#23: Podrías haber puesto esto: www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13408
No aparece la palabra "camiseta", pero detallaré porqué el equipo RCD Espanyol podría haber incurrido en una conducta contraria al derecho a la propiedad privada (o sea, el RCD Espanyol podría haber robado a estas personas):
Veamos más: a) Introducir, portar o utilizar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, así como bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos.
¿Por qué no hacen tirar a la gente los puros y el tabaco en general a la basura? Junto con los mecheros.
Lo demás no aplica.
b) Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, su religión o convicciones, su discapacidad, edad, sexo o la orientación sexual.
Esto no aplica.
c) Incurrir en las conductas descritas como violentas, racistas, xenófobas o intolerantes en los apartados primero y segundo del artículo 2.
d) Acceder al recinto deportivo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
e) Acceder al recinto sin título válido de ingreso en el mismo.
Tampoco aplica.
f) Cualquier otra conducta que, reglamentariamente, se determine, siempre que pueda contribuir a fomentar conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.
Si una camiseta incurre en esto, que lo avisen con antelación.
Artículo 7. Condiciones de permanencia en el recinto.
(...)
Básicamente, lo mismo, no aplica.
Del artículo 11: 2. Los billetes de entrada, cuyas características materiales y condiciones de expedición se establecerán reglamentariamente, oída la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, deberán informar de las causas por las que se pueda impedir la entrada al recinto deportivo a las personas espectadoras, y contemplarán como tales, al menos, la introducción de bebidas alcohólicas, armas, objetos susceptibles de ser utilizados como tales, bengalas o similares, y que las personas que pretendan entrar se encuentren bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
Si no quieren que metan camisetas, lo tenían que haber indicado en las entradas. ¿Lo indicaron?
#19: ¿Hay algún sitio donde se pueda determinar con exactitud lo que está permitido y lo que no? No me valen términos genéricos en plan "objetos peligrosos", porque peligroso puede ser incluso un bolígrafo o las llaves de casa. Digo un listado que entre en detalles que puedan determinar de forma rigurosa si algo se puede pasar o no.
Si eso no lo hay, se puede afirmar que el RCD Espanyol es un equipo que no respeta el derecho a la propiedad privada, especialmente si luego no dejan los contenedores a disposición del público.
#17: Si no listan de forma clara qué cosas no se pueden meter antes de comprar la entrada, te las tienen que devolver, si no es un abuso, como organizo un concierto y justo en el último minuto digo que nada de pelucos, que me los den todos a mi, bueno, los echan a un contenedor y un amigo que lo gestiona me da la mitad de las ganancias.
#242: Lógica tal vez tenga, porque puede que sea por las horas de luz, tiempo que se pasa en la calle, tiempo que los padres pasan con los hijos si tienen vacaciones... yo pasaba del tema, hasta que descubrí que me era lo que mejor describía mi forma de ser.
#165: Es una creencia personal, creo que sí podría haber influencia por la fecha de nacimiento (independientemente de la posición de las estrellas y planetas), mi hipótesis es la forma en la que reacciona el cerebro en esos primeros días de vida, según las horas de luz, interacciones sociales y todo eso.
#152: Si subes todos los sueldos, la gente tiene más dinero para pagar el alquiler, así que los alquileres subirían.
El problema es el rentismo, gente que vive del trabajo ajeno, y viven muy bien, no es que sea un pequeño complemento a la pensión de jubilación, hay gente que se está forrando.
#2: A mí sí, tal vez en torno a 2018, no recuerdo bien, pero me cansé pronto de él, y luego cuando empezó a orbitar a Vox pasé de largo. Es que además siempre le pasa todo lo malo a él, resulta incluso sospechoso.
#136: Si son más pequeños tienes que gastar menos dinero.
De todas formas tampoco necesitas un teléfono: con que controles alguna compañía de teléfonos es suficiente, programas alguna de las centralitas para lanzar llamadas y listo, no necesitas a alguien marcando el teléfono.
#134: No es tan caro, no hay que promover 12 artistas en todos los países, solo el número de artistas suficientes como para que la votación se reduzca significativamente en aquellos países donde más votos se puedan otorgar. Es decir, si a España la iban a dar en algún país 8 puntos, puedes promover 5 artistas y dejarlo en 3 puntos, y no tiene por qué ser exagerado, si el margen es pequeño con un poco de influencia lo consigues.
