El vicepresident cesado considera que el magistrado ha vulnerado su derecho a la defensa efectiva y que ha criminalizado la ideología independentista. "La acción penal se produce para obtener determinados efectos políticos en determinado momento", asegura la defensa de Junqueras. Denuncia que el magistrado "efectúa algunas piruetas argumentativas" para procesar por rebelión pese a la "evidente falta de violencia".
#22:
La gente no entiende que "violencia" no significa que tenga que haber muertos por las calles. La jurisprudencia es clara y dice que, para calificar un acto como de rebelión, es suficiente que haya fundada amenaza de que la violencia pueda llegar a producirse.
¿Sabéis quién está dando ahora mismo la razón al juez Llarena? Pues sí, esos que se hacen llamar comités de defensa de la república y que se dedican a bloquear infraestructuras clave mediante el uso de la fuerza.
Con cada ataque complican más el horizonte penal de los encausados. Son así de inteligentes y estrategas.
#2:
Llarena, premio Planeta 2018 en la categoría de ficción.
#11:
Pues que recurra el auto y lo revise otro juez, igual que el juicio lo va a llevar a cabo otro juez distinto a Llarena.
De todas formas, a este pobre no le importa ya a nadie. Sólo salen a la calle por Pucheromont.
#6:
Tranquilo, Junqui, que Puigde ya ha tenido en cuenta tu situación en su GPP.
#12:
el de "España nos roba" hablando de piruetas argumentativas. Si es que es una risa
#49:
#24 Su lema durante meses antes de ejecutar el golpe de estado fue "desobeïm", con todo lo que eso conlleva.
Han estado años aleccionando a sus fieles para que actúen como marionetas llegado el día de la independencia. Utilizaron los medios como altavoz dejando claro que si no tenían la ley de su parte debía ser el pueblo quien se alzase contra el estado. Y dejaban bien claro quienes eran sus objetivos: políticos, escritores, periodistas, personajes se la cultura, comerciantes, jueces, empresas, etc.... Y qué estructuras del estado debían controlar: aeropuertos, estaciones de tren, autopistas, delegaciones, comisarias, etc.... Estuvieron años cocinando la rebelión, una vez llegado el momento todos se hacen los tontos.
Han ejercido la violencia utilizando a parte del pueblo hasta el punto que una lersona de 60 es calaz de golpear a un chaval por la espalda solo por portar una bandera de su país. Me gustaría decir que es la punta del iceberg, pero por desgracia nos queda por presenciar escenas mas lastimosas.
No soy juez, pero bajo mi punto de vista son culables de rebelión.
No es normal que después de todo el mal que han causado sigan repitiendo que están en prisión por sus ideas, siendo conscientes que se han saltado la ley, la constitución, el estatut y el reglamento, y que han robado cantidades ingentes de dinero público. Y siguen esparciedo odio con sus mentiras para que sus seguidires se comporten como salvajes.
30 años me parecen pocos por todo el daño que están causando.
#65:
Nada está tan claro, hasta ahora todas las peticiones de la fiscalía por delito de Rebelión (manifestaciones multitudinarias ante un Parlamento, o el caso Atxuxa) se ha considerado que no había violencia. Y en el caso que comenta #27 y #23 se absolvió a Atxuta afirmando que era un acto político sin violencia.
También hay que tener en cuenta que cuando el PNV acudió al constitucional por el delito de rebelión, para aclararlo (el TC es quien principalmente genera jurisprudencia) éste indicó que "por definición, la rebelión se realiza por un grupo que tiene el propósito del uso ilegítimo de armas de guerra o explosivos, con una finalidad de producir la destrucción o eversión del orden constitucional", otros tribunales han matizado esto, pero cuando se planteó la constitucionalidad, el TC esgrimió esa definición. Esto último no lo sabía y lo he leído recientemente aquí: http://www.lavanguardia.com/politica/20180323/441836313562/la-guillotina-del-384-bis-y-el-pnv.html
Por tanto, con anterioridad se ha considerado que no era violento una votación para iniciar la independencia (caso Cataluña), ni un plan premeditado con vista a la independencia (caso Atutxa) ni tampoco manifestaciones que impedían el desarrollo de un Parlamento (caso de rodea el congreso). Por tanto, la jurisprudencia indica que todos esos actos no se han considerado violencia con anterioridad, no he encontrado todavía un caso de condena para tener una idea clara de qué se consideraría rebelión. Así que es absurdo decir que es evidente que es delito de rebelión (porque tan evidente no es).
#54:
El delito de rebelión consiste en levantar un ejército para tomar el poder, lo que hizo Franco, por ejemplo.
En su deseo de empapelar a los catalanes, se ha estirado ese requisito al máximo, pidiendo solamente "que se haya usado la violencia", como si darle una bofetada a alguien fuese delito de rebelión. Es una animalada. Pero no lo pueden estirar todavía más. No va a ser delito de rebelión tirarse un pedo. Sí, ya sé que un pedo es violencia de género, pero todavía no es rebelión. A tanto no llegan.
Una vez puesto el listón ahí, intentan estirar desde el otro lado, buscando pruebas de "violencia".
Eso de que se tenga que estirar desde los dos lados ya nos dice lo muy lejos que estaba inicialmente una cosa de la otra.
Pero para que haya violencia hacen falta hechos violentos, como que eso se prohibió (desde fuera de Cataluña os podría parecer caótico, pero había instrucciones muy precisas de qué hacer cuando y donde y cómo), pues no hay tales hechos violentos.
Entonces el juez se los tiene que inventar. El juez razona de la manera siguiente: "Levantar la mano para saludar a un conocido no será delito, pero se podría interpretar que se levanta para golpear, y eso podría causar reacciones violentas por parte de otra personas, como por ejemplo dar empujones. Pero dar empujones es un delito equivatente al secuestro, por ejemplo a mano armada, y eso sí que es un delito serio, cuya pena puedo usar"
venga, contestadme que no es un juicio político, que es por quebrantar la ley. me encanta.
