Hace 2 años | Por --665851-- a niusdiario.es
Publicado hace 2 años por --665851-- a niusdiario.es

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid ha anulado una multa de 200 euros impuesta por no pasar la ITV a un vehículo que se encontraba estacionado al considerar que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica".

Comentarios

Tannhauser

#2 Será que no hay espabilaos.

D

#2

Si estás pendiente de ITV (cita pedida, inspección negativa, etc) presentando el justificante se retira la denuncia. Así que me parece que tu teoría no se sostiene.

T

#43 ¿Y si no quiero pasarla porque no voy a usar el coche?

cosmonauta

#57 Baja temporal en tráfico y te ahorras seguro, impuesto de circulación e ITV.

BifidoHiperactivo

#72 ¿y luego darlo de alta otra vez?

cosmonauta

#75 Un trámite super rápido, salvo que vivas en un territorio periférico como Girona y entonces tengas que esperar tres meses a conseguir hora. (Verídico)

Yo tuve un coche de baja temporal 6 anos. Ahora creo que no se aceptan plazos tan largos

Como dice #72, no puedes dejarlo en la calle. Se me olvidó ese detalle. El mío estuvo en un parking

EmuAGR

#83 Sale más caro el parking que la ITV, el seguro y el impuesto de circulación juntos.

ahotsa

#68 Un coche parado puede incendiarse por un problema eléctrico, puede perder aceite o puede fallarle el freno de mano como dice #77.

D

#84 Podríame...
Ahora que alguien me de estadísticas reales de cuantos muertos y heridos hay al año.

ahotsa

#85 No te enrolles. Lo das de baja temporal y a un garaje. Ya está previsto.

Si quieres montamos desguaces en las ciudades...

L

#77 En ese caso se pone una piedra y no hay problema.

m

#90 y para el caso de que pierda liquidos? o que pueda tener un fallo electrico e incendiarse? y para cualquier otro caso que no se nos ocurra ahora?

Lo de ponerle una piedra te parece una solucion adecuada? como chiste vale, pero de ahi no pasa

D

#77 En mi localidad nuestro maravillosos ayuntamiento creo tiene puesto un límite de 7 días para calificarlo como “abandono”.

A mi padre se lo multaron en la puerta de mi casa, porque se pegó unos días sin cogerlo, gracias a dios los queridos agentes locales tuvieron sentido común.

M

#77 El imbécil de mi vecino se dedica a trapichear con coches de "alta gama" de hace 20 años. Un día uno de estos coches, en concreto un Audi A4, que llevaba aparcado más de 20 días en la puerta de mi casa sin moverlo, se empezó a mover hasta que se fue calle abajo. Golpeó el muro de un vecino que vive más abajo, rebotó en dos coches destrozándolos y cuando llegó abajo hubo suerte de que no había nadie cruzando en ese momento por la calle perpendicular. Eso sí, se empotró en el jardín del vecino que vive al fondo de la calle, derribando el muro y encima tenemos que dar gracias a que no estaban en ese momento disfrutando de su jardin.

A partir de ahí cuando vemos que el imbécil aparca un coche desconocido y no lleva ITV denuncia al canto. Ya lo hemos denunciado tres veces y encima cada vez que lo hacemos se pone agresivo el muy HDLGP.

D

#72 Un vehículo sin seguro no puede estar en la vía pública, multa segura.

B

#72 pero estacionar un coche en la calle sin seguro si que es sancionable. En el garaje privado no, pero en la vía pública tiene que tener seguro en vigor.

gauntlet_

#57 El tema es que tampoco puedes dejar el coche tirado en un aparcamiento público o en ningún lado que no sea un garaje privado.

fugaz

#2 Ya vamos con excusas es inventos. Españistan de nuevo a la carga.
Si no pasas la ITV a tiempo y tienens un motivo válido, o pagas la multa o recurres y demuestras el motivo.
Es como si vas a 150km/h y me vienes con "uy! qué afán sancionador!".

