Por un lado, añade las competencias en protección de datos al organismo que debería salvaguardar este derecho fundamental; por otro, su dominio pasa directamente a depender del Gobierno y no de la Asamblea y, en última instancia, elimina la sanciones por incumplimiento. Además, ya no es obligatoria la publicación de las agendas de los altos cargos.
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