#24:
#1 ¿Eres de los que piensa que violencia = sangre?, Muchos jueces en diferentes juicios han pensado diferente, ¿o te piensas que la violencia por ejemplo psicológica es otra cosa diferente a la violencia?
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
#18:
Cualquiera que lea en qué consiste el delito de rebelión, y la parte de los autos en los que Llarena intenta encajar los hechos ahí, sabe que no tiene ningún argumento jurídico para defender lo que está haciendo.
#20:
El juez Llarena está prevaricando y lo sabe.
Es una marioneta del PP.
Esto hay que llevarlo a Uropa.
#50 Incluye el Derecho a Huelga y el derecho a manifestación, cualquier ciudadano debe disponer de la libertad de expresión para proponer movilizaciones sociales.
#83 Todas las manifestaciones y huelgas tienen afectación sobre otros ciudadanos, forma parte de la normalidad de manifestación que existan afectaciones.
Sin ir más lejos se cortan calles en las que hay comercios que no pueden llevar a cabo su actividad con normalidad y se cortan vías que tienen afectación sobre el tráfico y con ello sobre otros ciudadanos.
#84 una cosa es cortar una calle con el permiso de la policía y otra tomarte la ley por tu mano y cortarla. Las dos afectan a los ciudadanos pero una puede ser delito.
#86 según la constitución para manifestarte en lugares.públicos no necesitas permiso ni autorización alguna solo que no te lo prohiban expresamente alegando razones objetivas y la obligación de.comunicarlo.de.antemano para que la autoridad tome medidas de precaución. Pero no autorización
#84 Afectación dices ? Jajajaja Para realizar manifestaciones y huelgas hay que seguir unos mínimos. No ir por la puta cara a cortar una carretera jodiendo a la gente sin avisar y dar alternativas para poder circular por otras vías de comunicación. Se ha congregando a la gente por washaaap para cortar carreteras sin previo aviso en plena semana santa .... dais asco.
Yo sí quiero abrir mi negocio no tiene que venir nadie a prohibirlo, si quiero dar clases no tiene que venir nadie a impedirlo... Aquí muchos derechos muchos derechos pero para una parte y para el resto que les jodan. Ya va siendo que el resto de catalanes que no está de acuerdo con esta locura salga a las calles y les dejé bien claro a estos golpistas las cosas....
#89 Es triste que haya calado tanto ese discurso tuyo de que las manifestaciones y huelgas deben pasar desapercibidas, deben hacerse sin molestar ni incomodar a nadie. Es un reflejo de lo mucho que han perdido los movimientos sociales y de los muchos derechos que se están perdiendo contínuamente en el ámbito laboral, de libertades, etc.
Corderitos haciendo lo que las autoridades mandan mientras la clase política se va cargando los derechos de los ciudadanos impunemente.
#91 Yo no digo que pasen desapercibidas, lo que digo es que se respete los derechos del resto. Defender TUS derechos a costa de los MIOS no, por eso hay leyes y una serie de normas al respecto. Siempre hay algún cazurro que se cree que si él lo hace lo tiene que hacer el resto por sus cojones y va a ser que no.
#97 Se han normalizado los servicios mínimos del 100% o del 150%, y ahora se defendía que solo se pudieran manifestar por donde tengan el permiso de las autoridades.
Corderitos, tenemos lo que nos merecemos, vulneración de derechos y pérdida de poder adquisitivo y protecciones laborales.
#99 La gentes está viendo que en Cataluña hay unos niñatos armando jaleo y poco más. Quemando contenedores, destrozando mobiliario urbano, cortando carreteras, bloqueando medios de transporte.... Viene de lujo para meterle unos añitos mas a los que están presos ...
#98 Lo que hay en ese documento es transparencia y la incapacidad de algunos de reconocer sus deficiencias en cuanto al conocimiento del resto de información de administraciones menos transparentes.
#66 No me consta que Oriol Junqueras haya intentado asaltar la delegación del gobierno, si algún ciudadano lo ha hecho que la policía y justicia actúe en consecuencia contra ese ciudadano en concreto.
#76 Todavía esta en fase de instrucción el proceso. La absolución no seria ninguna pena. Si es declarado culpable todos sabemos que no le caerían mas de 10 años. Menos victimismo.
#21 si la chulería fuese delito todo el país se va a la cárcel
este señor si va a la cárcel debe ir por delitos tipificados. si estiramos la justicia y la interpretación hasta puntos difícilmente justificables a según qué personas estamos haciendo un flaco favor al estado de derecho, y ya llevamos unas cuantas bien gordas con otros casos, así que probablemente ya estemos en la venezuela que algunos agoraban
#26 El contenido de ese comentario que citas no es ficción, es un hecho que puedes contrastar en todos los medios informativos. En el momento de escribirlo era un relato fiel a los hechos acontecidos.
#69 El comentario mío que citaste era de una fecha anterior a los hechos que relatas en este comentario reciente tuyo.
Por mucha prepotencia que le pongas ni siquiera tú eres capaz de alterar la dirección de la flecha del tiempo, lo siento si tenías esos delirios de grandeza.
#70 Delirios? Eso es exclusiva del fascismo independentista.
Además, que es rigurosamente cierto. El cateto de Puigdemong se ha presentado ante el juez cuando se le ha requerido.
Ahora espera con ansia su próximo requerimiento.
Espero que España interceda para que sea transferido cuanto antes, que lo de prisión preventiva por riesgo de fuga es un ataque al derecho humano a huir de la ley.
#38 En cualquier país del mundo se perseguiría penalmente lo que esta gente a hecho, de hecho en una hipotética Catalunha independiente tambien se haría.
