Publicado hace 2 años por Chabelitaenanita a elsaltodiario.com

Desamparados por las instituciones, utilizados como chivo expiatorio por las derechas, abandonados a su suerte cuando alcanzan a la mayoría de edad, la problemática de los niños que viajan solos va más allá de las embestidas fascistas y entra en el ámbito de los derechos de la infancia.

Comentarios

J

No son huérfanos ni refugiados. Deben estar con sus padres.

D

#1 Es decir, que si tu padre te abandona y pasa de darte comida o se desentiende y tú te escapas a buscarte la vida a España, deben devolverte con él. La xenofobia es tan asquerosa como tus comentarios.

J

#6 En España si unos padres abandonan a su hijo hay mecanismos de protección al menor y también punitivos contra los padres. ¿En Marruecos no hay? ¿Se hacen las pruebas a todos los menas para verificar su edad?

D

#8 pues claro! Marruecos, Mali, Argelia, etc son países conocidos por sus mecanismos de protección al menor. ¿Para qué se les han de hacer pruebas de verificación si sus países seguro que tienen dni y padrones de sus habitantes? Estarán reclamándolos para ayudarles seguro!

uyquefrio

#5 Como periodo biológico no, pero a efectos legales y administrativos lo que diga la wikipedia tiene mucha menos relevancia que los artículos que puse antes. Te puede parecer mejor o peor, eso ya es algo personal, pero la realidad es que todos los menores ya tengan 1 o 17 años tienen esos derechos.

Lamantua

Si la ultraderecha contara esto no sería ultraderecha. Serían demócratas.

M

¿derechos de la infancia?, la infancia hace años quela dejaron atrás.

uyquefrio

#2 Artículo 1
Para los efectos de la presente Convención, se entiende
por niño todo ser humano menor de dieciocho años de
edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable,
haya alcanzado antes la mayoría de edad.

(https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf)

Artículo 39
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

(https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=39&tipo=2#:~:text=Los%20poderes%20p%C3%BAblicos%20aseguran%20la,que%20sea%20su%20estado%20civil.)

Y aquí el BOE que ratifica lo dicho en el último punto del articulo anterior: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-31312

M

#4 La infancia empieza a los 0 años y termina a los 6-7 años aproximadamente (discutible pero uno de 16 años ya no es infancia)
https://es.wikipedia.org/wiki/Infancia