L

#66 Ya no hace falta recurrir ya se sabe que si no circula no te pueden multar.

fugaz

#91 Cierto, pero se quejará cuando lo mueva y le pillen.

D

#2 ¿Tú sabes la cantidad de muertos y heridos que se producen cada año por coches aparcados que no tienen la ITV?

Está claro que lo han multado por nuestra seguridad.

fugaz

#68 Un coche aparcado sin ITV deberían marcarlo como "abandonado" en la rueda, y ver si lo ha movido en un mes. Está ocupando 10m² de valiosa vía pública.

DarthMatter

#2 Salvo que el vehículo tenga bordes cortantes en la chapa, o presente fugas de combustible o aceite. Yo soy de la opinón de que no debería ser multado, en tanto en cuanto permanezca inmovil en el lugar.

No obstante, lo que si que es motivo de multa es no disponer de seguro; y desde hace tiempo ninguna compañia de seguros renueva la póliza ni se hace cargo de daños (propios o a terceros) si el vehículo en cuestión carece de ITV.

Así que, a fin de cuentas, ir por la vida sin ITV es un win-win lose-lose.

Pablosky

#82 Estoy de acuerdo contigo, pero... ¿Cómo lo llevas a pasar la ITV cuando quieras pasar la ITV? ¿En Grua? Se puede hacer, pero entonces el ahorro de no llevarlo a pasar la ITV ya no es tanto, o puede que incluso pierdas dinero. Digamos que el plan tiene alguna laguna.

EmuAGR

#100 Qué poco conocemos el código de circulación. lol La propia norma tiene la excepción de llevar el vehículo a la ITV o al taller, salvo que tenga fallos graves tras la inspección, que se lo tiene que llevar la grúa.

DarthMatter

#100 No se si aún seguirá siendo posible, pero cabe la posibilidad de que desde el seguro te sigan cobrando automáticamente la cuota anual de la póliza (tontos no son), con lo cual aparentemente podría pensarse que el vehículo podría seguir estando asegurado (aún sin ITV), pero en realidad sería papel mojado, ya que si tienes cualquier percance, en cuanto la aseguradora descubra que ibas sin ITV, automáticamente se lavará las manos.

EmuAGR

#95 Eso de la matrícula de la calle suena a nulo de narices.

l

#95 Si le sacaron la foto desde fuera en un recinto privado, si no esta en la calle no deberian multar. Lo malo es que no tiene consecuencias, y los gastos de juicios y demas los pagamos todos.
Ademas sacar una foto a un recinto privado, podria ser un delito aparte.

A mi me llamaron de la policia municipal, por tener el coche parado y la ITV caducada. No cogi la llamada yo, pero basicamente informaban de que me podian multar no sé si ellos o otros policias.

En algunos sitios los polis son buitres, no se si les presionan o les dan comision por multar. Que se pongan a sacar una foto a un coche dentro de un garaje es raro, como no sepan de antemano que es candidato o saquen foto a todo coche que puedan o parezca viejo o algo asi.


#94 El otro dia mandé un link de la consti n Github. Seria bueno que la gente se juntara para idear normativas que sean mas optimas.
Tambien puedes ver La Constitución Española y sus cambios en git

Hace 2 años | Por lectorcritico a github.com

El proyecto que nos permite colaborar en una nueva Carta Magna en GitLab: Rux / Proyecto Nueva Constitucion Espanola S.XXI · GitLab
Hace 2 años | Por lectorcritico a gitlab.com

#103 Hay una señal que te obliga a usar el carril bici pero normalmente no es obligatorio usarlo. Yo no la he visto nunca en vivo.
#64 Mi coche se movio dentro del garaje y me tuve que meter arrastras porque la batiente no abria mas si fuese una furgo no podria entrar.

Priorat

#10 Si, suelen ser benevolentes en ese caso. Pero para circular tienes que tener el permiso dr circulación vigente. Si no tienes permiso de circulación vigente, no puedes circular. Y el permiso no está vigente si tiene la ITV caducada.