La gente no entiende que "violencia" no significa que tenga que haber muertos por las calles. La jurisprudencia es clara y dice que, para calificar un acto como de rebelión, es suficiente que haya fundada amenaza de que la violencia pueda llegar a producirse.
¿Sabéis quién está dando ahora mismo la razón al juez Llarena? Pues sí, esos que se hacen llamar comités de defensa de la república y que se dedican a bloquear infraestructuras clave mediante el uso de la fuerza.
Con cada ataque complican más el horizonte penal de los encausados. Son así de inteligentes y estrategas.
#22 ¿Y qué jurisprudencia es esa que te acabas de sacar de la manga?, ¿qué precedentes judiciales hay de eso? Vamos, que tú también te lo has inventado o repites lo que haya dicho algún político o medio afín para defender lo indefendible.
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
#27 ¿De verdad que el argumento jurídico con el que queréis respaldar vuestra opinión es el de José María de Pablo, uno de los conspiranoicos del 11M? Pues si que contáis con argumentos de peso.
#43 ¿en serio no entiendes lo que es una cita literal? Es un texto sacado de un auto con jurisprudencia que interpreta lo que puede considerarse violencia.
#45 Una cita literal es un recorte de algo más amplio, ¿dónde está el contexto? Luego, como tu bien dices, es una interpretación. Llarena también lo interpreta. Lee el artículo en sí del Código Penal y dime si no es tan claro que todas esas interpretaciones a posteriori no son muy retorcidas.
#53 si buscas más lee la sentencia completa, pero no necesitas contexto para un razonamiento jurídico, el razonamiento no cambia dependiendo del contexto. El contexto sólo sirve para ver si se puede aplicar ese razonamiento.
Yo me he leído el delito de rebelión y aunque no soy jurista, encuentro elementos en él que no corresponden con violencia tradicional, artículo 473.2:
"Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."
Llama bastante la atención que separe por un lado portar armas o haber peleas y que luego mediante disyuntivas amplie los supuestos a cosas bastante dispares que van desde daños a propiedad a la simple malversación.
Nada está tan claro, hasta ahora todas las peticiones de la fiscalía por delito de Rebelión (manifestaciones multitudinarias ante un Parlamento, o el caso Atxuxa) se ha considerado que no había violencia. Y en el caso que comenta #27 y #23 se absolvió a Atxuta afirmando que era un acto político sin violencia.
También hay que tener en cuenta que cuando el PNV acudió al constitucional por el delito de rebelión, para aclararlo (el TC es quien principalmente genera jurisprudencia) éste indicó que "por definición, la rebelión se realiza por un grupo que tiene el propósito del uso ilegítimo de armas de guerra o explosivos, con una finalidad de producir la destrucción o eversión del orden constitucional", otros tribunales han matizado esto, pero cuando se planteó la constitucionalidad, el TC esgrimió esa definición. Esto último no lo sabía y lo he leído recientemente aquí: http://www.lavanguardia.com/politica/20180323/441836313562/la-guillotina-del-384-bis-y-el-pnv.html
Por tanto, con anterioridad se ha considerado que no era violento una votación para iniciar la independencia (caso Cataluña), ni un plan premeditado con vista a la independencia (caso Atutxa) ni tampoco manifestaciones que impedían el desarrollo de un Parlamento (caso de rodea el congreso). Por tanto, la jurisprudencia indica que todos esos actos no se han considerado violencia con anterioridad, no he encontrado todavía un caso de condena para tener una idea clara de qué se consideraría rebelión. Así que es absurdo decir que es evidente que es delito de rebelión (porque tan evidente no es).
#23 TSJ del País Vasco (Auto de 27/11/2007) y Cataluña (Auto de 24/03/2014) . Extraído del primero:
“Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
¿Qué tal si te informas un poquito antes de acusar a los demás de no hacerlo?
#30 Anda, ve a la fuente original y lee el artículo 472, donde se estipula lo que es un delito de rebelión. Verás que es clarísimo: "Son reos de delitos de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente...". Siempre es mejor que acudir a interpretaciones retorcidas sacadas de conspiranoicos como José María de Pablo.
#41 ¿Tú no sabes distinguir entre el artículo del Código Penal, la interpretación que puede hacer un Tribunal, la interpretación que puede hacer un señor sobre esa interpretación y la interpretación que hace un usuario como tú de todo eso? De verdad, mejor lee la fuente original y piensa por ti mismo.
#61 Pues si vuelves a leer mi comentario, verás que cuando hablo del señor, me refiero a José María de Pablo, no al Tribunal, como es obvio. Pero bueno, mejor que mis comentarios, lee mejor el artículo que es la base de todo esto, que veo que te da pereza.
#30 Eso cabe perfectamente con los entrullados enviando al personal a los colegios para impedir a la policía cumplir la orden judicial para así justificar la independencia, como hicieron posteriormente.
#22 la jurisprudencia de la rebelión no sé que dirá, pero si es así en otro tipo de delitos podemos decir claramente que ha habido un flagrante caso de dejadez en casos anteriores porque desde el primer momento que se empezaron a eliminar pruebas en casos de corrupción, deberían haber metido a media cúpula de varios partidos políticos locales, provinciales, autónomos -e incluso nacionales en uno en particular- en prisión preventiva.
#79 sigo sin saber qué dice la jurisprudencia porque lo que me estás diciendo qué ha hecho el juez es una profecía autocumplida: es rebeldía porque habrá violencia, y a consecuencia de esto ocurren actos de protesta ciudadana, sin permiso de manifestación y todo lo que quieras, pero muy lejos de lo que podrian considerarse violentos, pero los consideramos así y ergo, argumento cerrado.
la verdad es que si es así no esperaba que tuviese que ser tan intrincado todo para poder encerrar estas personas.
