Hace 10 años | Por --375981-- a libremercado.com
Publicado hace 10 años por --375981-- a libremercado.com

El Consejo de Ministros aprobó hace apenas un mes la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de viviendas (o edificios) para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética.

Comentarios

jamaicano

#7 Lo has clavado

powernergia

Esto es ridiculo, y exactamente lo que indica #7.
Lo sensato sería dejarle a la gente alquilar sus pisos dando por hecho que tienen el punto mas bajo de calificación energética, y la persona que quiere dar mas valor a su alquiler, porque piensa que su piso es mas eficiente, que pague por un documento que lo acredite ante los inquilinos, pero la obligación es absurda y solo se justifica como un impuesto mas.

milkarri

#7 La meneo por tu comentario, a veces en meneame los comentarios son mas interesantes q

D

#12 Que ¿qué? estoy en ascuas.

milkarri

#20 ...que la noticia

Es que windows me ha troleado y pensaba que no se había enviado el comentario lol

D

#21 lol

g

#7 Incluso he oido que por 10 € pagando a los arquitectos el SMI

angelitoMagno

#7 Si se quisiese hacer bien, a todas las viviendas se les asignaría una calificación por defecto (G) y los que las quisiesen certificar con su nivel real pagarían un certificado bien hecho (que por el tiempo que lleva no bajaría de los 200€).

Estás diciendo que la manera de hacerlos bien es asignar una calificación falsa a las viviendas. Madre mía

#13 ¿Por qué hacerlo obligatorio y por ley? ¿Quién tiene la potestad ética/moral de imponer una obligación a los alquileres particulares? Que el que quiera ofrecer ese servicio que lo haga…
Pues más o menos por la misma razón que hace falta una cédula de habitabilidad para alquilar un piso. Porque si no obligas, nadie lo hará y seguiremos teniendo edificios ineficientes y derrochando energía como si no hubiese un mañana.

D

#18 Y si obligas a hacerlo, lo harán mal (como dice 7) y seguiremos teniendo los mismos edificios, porque sólo reformarán los propietarios que quieran hacerlo.
Además, los nuevos edificios ya están "obligados" por normativa a ser "eficientes".

angelitoMagno

#19 Ya se que los nuevos edificios deben ser eficientes. Razón de más para que los antiguos se reformen.

Dentro de unos meses me acaba el contrato de alquiler y seguramente cambie de piso. Gracias a esta normativa tendré más información como consumidor a la hora de analizar el mercado de alquiler.

D

#23 No hacía falta tal normativa. Como inquilino estabas en tu derecho de exigir el certificado energético al propietario antes de alquilar un nuevo piso.

Y repito, esos certificados que están hechos por obligación, estarán mal hechos. Lo mejor es utilizar el sentido común y ver su orientación, ventanas, etc.

ummon

#3 Tiene pinta de otro impuesto privado, la nueva moda.

ummon

Ummmhhhh
¿Cuánto cuesta el certificado de marras?

Bagu

#1 ¿Y de quién es familiar el que los concede?

angelitoMagno

#1 En comparación con lo que se pide por un alquiler, bastante poco.

Pandai

Me parece perfecto que al alquilar un piso te den la información energética (para tener una idea aproximada de lo que puedes gastarte en calefacción/climatización –gastaras menos en una vivienda tipo A que una D-)

Me parece perfecto que la información energética esté regulada y sea oficial, sellada por un profesional, y no por lo que diga el vecino del quinto. (todas las viviendas de construcción nueva ya van con su certificación al terminarlas firmadas por arquitectos y peritos)

PERO , ¡¡OBLIGADO!!, ¿Por qué hacerlo obligatorio y por ley? ¿Quién tiene la potestad ética/moral de imponer una obligación a los alquileres particulares? Que el que quiera ofrecer ese servicio que lo haga…

Pongo un ejemplo comparable, si en un restaurante te quieren dar una certifición de que los vasos han sido lavados con agua mineral (sellado y firmado por un notario) pues perfecto, es eso un servicio añadido ¿pero porque debe ser obligatorio para todos los restaurantes?

