El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado este 24 de marzo una “importante” sentencia sobre la figura jurídica del rechazo en frontera -comúnmente conocida como devolución en caliente- confirmando que la misma no aplicaría para las personas que entran a nado o a bordo de una embarcación en las playas de Ceuta y de Melilla al desestimar el recurso de la Administración del Estado contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº2 de Ceuta...
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