#22Mentira. El que redactó la ley, dice justo lo contrario:
El redactor del delito de rebelión niega que se pueda aplicar a Puigdemont
El exparlamentario Diego López Garrido puede considerarse el artífice y redactor del delito de rebelión incluido en el Código Penal de 1995. Fue su ponente por Izquierda Unida e incorporó una enmienda clave que evita que se castiguen las acciones independentistas si no se producen mediante el uso de la violencia. Una legislacion que se denominó entonces el 'nuevo código penal de la democracia' y salió adelante con el acuerdo del PSOE en el gobierno, Izquierda Unida, formación a la que pertenecía López Garrido y los nacionalistas vascos y catalanes.
Dentro de los delitos contra la Constitución, el de rebelión fue el que más debate suscitó. El PNV pedía su suspensión para evitar que la defensa de la independencia pudiera castigarse. López Garrido consideró legítima la defensa de la autodeterminación y quiso dar garantías y seguridad jurídica para quien quisiera defender la independencia.
#20 Lo sabe, pero también sabe que no le va a pasar nada.
Que está a salvo.
Incluso, si de alguna manera, europa dijera algo y hubiera que quitarlo,
este va a ministro de justicia.
Al tiempo.
Cualquiera que lea en qué consiste el delito de rebelión, y la parte de los autos en los que Llarena intenta encajar los hechos ahí, sabe que no tiene ningún argumento jurídico para defender lo que está haciendo.
#1 ¿Eres de los que piensa que violencia = sangre?, Muchos jueces en diferentes juicios han pensado diferente, ¿o te piensas que la violencia por ejemplo psicológica es otra cosa diferente a la violencia?
#24 Su lema durante meses antes de ejecutar el golpe de estado fue "desobeïm", con todo lo que eso conlleva.
Han estado años aleccionando a sus fieles para que actúen como marionetas llegado el día de la independencia. Utilizaron los medios como altavoz dejando claro que si no tenían la ley de su parte debía ser el pueblo quien se alzase contra el estado. Y dejaban bien claro quienes eran sus objetivos: políticos, escritores, periodistas, personajes se la cultura, comerciantes, jueces, empresas, etc.... Y qué estructuras del estado debían controlar: aeropuertos, estaciones de tren, autopistas, delegaciones, comisarias, etc.... Estuvieron años cocinando la rebelión, una vez llegado el momento todos se hacen los tontos.
Han ejercido la violencia utilizando a parte del pueblo hasta el punto que una lersona de 60 es calaz de golpear a un chaval por la espalda solo por portar una bandera de su país. Me gustaría decir que es la punta del iceberg, pero por desgracia nos queda por presenciar escenas mas lastimosas.
No soy juez, pero bajo mi punto de vista son culables de rebelión.
No es normal que después de todo el mal que han causado sigan repitiendo que están en prisión por sus ideas, siendo conscientes que se han saltado la ley, la constitución, el estatut y el reglamento, y que han robado cantidades ingentes de dinero público. Y siguen esparciedo odio con sus mentiras para que sus seguidires se comporten como salvajes.
30 años me parecen pocos por todo el daño que están causando.
El delito de rebelión consiste en levantar un ejército para tomar el poder, lo que hizo Franco, por ejemplo.
En su deseo de empapelar a los catalanes, se ha estirado ese requisito al máximo, pidiendo solamente "que se haya usado la violencia", como si darle una bofetada a alguien fuese delito de rebelión. Es una animalada. Pero no lo pueden estirar todavía más. No va a ser delito de rebelión tirarse un pedo. Sí, ya sé que un pedo es violencia de género, pero todavía no es rebelión. A tanto no llegan.
Una vez puesto el listón ahí, intentan estirar desde el otro lado, buscando pruebas de "violencia".
Eso de que se tenga que estirar desde los dos lados ya nos dice lo muy lejos que estaba inicialmente una cosa de la otra.
Pero para que haya violencia hacen falta hechos violentos, como que eso se prohibió (desde fuera de Cataluña os podría parecer caótico, pero había instrucciones muy precisas de qué hacer cuando y donde y cómo), pues no hay tales hechos violentos.
Entonces el juez se los tiene que inventar. El juez razona de la manera siguiente: "Levantar la mano para saludar a un conocido no será delito, pero se podría interpretar que se levanta para golpear, y eso podría causar reacciones violentas por parte de otra personas, como por ejemplo dar empujones. Pero dar empujones es un delito equivatente al secuestro, por ejemplo a mano armada, y eso sí que es un delito serio, cuya pena puedo usar"
venga, contestadme que no es un juicio político, que es por quebrantar la ley. me encanta.
Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o Reina o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad. El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015
3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno.
Han sacado toda la artillería, tiene a toda la prensa chillándonos al unísono que el proceso fue violento, que hubo violencia, que la pirueta argumentativa es correcta. Lamentablemente la obviedad de que no les fue es tal que haría falta un poder de persuasión mucho mayor para ocultar la verdad. Si aún conservarán un poco de prestigio...
Mirad la diferencia entre robo y hurto. La única diferencia es que uno se hace con violencia, es decir, un cristal roto ya es violencia incluso apuntar con una pistola.
Jajajajaja el gordo este, lo ponen de rebolusionario, sedicioso y violento, preventiva sin fianza y todos los salvapatrias muertos de hambre gritando amén, pero la nieta de Franco, padre del Gloriosos Alzamiento, ahí está, chupando del bote en Meirás... MENUDA JUSTICIA DE MIERDA Y MENUDO PAÍS DE MIERDA.
Comentarios
Llarena, premio Planeta 2018 en la categoría de ficción.
#2 de forma simbólica a modo de escenificación.
#2 Se debe de creer Darth Vader viendo tanto "rebel scum"... Todo es rebelión para el juez Dred, digo Llarena.
#1 #2 violencia no sé... pero amenazas y chulería, mucha.
#21 La chulería no es un delito, mucho menos penado con 30 años de cárcel.
Si te sientes amenazado con el ejercicio del Derecho de Huelga o del derecho de manifestación quizá el problema lo tengas tú.