Repito, ¿Quién tiene la potestad ética/moral de imponer una obligación a los alquileres particulares?

anxosan

#31 Te contesto yo a esas dudas, que no son para tanto:
- El certificado hay obligación de presentárselo al "potencial comprador/arrendador" (para contratos a partir del 1 de junio), de modo que si se ofrece telemáticamente esa vivienda hay que poder mostrarlo también por ese medio, si se hace en oficina o físicamente hay que tenerlo disponible.
- No hay obligación de visado y no conozco comunidades autónomas que hayan regulado aún mecanismos o tasas por el control que el decreto les reconoce la potestad de hacer.
- No, el 1 de junio tienes que tener el certificado para vender/alquilar, salvo en los excluidos de la obligación de presentar el certificado, que son unos cuantos:
a) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
g) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.


Para todo lo demás: http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf y que tus arquitectos se pongan las pilas, que tampoco es tan complicado (aunque sí una tomadura de pelo y un robo).

D

Son liberales con sus amigotes banqueros y empresaurios, con la gente de a pie son peor que el soviet supremo.

D

y sin olvidar que es otro incentivo negativo a alquilar, para mantener los pisos cerrados, sin ocupar.
Para un alquiler de 500 euros (es un ejemplo) tener que pagar una pasta a la inmobiliaria, y otra pasta para la calificación, más la pasta de fianza, y etc, que se le harán pagar al futuro inquilino, harán que la gente aguante aún más donde quiera que esté...

Pandai

#18_
Pues más o menos por la misma razón que hace falta una cédula de habitabilidad para alquilar un piso…
Hombreee,¿mas o menos?, Para mí, no es lo mismo que en un alimento pase unos controles sanitarios para la población (en este caso cédula) y otra diferente es que el yogur sea bifiduelmenterius y bajo en colesterol (lo que yo llamo servicio añadido)

angelitoMagno

#28 La comparación correcta no sería que el yogurt sea bifiduelmenterius y bajo en colesterol, sino que el yogur deba llevar la información nutricional impresa.

Pandai

#29 _
Eso mismo, creo que estás dando razón a mi planteamiento….

Que los yogures nuevos vengan ya de fábrica con la información nutricional me parece bien, otra cosa es que el fabricante quiera indicar que son biofoduselmentaris clase A,B,C (una cosa es sanidad y otra añadidos saludables) No me parece bien que un EXTRA sea obligatorio indicarlo para los pisos que ya están en el mercado (el que quiera, como forma de ofrecer mas valor asu producto que lo ponga, pero no por fuerza)

Como digo en mi primer post, me parece bien que te den como servicio añadido una información extra, me refiero a EXTRA no a la lógica de habitabilidad, salubridad, ingredientes, etc…

Pero, ¿quien decide que es OBLIGATORIO la INFORMACION EXTRA?

G

Lo mejor de todo es que a día de hoy (se supone que empieza el 1 de Junio) no saben como hacerlo. No existe un método claro. Sólo un programa al que se intenta entre esta semana y la que viene, enseñar a utilizarlo para pedir el certificado. Es más, esta ley estaba hecha para entrar en vigor el 1 de Enero de este año y se aplazó 6 meses porque no estaban preparados para ponerlo en práctica. Hoy 6 meses después, estamos igual.

No me canso de decirlo: ¡País de pandereta!

G

#27 pues pásame tu teléfono por privado y si trabajas en Barcelona me haces los certificados. Tengo 3 arquitectos trabajando y ninguno sabe:
-como presentarlo ( telematico o presencial)
-la tasa que deben pagar
-si el 1 de junio se podrá vender/alquilar sin el certificado

Y si llamas al ayuntamiento o a urbanismo tampoco saben contestar.
Eso si, esta semana empezaban unos cursillos para que aprendieran. Como todavía queda una semana, vamos sobrados...

w

PP: PELIGRO !! Ocurrencias en 10 kms !!

reithor

Yo veo un punto más allá... más que un impuesto adicional encubierto, y en relación a la plausible falta de divulgación de esta nueva obligación, están esperando que mucha gente no se entere y pase del tema para luego llegar sancionando. Así cobran no solo el certificado que tendrían que obtener tras la sanción, sino esos jugosos "entre 601 y 6000 euros".

D

MAMANDURRIAS