Asi que es cierto, pero si vas a la ITV no suelen multar.

Penetrator

#13 No es que sean benevolentes, es que la normativa lo contempla. Aunque tu coche tenga la ITV caducada, puede circular para ir al taller o a la ITV de forma legal.

D

#10 Tampoco te multan si justificas que vas al taller para solucionar el problema que te impidió pasar la ITV.

W

#10 Pues a un conocido le multaron y eso que fue a preguntar a la policía por adelantado. Y luego le denegaron el recurso.

Darguilo

#10 Te pueden multar hasta en la entrada o salida de la ITV, otra cosa es que fueran benevolentes contigo. Puedes pasar la ITV antes que caduque y así tienes más margen para subsanar el error con la ITV vigente, he visto multas de ITV al día siguiente de caducar y teniendo cita y todo.

sorrillo

#24 Editado: Pues no, veo que no se puede circular ni para ir a la ITV. Disculpas por dar información errónea.

i

#24 Aunque vayas antes si la revisión no es favorable deja de estar vigente, te ponen sello de no superado, da igual que te hayas adelantado a hacer la revisión.

E

#51 bueno, así solamente te pueden multar a la vuelta, no a la ida y a la vuelta.

o

#10 si cuando mueves el vehículo, la ITV ha caducado, puedes ser denunciado independientemente de que vaya en ese momento a pasarla.
Y digo puede, porque ya depende de quien te pare.

D

#10 Que hagan la vista gorda no significa que no se pueda.
Y lo tienen tan fácil como montar controles en la ruta a una ITV.
Pero aquí, si no es un radar o una cámara no se hace.

D

#10 No te multan porque no quieren. Igual que si vas y no la pasas por alguna cosa no tienes a la guardia civil en la puerta esperando a que te lleves el coche en una plataforma porque sin ITV no puedes circular.

j

#46 De la misma forma. No se podría multar a una persona que conduzca sin carnet o que esté ebrio.

DangiAll

#10 Y para ir al taller.

T

#7 Siempre puedes llamar a una grúa que te lo lleve.

W

#7 Puede haber caducado después de haber sido aparcado y llevarse luego hasta allí en grúa. De hecho si un coche lo ven muy mal tienes que sacarlo en grúa de la ITV.

D

#7 Puede ir a la ITV en grúa.
También se le tiene que multar cuando va en la grúa? O llevas la ITV al coche???
Pues lo de estar en la calle lo mismo.

MoneyTalks

#7 Claro,.. las gruas no existen.

trivi

#7 existen las grúas

DarthMatter

#12 Existe otra posibilidad, y es que un grupito de gamberros fortachones hayan girado 180º el vehículo.

Ya se que suena improbable, pero no imposible. De hecho yo he visto hacerlo al menos en dos ocasiones:

- La primera fue en 7º u 8º de E.G.B.: El autobús escolar se averió en el aparcamiento del colegio y el coche de una maestra muy maja quedó bloqueado y sin poder salir. Así que entre 7 u 8 alumnos fortachones agarraron al unísono el vehículo por los faldones de las ruedas y, a base de pequeños levantamientos y jalones coordinados, giraron el pequeño utilitario unos 90º en cuestión de segundos.

- La segunda la recuerdo más borrosa. Fue durante una noche de parranda. Y tres cuartos de lo mismo: entre 5 ó 6 amigos muy chistosos (y un pelín garrulos) decidieron gastarle una broma a otro amigo común, y le dejaron el coche girado casi 180º.

E

#73 por eso te multan directamente por tener el coche estacionado en el sentido opuesto a la marcha... Lo mismo te puede pasar si te mueven el coche y lo dejan en una acera o en medio de un carril, tú no tienes culpa pero como propietario del vehículo te la comes igual.

MoneyTalks

#4 Que peligro hay si no se mueve de que tenga un accidente?

jacktorrance

#74 digo yo que en algún momento lo deberá mover, tampoco me parece que la vía pública se deba convertir en el cementerio automóvil de cada uno. Para eso existe el desguace.