#25 ¿el derecho a bloquear infraestructuras o fábricas por la fuerza?
#31 El derecho a Huelga y el derecho a manifestación.
#40 sí. ¿pero eso incluye el derecho a cortar carreteras o cortar vías de tren? eres un buen ejemplo de la manipulación que siempre os ha distinguido a los procesistas:
Cataluña: la confusión periodística, ignorante o interesada, sobre las 'demandas' ante la ONU
Cataluña: la confusión periodística, ignorante o i...
catalananalyst.blogspot.com.es#50 Incluye el Derecho a Huelga y el derecho a manifestación, cualquier ciudadano debe disponer de la libertad de expresión para proponer movilizaciones sociales.
#55 veo que no quieres responder. estás dando pena...
#55 Sin obligar al resto...
#83 Todas las manifestaciones y huelgas tienen afectación sobre otros ciudadanos, forma parte de la normalidad de manifestación que existan afectaciones.
Sin ir más lejos se cortan calles en las que hay comercios que no pueden llevar a cabo su actividad con normalidad y se cortan vías que tienen afectación sobre el tráfico y con ello sobre otros ciudadanos.
#84 una cosa es cortar una calle con el permiso de la policía y otra tomarte la ley por tu mano y cortarla. Las dos afectan a los ciudadanos pero una puede ser delito.
#86 según la constitución para manifestarte en lugares.públicos no necesitas permiso ni autorización alguna solo que no te lo prohiban expresamente alegando razones objetivas y la obligación de.comunicarlo.de.antemano para que la autoridad tome medidas de precaución. Pero no autorización
#84 Afectación dices ? Jajajaja Para realizar manifestaciones y huelgas hay que seguir unos mínimos. No ir por la puta cara a cortar una carretera jodiendo a la gente sin avisar y dar alternativas para poder circular por otras vías de comunicación. Se ha congregando a la gente por washaaap para cortar carreteras sin previo aviso en plena semana santa .... dais asco.
Yo sí quiero abrir mi negocio no tiene que venir nadie a prohibirlo, si quiero dar clases no tiene que venir nadie a impedirlo... Aquí muchos derechos muchos derechos pero para una parte y para el resto que les jodan. Ya va siendo que el resto de catalanes que no está de acuerdo con esta locura salga a las calles y les dejé bien claro a estos golpistas las cosas....
#89 Es triste que haya calado tanto ese discurso tuyo de que las manifestaciones y huelgas deben pasar desapercibidas, deben hacerse sin molestar ni incomodar a nadie. Es un reflejo de lo mucho que han perdido los movimientos sociales y de los muchos derechos que se están perdiendo contínuamente en el ámbito laboral, de libertades, etc.
Corderitos haciendo lo que las autoridades mandan mientras la clase política se va cargando los derechos de los ciudadanos impunemente.
Padefos orgullosos de serlo.
#91 Yo no digo que pasen desapercibidas, lo que digo es que se respete los derechos del resto. Defender TUS derechos a costa de los MIOS no, por eso hay leyes y una serie de normas al respecto. Siempre hay algún cazurro que se cree que si él lo hace lo tiene que hacer el resto por sus cojones y va a ser que no.
#97 Se han normalizado los servicios mínimos del 100% o del 150%, y ahora se defendía que solo se pudieran manifestar por donde tengan el permiso de las autoridades.
Corderitos, tenemos lo que nos merecemos, vulneración de derechos y pérdida de poder adquisitivo y protecciones laborales.
#99 La gentes está viendo que en Cataluña hay unos niñatos armando jaleo y poco más. Quemando contenedores, destrozando mobiliario urbano, cortando carreteras, bloqueando medios de transporte.... Viene de lujo para meterle unos añitos mas a los que están presos ...
#84 Vaya robo ... Lo que cobran los cargos de la Generalitat . Y luego dicen que ESPAÑA les roba jajaja
https://files.acrobat.com/a/preview/f3c0a774-072f-4065-a70c-6cf3d7233280
Y estos sí que viven bien mientras que los abducidos se ponen a quemar contenedores, cortar carreteras y bloquear estaciones de trenes....
#98 Lo que hay en ese documento es transparencia y la incapacidad de algunos de reconocer sus deficiencias en cuanto al conocimiento del resto de información de administraciones menos transparentes.
#100 Trasparencia? Has visto los sueldos? Jajaajaja Pero no te preocupes...todos han sido cesados por el 155. Así que nos ahorramos una pasta...
#40 Y ejercer ese derecho que es personal obligando al resto por la fuerza y las amenazas. Muy democrático como siempre.
#40 pidieron permiso para todas esas "manifestaciones"?
#c-90" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/2924249/order/90">#90 Te respondo en # 91: Junqueras denuncia que Llarena lo procesa con "piruetas argumentativas" ante la ausencia de violencia/c91#c-91
#25 Maquillando.
Intentar asaltar la delegación del gobierno no es huelga ni manifestación.
#66 No me consta que Oriol Junqueras haya intentado asaltar la delegación del gobierno, si algún ciudadano lo ha hecho que la policía y justicia actúe en consecuencia contra ese ciudadano en concreto.
#68 Tú serías el típico que diría que Charles Manson tendría que estar libre porque él no ha matado a nadie. Todo muy coherente.
#68 Jajajja
Pero qué morro tienes.
#25 Menos victimismo y mas realismo. Todos sabemos que si le declaran culpable de rebelión le caerán solo 10 años.
#71
¿Me puedes citar el auto de Llarena donde establece esa pena máxima?
#74 sera la pena que le impongan, la mínima. Y lo sabes.
#75 Sigo esperando el auto o sentencia de Llarena donde la pena máxima sería la que tú parece te acabas de inventar.
La pena mínima es la absolución, y empieza por no inventarse violencia donde no la hay. Llarena está en las antípodas de ese escenario.
