Un nuevo vídeo de la noche de el atropello junto al RCDE Stadium de Cornellà, minutos antes del derbi entre el Barça y el Espanyol, muestra que la conductora ya había embestido a una persona antes del acelerón que hirió a 17 aficionados pericos. Fuentes con acceso a la investigación consultadas por este diario confirman que se produjo un primer atropello, que derribó a una mujer, y que la conductora –que está en libertad con cargos– ha declarado que aceleró por confusión.
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etiquetas: atropello , espanyol , coche , partido , fútbol
Si el primero fue deliberado, es una transtornada que hay que encerrar ya.
Habrá que esperar para esclarecer todo.
Que oye, eso merece un castigo por supuesto, pero no es lo mismo que ser una loca asesina (si fue así).
"Para que se considere una eximente (causa que excluye la responsabilidad penal) el miedo insuperable, se requiere que el miedo sea real, intenso y que impida a la persona actuar de forma diferente, anulando su voluntad. Este miedo debe estar causado por una amenaza real, significativa y concreta, no por una simple preocupación o ansiedad"
Esto es lo que sufrio esa mujer.
Si a ti te han zarandeado el coche, te han insultado, te han roto la lunas y aun y todo te has quedado quieto sin hacer nada, te felicito, tienes las pelotas del acero mas duro que conozco.
Lo segundo: luna rota no, pero abrirme la puerta del copiloto para entrar sí.
Finalmente: si lees bien el comentario, verás por qué el miedo insuperable no aplica.
En cualquier caso te invito a esperar a la sentencia y veremos quién tiene razón.
He leido el comentario pero debe ser un juez quien decida si existe un miedo insuperable, y viendo las circunstancias de la situacion yo creo que es facilmente aplicable, de hecho, con un buen abogado podra demostrar que el miedo era insuperable porque habia policias alli y podran demostrar que la mujer estaba en shock, no creo que sea tampoco llevar a un experto que declare que en esa situacion es posible pisar el acelerador por error.
Asi que si, habra que ver que decide la justicia.
Y en civil se permite la interpretación extensiva, en penal no.
En mi experiencia... Esto no da para esa aplicación.
Nos enteraremos no tardando mucho.
dspace.uib.es/xmlui/bitstream/handle/11201/977/ALAMO PORTILLO MIGUEL.p
"el miedo ha de ser de una intensidad suficiente para anular la voluntad del sujeto"--> esto limita y mucho los casos a los que se aplica.
Para mí es culpa o negligencia, que ya tiene una pena bastante reducida.
A mí también me ha pasado algo parecido y tampoco he atropellado a nadie.
Y esto es clave: . En lo
referente a la insuperabilidad, el mal conminado ha de ser grave, debiendo apreciarse también el
requisito de la exigibilidad, o sea, la conducta exigible por ser la presumible en el hombre medio,
debiendo tratarse de un posible mal igual o mayor, real y cierto, no pudiendo tener la eximente
contemplada una naturaleza plenamente subjetiva, so pena de dar… » ver todo el comentario
La policía aún tiene los santos huevos de acusarla de desobediencia? Y todos los energúmenos que había ahí? O es que la policía le decía a los energúmenos que golpearan el coche en vez de dejar paso?
Es tremenda la permisividad que hay con los salvajes del fútbol.
No hay justificación alguna para apedrear y destrozar un coche. Y si hay justificación para, después de aguantar mucho rato y ver que se corre un grave peligro, salir como fuera de allí. No lo hizo al poco, si no tras un buen… » ver todo el comentario