MoneyTalks

#76 Y no puede tener que llevarlo al taller en grua y que este esperando una pieza? .. o mil motivos, yo por ejemplo estoy fuera largas temporadas. No entiendo como se defienden estas burradas por los mismos que pueden sufrirlas, yo flipo.

jacktorrance

#80 y ese tiempo de demora se convierte en 5 meses o en 20 años? Porque tampoco me parece justo que el resto de usuarios no tengamos sitio donde aparcar porque a uno le sale de las pelotas tener el coche abandonado hasta que llegue una pieza. Ya llevo años con diferentes coches, se pasa la itv y arreando. Que nadie tiene que aguantar las gilipolleces del prójimo. O tu coche la pasa o no, y si es no, lo llevas a una nave industrial y nos ahorras al resto las gilipolleces del coche importado. Y si no puedes pagar el mantenimiento, lo mismo. Al desguace

MoneyTalks

#99 No te enteras,..

D

#4 No debería.

Si pago un impuesto de circulación debo de tener derecho a usar la vía pública.

j

#79 el impuesto que pagas ni se llama así ni lo pagas para eso

buscoinfo

#4 No, te lo está diciendo el juez y si lees la noticia lo verás:

En la vigente Ley de Seguridad Vial no está tipificado como infracción el hecho de no someter un vehículo a la ITV en el plazo debido, sino circular sin ella

Aokromes

#81 ya, pero en cambio la mayoria de las ciudades te multan si dejas el coche en el mismo sitio depende de cual de 7 a 30 dias, asi que o lo multan por estar en el sitio demasiado tiempo o por moverlo sin itv lol

DangiAll

#4 No, la ITV la necesitas para circular no para estar aparcado.
Y si pagas el IVTM tienes derecho a aparcar en la calle.

ipanies

Se añade "ocupar vía publica" a la ley y palante!!! Ya podrían ser un poco mas cuidadosos los legisladores joder!!!

T

#14 Y viceversa, por si quieres "empapelar" a alguien.

l

#14 #61 Si pudiesemos elegir a los jueces democraticamente, la interpretacion de los jueces se desviaria hacia el bien de la mayoria, pero como la separacion de poderes es escasa, favoreceran a los que los eligen que no seran los ciudadanos sino a los politicos.

#38 profesionales del derecho y no por cantamañanas que no saben ni escribir.
La mayoria de los politicos han estudiado derecho, pero seria bueno que hubiesen ejercido para estar en contacto con los problemas de la gente.
#55 No se si los listados de leyes chorra son reales, pero los que has puesto son chorradas mas que demasiado especificos. En Fracia o paris, hasta 2006 estaba prohibido que las mujeres llevaran falda. Aunque casi nadie lo sabia.
Se deberi hacer procesos de limpia de leyes obsoletas, incluido llevar peluca en los juicios (obligatorio hace unos años en ¿UK? y cosas asi.
Hay cosas demasiado restrictivas. Por ejemplo un poli no puede usar un palo para defenderse y puede mejor que el arma en algunos casos. En Plaza Sol, un suicida con un cuchillo se iba contra los policias, al usar un pistola la bala rebotó y le dio a ojo a un ciudadano. La pistola no era disuasoria porque pedia que lo matasen.
Un palo podria ser efectivo, poco letal y poco peligrosa para la genete de alrededor.

M

#38 De acuerdo, aunque tampoco una excesiva especificación tiene que ser algo bueno. Será por noticias de meneame en el que en USA, no se qué estado no te permite ir a caballo con pijama los martes por la tarde, ni lavarte los dientes mirando a la ventana de 10 a 12 y chorradas así. Pero cualquier mejora es bienvenida, desdeluego. Sobretodo en las leyes para controlar a los de arriba...