#76 Todavía esta en fase de instrucción el proceso. La absolución no seria ninguna pena. Si es declarado culpable todos sabemos que no le caerían mas de 10 años. Menos victimismo.
#78 Todavía esta en fase de instrucción el proceso.
Gracias por admitir que te habías inventado la sentencia.
Si es declarado culpable todos sabemos que no le caerían mas de 10 años. Menos victimismo.
Mi fe en los profetas es nula. Y paso de ser víctima de los profetas.
#21 si la chulería fuese delito todo el país se va a la cárcel
este señor si va a la cárcel debe ir por delitos tipificados. si estiramos la justicia y la interpretación hasta puntos difícilmente justificables a según qué personas estamos haciendo un flaco favor al estado de derecho, y ya llevamos unas cuantas bien gordas con otros casos, así que probablemente ya estemos en la venezuela que algunos agoraban
#2 Este año ya lo ganaste tú con tu película sobre Puigdemong:
"siempre se ha presentado ante la justicia cuando le ha reclamado"
Puigdemont se presentará ante la policía finlandesa/c42#c-42
#26 El contenido de ese comentario que citas no es ficción, es un hecho que puedes contrastar en todos los medios informativos. En el momento de escribirlo era un relato fiel a los hechos acontecidos.
#36 Es rigurosamente cierto.
Cuando le han detenido se ha presentado ante el juez, con las esposas puestas posiblemente.
#69 El comentario mío que citaste era de una fecha anterior a los hechos que relatas en este comentario reciente tuyo.
Por mucha prepotencia que le pongas ni siquiera tú eres capaz de alterar la dirección de la flecha del tiempo, lo siento si tenías esos delirios de grandeza.
#70 Delirios? Eso es exclusiva del fascismo independentista.
Además, que es rigurosamente cierto. El cateto de Puigdemong se ha presentado ante el juez cuando se le ha requerido.
Ahora espera con ansia su próximo requerimiento.
Espero que España interceda para que sea transferido cuanto antes, que lo de prisión preventiva por riesgo de fuga es un ataque al derecho humano a huir de la ley.
#2 Ah, ¿que no declararon la independencia saltándose el estatut y la constitución y amenazaron la integridad territorial?
#29 Tu comentario es violento, estás amenazando con violencia.
#38 En cualquier país del mundo se perseguiría penalmente lo que esta gente a hecho, de hecho en una hipotética Catalunha independiente tambien se haría.
#42 Deja de escribir comentarios violentos, deja de amenazar con violencia. Deja de delinquir.
#51 Voy a cortar tu acceso al banho como protesta pacífica, lo hago por tu bien.
#29 con violencia, no, eso seguro.
Lo de amenazar la integridad territorial mola.
#29 No estoy muy seguro. En su momento nadie lo tenía claro.
#2 Y al Óscar a la mejor pelicula de ciencia ficción...
Título: "La republica catalana"
Director": Puigdemont
Productor: ANC Y OMNIUM
La gente no entiende que "violencia" no significa que tenga que haber muertos por las calles. La jurisprudencia es clara y dice que, para calificar un acto como de rebelión, es suficiente que haya fundada amenaza de que la violencia pueda llegar a producirse.
¿Sabéis quién está dando ahora mismo la razón al juez Llarena? Pues sí, esos que se hacen llamar comités de defensa de la república y que se dedican a bloquear infraestructuras clave mediante el uso de la fuerza.
Con cada ataque complican más el horizonte penal de los encausados. Son así de inteligentes y estrategas.
#22 ¿Y qué jurisprudencia es esa que te acabas de sacar de la manga?, ¿qué precedentes judiciales hay de eso? Vamos, que tú también te lo has inventado o repites lo que haya dicho algún político o medio afín para defender lo indefendible.
#23 No se ha inventado nada:
Auto 11/2005 del TSJPV:
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
Esto no puede acabar bien nunca/c19#c-19
https://josemariadepablo.com/2017/10/23/declarar-la-independencia-es-delito-de-rebelion/
#27 ¿De verdad que el argumento jurídico con el que queréis respaldar vuestra opinión es el de José María de Pablo, uno de los conspiranoicos del 11M? Pues si que contáis con argumentos de peso.
#33 un ad hominem que ni siquiera va dirigido contra la fuente de la jurisprudencia, que es el TSJPV.
En fin.
#35 La fuente que me habéis señalado es la del artículo de este señor, no del TSJPV.
#43 ¿en serio no entiendes lo que es una cita literal? Es un texto sacado de un auto con jurisprudencia que interpreta lo que puede considerarse violencia.
#45 Una cita literal es un recorte de algo más amplio, ¿dónde está el contexto? Luego, como tu bien dices, es una interpretación. Llarena también lo interpreta. Lee el artículo en sí del Código Penal y dime si no es tan claro que todas esas interpretaciones a posteriori no son muy retorcidas.
#53 si buscas más lee la sentencia completa, pero no necesitas contexto para un razonamiento jurídico, el razonamiento no cambia dependiendo del contexto. El contexto sólo sirve para ver si se puede aplicar ese razonamiento.
Yo me he leído el delito de rebelión y aunque no soy jurista, encuentro elementos en él que no corresponden con violencia tradicional, artículo 473.2:
"Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."
Llama bastante la atención que separe por un lado portar armas o haber peleas y que luego mediante disyuntivas amplie los supuestos a cosas bastante dispares que van desde daños a propiedad a la simple malversación.
Nada está tan claro, hasta ahora todas las peticiones de la fiscalía por delito de Rebelión (manifestaciones multitudinarias ante un Parlamento, o el caso Atxuxa) se ha considerado que no había violencia. Y en el caso que comenta #27 y #23 se absolvió a Atxuta afirmando que era un acto político sin violencia.
