El Ejecutivo central pidió la suspensión de dos artículos de una norma autonómica por entender que invadían competencias. El TC considera por unanimidad que los supuestos perjuicios no son "ciertos, ni actuales ni efectivos". “El levantamiento de la suspensión resultaría más tuitivo (beneficioso) para el medioambiente que la suspensión de la norma, especialmente cuando existen hitos con fecha de caducidad para los objetivos de la Agenda 2030 como en la ejecución de los Fondos NextGeneration”, razona el auto del TC.
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La otra explica que es la repotenciación y esta las diversas reclamaciones que ha tumbado el Constitución y los motivos