P

#55 >> no se qué estado no te permite ir a caballo con pijama los martes por la tarde

Quizá no sepas que en la provincia de Huesca la ley prohibe bañar mapaches en la bañera de tu casa los días de fiesta. ¿No lo sabías? Pues es así. Porque la ley prohíbe que tengas especies exóticas en tu casa y el supuesto descrito entra en lo que la ley prohíbe. Y eso cuando las supuestas leyes no son directamente inventadas.

El problema en España es grave. La población no tiene mentalidad legal. No hay más que ver este tema donde cada uno opina lo que a él le parece debería ser pero si fueran americanos estarían opinando sobre si la decisión del juez se ajusta a la ley y, aparte, sobre si se debería cambiar la ley. En España la población está a años luz de estas distinciones.

Además, no tenemos una tradición y trayectoria sino que cambiamos de régimen cada pocas décadas y todo empieza desde cero. En el mundo anglosajón hay una trayectoria larguísima y cada juez intenta ajustarse al precedente de modo que es una cadena continuada durante siglos que se ha ido puliendo cada vez más fino.

Ves las leyes, los procedimientos, todo, está milimetrado. Las leyes son claras pero a la vez se engloban en principios generales aceptados.

En España nadie sabe exactamente sus derechos ni sus obligaciones y cualquier caso depende del punto de vista del juez más que del texto de la ley. En este caso el juez dice que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica" pero en qué se basa para decir eso si hasta ahora los demás jueces no lo interpretaban así? Porque lo fundamental de la ley es que sea clara y su interpretación predecible porque en caso contrario nos encontramos en la oscuridad legal. Los españoles nos movemos en un limbo de leyes confusas que además no se cumplen y que ni los jueces saben interpretar de forma consistente.

Hay un hilo hablando del derecho de admisión en restaurante y otros establecimientos en España. Este es un tema donde cada juez dirá lo que le parezca porque la ley es una mierda.

Yo te puedo resumir la ley correspondiente en Estados Unidos en cuatro palabras. No cabe duda de que después habrá muchísimos detalles para litigar pero la base es que (1) cualquier propietario de local o negocio o propiedad particular (2) puede prohibir la entrada o pedir el abandono de cualquier persona (3) sin necesidad de aducir motivo alguno (4) excepto que no puede hacerlo por motivo que esté expresamente prohibido por ley (4a) como es por motivos de discriminación contra grupos expresamente protegidos lo cual incluye discriminación por motivos de raza, sexo, religión, origen nacional, etc. Así de sencillo. Si te dicen que no te quieren te tienes que ir y si te niegas llaman a la policía y te acusan de "trespass". Si puedes demostrar que la motivación es por raza, religión u otra clase protegida entonces los tribunales te darán la razón.

Fijate que estoy hablando de un país con cincuenta estados, cada uno con sus leyes, pero con todas las diferencias entre estados hay más uniformidad y claridad y conocimiento que en España. donde nadie tiene ni puñetera idea de la ley y además da igual porque la ley no es lo que regula la vida diaria.

La ley para que sea útil tiene que ser conocida y entendida. En España todos vivimos en una nube de confusión y cuando te quieren pillar te pillan porque todos estamos incumpliendo mil cosas a las que nadie da importancia hasta que te quieren pillar.

Yo soy un gran admirador del sistema legal y judicial anglosajón.

desdeluego

#38 ¿Por qué debería ser obligatorio circular por el carril bici? En demasiadas situaciones no tiene sentido entenderlo así.

Es la ventaja de un sistema legal más holgado, que se adecúa mejor a las particularidades de cada caso. La excesiva claridad puede ser también un inconveniente.

LeDYoM

#9

editado:
Tontería mía.

a

#28 lo puedes llevar remolcado con una grúa.

sorrillo

#30 No hace falta ni eso.

Un vehículo sin la ITV puede circular legalmente mientras únicamente se esté desplazando hacia la ITV más cercana. Basta con disponer de la cita previa para demostrar fácilmente que ese era el motivo del desplazamiento.