También hay que tener en cuenta que cuando el PNV acudió al constitucional por el delito de rebelión, para aclararlo (el TC es quien principalmente genera jurisprudencia) éste indicó que "por definición, la rebelión se realiza por un grupo que tiene el propósito del uso ilegítimo de armas de guerra o explosivos, con una finalidad de producir la destrucción o eversión del orden constitucional", otros tribunales han matizado esto, pero cuando se planteó la constitucionalidad, el TC esgrimió esa definición. Esto último no lo sabía y lo he leído recientemente aquí:
http://www.lavanguardia.com/politica/20180323/441836313562/la-guillotina-del-384-bis-y-el-pnv.html
Por tanto, con anterioridad se ha considerado que no era violento una votación para iniciar la independencia (caso Cataluña), ni un plan premeditado con vista a la independencia (caso Atutxa) ni tampoco manifestaciones que impedían el desarrollo de un Parlamento (caso de rodea el congreso). Por tanto, la jurisprudencia indica que todos esos actos no se han considerado violencia con anterioridad, no he encontrado todavía un caso de condena para tener una idea clara de qué se consideraría rebelión. Así que es absurdo decir que es evidente que es delito de rebelión (porque tan evidente no es).
#23 TSJ del País Vasco (Auto de 27/11/2007) y Cataluña (Auto de 24/03/2014) . Extraído del primero:
“Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
¿Qué tal si te informas un poquito antes de acusar a los demás de no hacerlo?
#30 Anda, ve a la fuente original y lee el artículo 472, donde se estipula lo que es un delito de rebelión. Verás que es clarísimo: "Son reos de delitos de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente...". Siempre es mejor que acudir a interpretaciones retorcidas sacadas de conspiranoicos como José María de Pablo.
#37 Anda, ve a la fuente original y lee el artículo 472
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
¿En serio no sabes distinguir lo que es una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia del Código Penal?
Se te debería caer la cara de vergüenza. Y no lo digo por ofender, pero es que es la verdad.
#41 ¿Tú no sabes distinguir entre el artículo del Código Penal, la interpretación que puede hacer un Tribunal, la interpretación que puede hacer un señor sobre esa interpretación y la interpretación que hace un usuario como tú de todo eso? De verdad, mejor lee la fuente original y piensa por ti mismo.
#48 Un señor dice...
Verás, ese señor sienta jurisprudencia. Tú o yo no sentamos jurisprudencia. ¿Eso lo entiendes?
#52 Pues si para ti José María de Pablo sienta jurisprudencia, apaga y vamonos. ¿Has leído ya el artículo 472? ¿Qué te parece?
#59 El que sienta jurisprudencia es el Tribunal Superior de Justicia, no José María de Pablo.
#61 Pues si vuelves a leer mi comentario, verás que cuando hablo del señor, me refiero a José María de Pablo, no al Tribunal, como es obvio. Pero bueno, mejor que mis comentarios, lee mejor el artículo que es la base de todo esto, que veo que te da pereza.
#30 Eso cabe perfectamente con los entrullados enviando al personal a los colegios para impedir a la policía cumplir la orden judicial para así justificar la independencia, como hicieron posteriormente.
#23 "la ley es mía y me la follo cuando quiero".
#22 la jurisprudencia de la rebelión no sé que dirá, pero si es así en otro tipo de delitos podemos decir claramente que ha habido un flagrante caso de dejadez en casos anteriores porque desde el primer momento que se empezaron a eliminar pruebas en casos de corrupción, deberían haber metido a media cúpula de varios partidos políticos locales, provinciales, autónomos -e incluso nacionales en uno en particular- en prisión preventiva.
#77 la jurisprudencia de la rebelión no sé que dirá
Y así todo.
#79 sigo sin saber qué dice la jurisprudencia porque lo que me estás diciendo qué ha hecho el juez es una profecía autocumplida: es rebeldía porque habrá violencia, y a consecuencia de esto ocurren actos de protesta ciudadana, sin permiso de manifestación y todo lo que quieras, pero muy lejos de lo que podrian considerarse violentos, pero los consideramos así y ergo, argumento cerrado.
la verdad es que si es así no esperaba que tuviese que ser tan intrincado todo para poder encerrar estas personas.
#22 Mentira. El que redactó la ley, dice justo lo contrario:
El redactor del delito de rebelión niega que se pueda aplicar a Puigdemont
El exparlamentario Diego López Garrido puede considerarse el artífice y redactor del delito de rebelión incluido en el Código Penal de 1995. Fue su ponente por Izquierda Unida e incorporó una enmienda clave que evita que se castiguen las acciones independentistas si no se producen mediante el uso de la violencia. Una legislacion que se denominó entonces el 'nuevo código penal de la democracia' y salió adelante con el acuerdo del PSOE en el gobierno, Izquierda Unida, formación a la que pertenecía López Garrido y los nacionalistas vascos y catalanes.
Dentro de los delitos contra la Constitución, el de rebelión fue el que más debate suscitó. El PNV pedía su suspensión para evitar que la defensa de la independencia pudiera castigarse. López Garrido consideró legítima la defensa de la autodeterminación y quiso dar garantías y seguridad jurídica para quien quisiera defender la independencia.
http://cadenaser.com/ser/2017/10/27/tribunales/1509126971_801763.html
#92 Vale, entonces no cuenta la jurisprudencia sino la opinión del que redactó la ley.
Y así todo.
#92 Si entro en tu casa y me niego a irme es violencia?
Tranquilo, Junqui, que Puigde ya ha tenido en cuenta tu situación en su GPP.
#6
Sería genial que estuviese 18 meses en provisional
#10 Y el 3% de rigor?
Pues que recurra el auto y lo revise otro juez, igual que el juicio lo va a llevar a cabo otro juez distinto a Llarena.
