Tráfico y efectivos sanitarios, que se desplazaron rápidamente hasta la zona. El conductor del vehículo, según testigos presenciales, fue finalmente interceptado por las fuerzas del orden antes de que pudiese abandonar el término municipal de Algeciras.
#34 No me consta ningún caso la verdad, los casos que conozco generalmente incorporan pruebas o indicios como partes médicos, o las grabaciones apoyan realmente el relato policial y desmienten el de otros testigos de la defensa, quebrando su testimonio y fortaleciendo el otro, además de probar la presencia de los acusados en el lugar incluso cuando manifestaban no haber estado.
Además de que si existe más de un testimonio acusador, ya es un caso distinto al de un solo testimonio de denunciante.
Que a lo mejor algún caso hay, si conoces alguno que realmente sólo condene con el testimonio de la persona denunciante, posiblemente no me veas a favor. Curiosamente puede que Bosch en ese caso no lo esté, ahí no sé, sería curioso.
#34 Que va, que va. Es otro caso aislado de voxero con matrimonio tortuoso.
Tuvo a su hijo cerca de dos meses (no se si más)"secuestrado" en casa, porque la ex se lo quería llevar a Jaén (el es canario y ella andaluza. Vivían en Canarias). Avisó a la GC y todo de lo que estaba haciendo, que lo tendría ahí hasta que se aclarara la custodia del menor.
Al final consiguió que el menor se quedara en Canarias con custodia compartida.
«¿Es interesante estudiar la propaganda ideológica que justificaba el colonialismo? Bueno, tanto como cualquier otra propaganda de cualquier periodo histórico.
¿Es algo de lo que tenemos que aprender aún hoy en día? Por desgracia sí, porque el racismo sigue estando entre nosotros.»
#34#45 está presente en varios autos del Supremo incluso respondiendo sobre esto a la defensa:
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-
"Delito de revelación de secretos, aunque la información hubiera sido difundida con anterioridad "
"la filtración del contenido de los datos personales de un ciudadano, que no lo autoriza, y su posterior continuación en la nota del día 14, que podría ser subsumible en el referido art. 417 CP."
Mi opinión es que lo de la nota era algo insalvable y medios han estado machaconamente con que los periodistas lo tenían antes,etc... y luego cambio de objeto... por lo del relato y tal.
#34 Creo que cuando se hablaba de esto se comentaba si era por .1 o el .2 del 417 CP.
Las acusaciones en el texto se ve que pidieron tanto el 417.1 como el 417.2 peeero, del texto de la condena:
"En distinto fundamento analizaremos la calificación jurídica de los hechos, tipificaciones en el art. 417.1 CP, como delito objeto de la condena, rechazando la calificación en el párrafo segundo del art. 417 CP, al igual que las calificaciones propuestas por las acusaciones de prevaricación (art. 404 CP) y del art. 535 CP."
#34 Efectivamente. El problema no era realmente ese, sino que en la fase de instrucción el supremo le dijo al juez instructor que no fuese por ahí en la investigación, que ahí no había delito. Y, sin embargo, el instructor sigue diciendo que ahí sí que lo hay y el supremo luego lo utiliza para condenarle. Carambola.
#34 Lema de Forocoches, a su vez copiado de un coacher que se volvió magufo, o igual ya lo era desde el principio.
#25 En realidad es una técnica muy vieja aplicada a tiempos modernos. Salvando las distancias es lo que te hacen en el ejército al ingresar, los más radicales en esto son los Marines de EEUU. La idea es hacerte una reprogramación mental en la que te hacen olvidar los hábitos de civil, que son un obstáculo para la vida militar. En combate necesitas estar sereno, no dejar que el estrés te afecte, y cumplir con las órdenes sin dudar. Porque el sargento lo último que quiere es que mueras en vano. Te enseñan a centrarte en el aquí y el ahora, y que lo que había antes en tu vida, fuese lo que fuese, ya no existe.
Aplicándolo al asunto de las ex-parejas. Si puedes desengancharte de una sin dramas y sin darle vueltas todo el día, perfecto. No hace falta una solución radical. Pero si estás todo el día dándole vueltas es mejor cortar. Lo del contacto 0 se inventó porque desde que existen las redes sociales hay un bombardeo que antes no había. Antes de internet era mucho más fácil mantener las distancias.
#34 Pues tras leer la sentencia [1], básicamente marean mucho la perdiz (odio el legalese en cualquier idioma) pero parten de que no hay pruebas de que el fiscal no filtrara el mensaje, y dado que no hay pruebas de que no lo filtrase, debe pues haberlo filtrado. El párrafo de "con su conocimiento" es la conclusión después de descartar en el título segundo con todas las maneras en que podrían haber descartado que lo filtrase. Es decir, parten de la suposición de que lo filtró y prueban que no hay manera de probar que no lo hiciera, completando un argumento circular.
#34 Mi jefe asumió una multa de 15 mil euros por la mala gestión de una empleada con una administración pública, de la cual se enteró cuando la empleada se había marchado de la empresa ya que ésta escondía las notificaciones que llegaban desde la administración.
¿Es culpable mi jefe? Lo dudo.
¿Qué Pedro Sanchez sabe absolutamente todo lo que pasa en Ferraz? También lo dudo, pero oye, si lo dice tu fuente de los deseos, debe ser cierto.