El resto (impuestos, seguro, etc.) es administrativo, el vehículo no necesita moverse para obtenerlo.

hasta_los_cojones

#31 supongo que depende de si la tiene caducada recientemente, o si no la he pasado de forma leve o grave

sorrillo

#31 Fe de erratas: Pues no, veo que no se puede circular ni para ir a la ITV. Disculpas por dar información errónea.

c/c #30 #33

sonixx

#36 como? Tenía entendido que si se podía circular con la itv caducada, solo en el caso que sea el trayecto directo a la itv, incluido en el caso, de taller a itv, en caso que haya salido no favorable, aunque dependiendo de los puntos que no hayas pasado pueden obligarte a tirar de grúa para llevarlo al taller y ya del taller una vez arreglado puedes circular hasta la itv

i

#31 No siempre.Hace poco pase la ITV, tenia una falta leve, eso solo me permitia circular con el coche para ir al taller , areglar el problema y volver a hacer la ITV.Pero si tienes una falta grave , no puedes circular ni para llevarlo al Taller , lo tiene que llevar la grua , totalmente prohibido circular.

C

#9 estoy contigo.
Yo mi scooter aparcada, le quite el seguro porque la tenía gripada (averiada para tirar) y un buena mañana, cartita:1500eu de multa...
Es normal?

j

#40 No es normal.
1) 1500€ es para un automóvil (permiso B) CIRCULANDO.
2) A tí te llegaría 650€ si se necesita el AM o de 700€ si se necesita A1,A2 o A; que pronto pago se queda en la mitad, ya que está ESTACIONADA.

PD: no confundáis a la gente...

C

#56 que no que no, que con una scooter 125 en Barcelona me llegaron 1500

m

#40 te explico mi caso. Mi coche aparcado en la puerta del trabajo. Una moto (sin seguro) aparcada delante de mi coche (llevaba tiempo viéndola ahí), pues un coche tiró esa moto al suelo, el manillar le dió al paragolpes delantero de mi coche y le hizo un agujero.

El tipo se piró y no pude pillarle la matrícula (me avisaron los del restaurante que hay al lado del trabajo). Resultado, al de la moto se la suda, el del coche se piró y mi coche lleva un agujero en el paragolpes que cabe casi la mano.

Vehículo en la vía pública, asegurado. Lo siento si no lo puedes pagar, te llevas tu scooter a tu campo, garaje, finca, balcón de tu casa, y lo guardas ahí.

baraja

#9 Un vehículo en un garaje no debería poder ser sancionado por no haber pasado la ITV ni no tener seguro ni nada de nada, no debería pagar ningún impuesto de hecho.

Efectivamente, un vehículo en un garaje no tiene que pagar nada siempre y cuando lo des de baja en Tráfico. Otra cosa es que no lo des de baja y creas que no tienes que pagar nada.

https://motor.elpais.com/conducir/mi-coche-no-se-mueve-sin-seguro/

D

#52 el problema del seguro en un garage es que se pegue fuego el coche y no te paguen nada, aunque sin itv hasta los seguros te buscan las vueltas para no pagar nada

baraja

#60 o que atropelles a alguien en un garaje, que es algo más común de lo que la gente cree

Es una buena forma de arruinarse para toda la vida tener que hacer frente a los gastos de un accidente causado por un coche sin seguro.

D

#64 pues también. No habia pensado en eso

sonixx

#9 sin saber, casi seguro que el vehículo no paga el impuesto de circulación, sin el si puedes multarte por ocupar la vía pública, pero la itv te pueden multar si no la tienes pero si te pillan circulando. O eso tenía yo entendido.
No se si la autoridad puede ver con la misma facilidad la itv que el impuesto de circulación.

ahotsa

#9 Eso ya está previsto, Se llama baja temporal y lo puedes dejar en un garaje

C

#86 correcto, y no por darle la.baja temporal 1500eu. Dicen que se le puede caer a un niño encima y que por eso es necesario el seguro. Ahora bien, con la baja temporal ya no es necesario, ya que el niño lo sabe y no pasa cerca de mi moto

s

#3 Claro, el seguro y el impuesto de circulación es un donativo para los pobres.

o

#3 es que la la norma sanciona el no haber presentado el coche a la ITV. No dice nada de circular con él.

sonixx

#3 tengo curiosidad si el resto de impuestos lo tiene pagados, que por ahí si te pueden multar y retirar el vehículo

D
D

roll

o

"No haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentariamente".
Esto es lo que dice el reglamento general de vehículos. No hace alusión en ningún momento a circular.

