Hace 10 años | Por Keep a 20minutos.es
Publicado hace 10 años por Keep a 20minutos.es

Un juzgado de Barcelona ha condenado a un año de inhabilitación al controlador de accesos de una discoteca que impidió la entrada a dos transexuales, en la primera sentencia dictada en España que castiga la denegación de un servicio empresarial por discriminación a personas de este colectivo. Los propietarios del local son responsables civiles subsidiarios porque el portero seguía sus órdenes de no permitir la entrada a transexuales.

Comentarios

Amalfi

Ya era hora, tanto que nos damos de liberales en pensamiento, y luego retrocedemos 40 años.

D

Eso de "dos transexuales" chirría mucho. Imaginad que el mismo titular pero con "dos negros" o algo así. Dos mujeres transexuales o personas transexuales sería mucho más respetuoso. Y luego en la noticia, "lOs transexuales" no es correcto ya que eran mujeres, deberían poner "lAs (mujeres) transexuales)".

oso_69

"A consecuencia de esos hechos, añade el magistrado, los transexuales sufrieron "crisis de ansiedad, angustia e impotencia", por lo que obliga al controlador de accesos a indemnizarles por esos daños morales."

A mí me denegaron la entrada en un local por las pintas de un amigo -cazadora vaquera con parche de heavy metal- y no me dió ningún soponcio. Les comenté a las chicas que nos acompañaban lo que pasaba; que teníamos dos alternativas, o bien irnos a otro local, o bien llamar a la Policía para que levantaran acta y mano de santo, nos dejaron pasar sin más problemas.

xyrxyr

No estoy a favor de negar la entrada a nadie y menos por este motivo.

Pero si alguien me puede explicar en que consiste el "derecho de admisión" porque yo creía que podías negar la entrada a cualquiera en tu local por lo que tu quieras.

D

#1 Los buscadores, esos grandes desconocidos: http://www.cosaslegales.es/que-es-derecho-admision/

noexisto

#3 En Andalucía por ejemplo la administración debe aprobar esas condiciones objetivas "deberán ser aprobadas expresamente... , en ningún caso podrán ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Española, suponer un trato discriminatorio o arbitrario..."* Tiene su lógica: todos con corbatas o prohibidos los calcetines blancos para todos o llevar una camiseta de Star Wars o no entras (por reirnos, pero para que se entienda)

*desconozco la vigencia actual, ojo, la fuente no es la Junta: http://www.belt.es/legislacion/vigente/sp_pcivil/spublica/pdf/151299-ley-espectaculos-publicos.pdf 7.2