Y si no, pues amaño puro y duro. ¿Hay un registro público de llamadas que se puedan ver, hay algún centro de llamadas que se pueda ver cómo funciona, algún ordenador que podamos auditar...? El amaño está más que claro. Fíjate lo de Chanel, la promovieron las discográficas por encima del deseo del público y... ¡Milagro, queda la tercera! ¿No sería para promover un determinado género musical a nivel europeo?
Deberían hacer lo mismo en España, al fin al cabo nos lo mismo porque no nos iban a votar.
#8: ¿Como cuál, no participar? ¡Vaya, si es justo lo que les ha pasado este año!
Es igual que España. ¿Qué van a hacer, ponernos puntos negativos? En vez de terceros por la cola, quedar los últimos. Si sistemáticamente nos votan negativo, a lo mejor lo que se puede hacer es dejar de tomarse tan en serio el festival y enviar a Chiquilicuatre otra vez, o enviar grupos que denuncien injusticias del mundo.
Pensadlo: ¿Hay algo que perder? Tan mala no fue Melody como para dejarla en esa posición, así que quizás lo mejor sea usar nuestro privilegio de ir directamente a la final y tocarles las narices.
#17: Esos anuncios no te los ponen a ti, tampoco me los ponen a mí, se los ponen a las personas que son susceptibles de hacer caso. Y eso es Google, hay otras empresas como Tik Tok que no tienen un centro de transparencia publicitaria.
Esto es como lo de Cambridge Analytica, solo ponían anuncios a los que de verdad iban a reaccionar ante dichos anuncios y pasar de votar a abstenerse, además, no lo hacían en todo el país, solo en aquellos sitios donde unos pocos votos podían decidir el resultado final. es.wikipedia.org/wiki/Cambridge_Analytica
Y sí, hay gente muy susceptible a según qué estímulos, ya nos tienen a muchos bien medidos y analizados, empezando porque por la fecha de nacimiento puedes saber el signo y eso te puede dar algunas pistas sobre el posible carácter de la persona, porque aunque no es algo 100% absoluto, sí podría modificar las probabilidades de tener un tipo de personalidad o otra.
#48: Y la posibilidad de llamar tantas veces como haga falta, si los que se forran con el genocidio tienen más dinero, pueden dar más votos que yo, que tengo que guardar casi cada euro que gano.
Alguno quiere colar esto como si fuera un referéndum donde cada persona tiene un voto.
www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13408
No aparece la palabra "camiseta", pero detallaré porqué el equipo RCD Espanyol podría haber incurrido en una conducta contraria al derecho a la propiedad privada (o sea, el RCD Espanyol podría haber robado a estas personas):
Veamos más:
a) Introducir, portar o utilizar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, así como bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos.
¿Por qué no hacen tirar a la gente los puros y el tabaco en general a la basura? Junto con los mecheros.
Lo demás no aplica.
b) Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, su religión o convicciones, su discapacidad, edad, sexo o la orientación sexual.
Esto no aplica.
c) Incurrir en las conductas descritas como violentas, racistas, xenófobas o intolerantes en los apartados primero y segundo del artículo 2.
d) Acceder al recinto deportivo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
e) Acceder al recinto sin título válido de ingreso en el mismo.
Tampoco aplica.
f) Cualquier otra conducta que, reglamentariamente, se determine, siempre que pueda contribuir a fomentar conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.
Si una camiseta incurre en esto, que lo avisen con antelación.
Artículo 7. Condiciones de permanencia en el recinto.
(...)
Básicamente, lo mismo, no aplica.
Del artículo 11:
2. Los billetes de entrada, cuyas características materiales y condiciones de expedición se establecerán reglamentariamente, oída la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, deberán informar de las causas por las que se pueda impedir la entrada al recinto deportivo a las personas espectadoras, y contemplarán como tales, al menos, la introducción de bebidas alcohólicas, armas, objetos susceptibles de ser utilizados como tales, bengalas o similares, y que las personas que pretendan entrar se encuentren bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
Si no quieren que metan camisetas, lo tenían que haber indicado en las entradas. ¿Lo indicaron?