De todas formas, a este pobre no le importa ya a nadie. Sólo salen a la calle por Pucheromont.
el de "España nos roba" hablando de piruetas argumentativas. Si es que es una risa
#12 los políticos manipulan y a sus followers os la suda. Los jueces manipulan y a sus followers os la suda.
No sé si es lo mismo.
#13 El que tengo aquí...
¿En qué juzgado o comisaría lo ha denunciado?
#4
Twitter sala 2°
#4 En la comisaría Talego.
#4 ¿Sabes lo que es un abogado?
El juez Llarena está prevaricando y lo sabe.
Es una marioneta del PP.
Esto hay que llevarlo a Uropa.
#20 Lo sabe, pero también sabe que no le va a pasar nada.
Que está a salvo.
Incluso, si de alguna manera, europa dijera algo y hubiera que quitarlo,
este va a ministro de justicia.
Al tiempo.
Cualquiera que lea en qué consiste el delito de rebelión, y la parte de los autos en los que Llarena intenta encajar los hechos ahí, sabe que no tiene ningún argumento jurídico para defender lo que está haciendo.
Pues más piruletas que han hecho los indepes para pasarse la ley por el forro, me extraña mi que las haga el juez.
¿Dónde está la violencia?
#1 En lugar de a Dios y a la Virgen ahora la gente con mucha mucha fe ve "violencia" en Junqueras.
#1 ¿Eres de los que piensa que violencia = sangre?, Muchos jueces en diferentes juicios han pensado diferente, ¿o te piensas que la violencia por ejemplo psicológica es otra cosa diferente a la violencia?
#24 Mmm... ¿dónde está entonces? ¿La has encontrado?
#24 Su lema durante meses antes de ejecutar el golpe de estado fue "desobeïm", con todo lo que eso conlleva.
Han estado años aleccionando a sus fieles para que actúen como marionetas llegado el día de la independencia. Utilizaron los medios como altavoz dejando claro que si no tenían la ley de su parte debía ser el pueblo quien se alzase contra el estado. Y dejaban bien claro quienes eran sus objetivos: políticos, escritores, periodistas, personajes se la cultura, comerciantes, jueces, empresas, etc.... Y qué estructuras del estado debían controlar: aeropuertos, estaciones de tren, autopistas, delegaciones, comisarias, etc.... Estuvieron años cocinando la rebelión, una vez llegado el momento todos se hacen los tontos.
Han ejercido la violencia utilizando a parte del pueblo hasta el punto que una lersona de 60 es calaz de golpear a un chaval por la espalda solo por portar una bandera de su país. Me gustaría decir que es la punta del iceberg, pero por desgracia nos queda por presenciar escenas mas lastimosas.
No soy juez, pero bajo mi punto de vista son culables de rebelión.
No es normal que después de todo el mal que han causado sigan repitiendo que están en prisión por sus ideas, siendo conscientes que se han saltado la ley, la constitución, el estatut y el reglamento, y que han robado cantidades ingentes de dinero público. Y siguen esparciedo odio con sus mentiras para que sus seguidires se comporten como salvajes.
30 años me parecen pocos por todo el daño que están causando.
El delito de rebelión consiste en levantar un ejército para tomar el poder, lo que hizo Franco, por ejemplo.
En su deseo de empapelar a los catalanes, se ha estirado ese requisito al máximo, pidiendo solamente "que se haya usado la violencia", como si darle una bofetada a alguien fuese delito de rebelión. Es una animalada. Pero no lo pueden estirar todavía más. No va a ser delito de rebelión tirarse un pedo. Sí, ya sé que un pedo es violencia de género, pero todavía no es rebelión. A tanto no llegan.
Una vez puesto el listón ahí, intentan estirar desde el otro lado, buscando pruebas de "violencia".
Eso de que se tenga que estirar desde los dos lados ya nos dice lo muy lejos que estaba inicialmente una cosa de la otra.
Pero para que haya violencia hacen falta hechos violentos, como que eso se prohibió (desde fuera de Cataluña os podría parecer caótico, pero había instrucciones muy precisas de qué hacer cuando y donde y cómo), pues no hay tales hechos violentos.
Entonces el juez se los tiene que inventar. El juez razona de la manera siguiente: "Levantar la mano para saludar a un conocido no será delito, pero se podría interpretar que se levanta para golpear, y eso podría causar reacciones violentas por parte de otra personas, como por ejemplo dar empujones. Pero dar empujones es un delito equivatente al secuestro, por ejemplo a mano armada, y eso sí que es un delito serio, cuya pena puedo usar"
venga, contestadme que no es un juicio político, que es por quebrantar la ley. me encanta.
Por si alguien aún no lo ha leído:
Artículo 472
Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o Reina o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad. El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015
3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno.
#28 Como ves, el requisito de la violencia sigue estando. Al juez no le queda otro recurso que mentir.
Han sacado toda la artillería, tiene a toda la prensa chillándonos al unísono que el proceso fue violento, que hubo violencia, que la pirueta argumentativa es correcta. Lamentablemente la obviedad de que no les fue es tal que haría falta un poder de persuasión mucho mayor para ocultar la verdad. Si aún conservarán un poco de prestigio...
Mirad la diferencia entre robo y hurto. La única diferencia es que uno se hace con violencia, es decir, un cristal roto ya es violencia incluso apuntar con una pistola.
https://www.mapfre.es/seguros/particulares/coche/faqs/diferencias-robo-hurto.jsp
Ya estamos aplicando la sharia en España?
O todavía queda pa eso
Jajajajaja el gordo este, lo ponen de rebolusionario, sedicioso y violento, preventiva sin fianza y todos los salvapatrias muertos de hambre gritando amén, pero la nieta de Franco, padre del Gloriosos Alzamiento, ahí está, chupando del bote en Meirás... MENUDA JUSTICIA DE MIERDA Y MENUDO PAÍS DE MIERDA.
Dadle una hamburguesa y que se calle
#3 y que haga la cama que no es un hotel.
No son violentos, no...