Hace 5 años | Por MerchiCuadrado a legalitas.com
Publicado hace 5 años por MerchiCuadrado a legalitas.com

Los bienes adquiridos con dinero en parte ganancial (dinero de la hipoteca desembolsado después del matrimonio) y en parte privativo (dinero aportado por el cónyuge comprador de soltero), corresponderán proindiviso a la sociedad de gananciales y al cónyuge en proporción al valor de las aportaciones que cada uno ha realizado.

Comentarios

P

#4 tampoco follas, no te olvides.

a

#18 te da lo mismo. Si formas una unidad familiar. Ejemplo metes a una chica con dos hijos en tu casa y formáis una unidad familiar viviendo mas de 6 meses. Pues ya esta montado el lío si te separas ella se queda en tu casa con sus hijos. Tu a la puta calle.

D

#19 Tener casa en propiedad y meter mujer con hijos de otro sabiendo como estan las leyes anti-hombre ya es de kamikaze.

En ese caso, no juntarse con mujer con hijos o si se hiciera, en domicilio de alquiler.

ccguy

#2 Pues no sé yo, como diga la mujer que tiene donde ir lo mismo no... vamos, lo de siempre, la propiedad e hipoteca tuya pero el usofructo lo que diga el juez.

J

#9 en mi opinión, los otros 66% de herencia piede iniciar un desahucio por carecer de título válido para seguir en la vivienda. Y como mucho, se podría entender que existia un permiso de habitació pero que este será limitado en el tiempo como si fuese un arrendamiento tácito sin contrato escrito.

GatoMaula

#9 No, sobre el derecho de los hermanos a la parte de la nuda propiedad que les pudiera corresponder no hay discusión, como tampoco la hay con respecto a la obligación del cónyuge que ostente la guardia legal de los hijos a defender el derecho de éstos al usufructo de la propiedad.

ccguy

A mí el notario me dijo que siendo domicilio conyugal (sin niños) no lo podía vender sin consentimiento, obviamente por escrito y como parte de la escritura, de mi mujer.

D

#1 Pero en caso de divorcio la vivienda se la queda el cónyuge que la compró antes del matrimonio (salvo que haya hijos).

J

#2 la propiedad es como indicas. El uso (posesión) corresponde a los hijos y a quien se le atribuya la custodia, que cuando ambos hijos sean independientes, recuperará la posesión su propietario.

D

#10 exacto, y mientras, premio!
"como dueño del inmueble deberá afrontar el pago de los gastos que gravan la propiedad del mismo (tales como hipoteca, IBI, derramas extraordinarias, etc.)"

J

#16 si, claro, como cualquier propietario. O como si no se hubiese divorciado.
De todas maneras, estos elementos económicos deben ponerse de manifiesto para poder determinar cn mayor equidad la pensión compensatoria y/o alimentarias entre ambos cónyuges y/o hijos.

D

Puto país de broma..

D

edit

D

¿Qué pasa si el piso es una herencia en el que participan varios hermanos pero se usa como vivienda habitual de uno de ellos y su pareja? En caso de divorcio, solo un 33% del valor del piso queda afectado.

GatoMaula

#5 Da igual, si el propietario es el cónyuge masculino, en todo o en parte, pero se trata del domicilio habitual de los hijos y del cónyuge femenino, en caso de separación, ellos se quedan y tú te vas, por el bien de los niños, dicen.

D

#7 Pero igual los hermanos tienen algo que luchar en ese caso, en concreto el 66% del valor de la vivienda es de ellos.

D

Y por eso queridos niños, la mejor forma de proteger el piso, el coche y los ahorros de la lagarta de turno es ponerlo todo a nombre de vuestra madre. Joer, que parece que no aprendéis nada de los políticos ...

a

Tres palabras: "SEPARACION DE BIENES"

a

#15 te da lo mismo cuando hay divorcio con niños.

D

#15 #17 Tres palabras: NO TE CASES.