Pancar

#32 Eso es lo que de apuntó en la denuncia, en el Reglamento General de Vehículos y no he vi esa frase. Además tampoco veo ningún régimen sancionador ya que remite a la Ley de Circulación donde sí alude a circular en la tipificación de las sanciones:
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.

o

#49 tienes razón, en el RGV no viene con esas palabras. Las que mencioné están publicadas en el codificado que publica la DGT cada año en la que incluye la descripción de cada infracción, artículo, apartado, cuantía de la sanción, puntos a detraer...

Como bien pone otro meneante ( #32 ), la norma establece:
"No haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentariamente". No dice nada de circular.
Si no puede el propietario pagar la reparación para poder pasar la inspección o incluso la propia inspección, tiene un trámite sencillo que es la baja temporal del vehículo. Luego que deposite el vehículo en un lugar que no se considere vía pública, y en el que tenga autorización, haciéndose cargo de que no se convierta en residuo. Hay opciones. Pero para qué andar dándole vueltas, si lo puedes dejar donde sea y luego el juez te lo afina...

D

#32 No he encontrado tal cosa ni en la ley de circulación ni en el reglamento. Además , si en la Ley no lleva aparejado sanción un reglamento no tiene potestad para imponerla, es ilegal

baraja

Me parece correcto si se le pone un cepo que implique que, para moverlo, tenga que venir una grúa que lo lleve al desguace o a pasar la ITV.

ur_quan_master

#42 te sorprenderías.

D

#97 ¿de los que están así irregularmente o de los que pillan en esas circunstancias y son multados?

Lo primero no mucho, lo segundo… un poco si que me sorprendería.

D

Muy bien por el juez, de igual modo que no te pueden multar por circular para ir al taller o ir a pasar la ITV cuando la tienes caducada o no has conseguido pasarla, no tiene ningún sentido que te sancionen por tener la ITV caducada si no estás circulando.

p

"el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica"

¡Ah! Que un vehículo estacionado en la vía pública no ha circulado ni circulará... pues vale, circulen, aquí no pasa nada. lol

danymuck

#16 Ha circulado para volver de la ITV, algo que si está permitido, igual que moverlo para ir a la ITV. A ver si nos leemos los papeles que nos da la ITV cuando vamos a la inspección, eh

D

#20 No, a ver si se acuerdan del carnet de conducir.

Razorworks

#16 Salvo que la ITV sea negativa, que en ese caso el coche tiene que irse de allí en una grua, si el resultado es desfavorable el vehículo si tiene permitido circular SOLO para los trayectos indispensables para efectuar la reparación (es decir, de la ITV al taller). Por supuesto, si en el taller no te lo pueden arreglar sobre la marcha pues es posible que te tengas que llevar tu coche y volver mañana. Todo eso, siempre que vayas acompañado del papel que te da la ITV, no es sancionable.

También hay que ver cuánto lleva el vehículo sin ITV. No es lo mismo uno que lleve una semana que uno que lleve 8 meses. En cualquier caso, hay que ver cómo llegó el vehículo al sitio donde está estacionado, porque puede que se haya movido en una grúa, en cuyo caso tampoco podrías sancionarlo por "circular" sin ITV.

Hay mucho afán recaudatorio. Como lo de no poder tener un coche sin seguro incluso si lo tienes estacionado en un garaje…

buscoinfo

#16 Pudo haber circulado hasta el aparcamiento cuando aún tenía la ITV vigente. Aún así, como la policía no lo ha visto circulando sin la ITV, el cómo llegó hasta allí es irrelevante.

T

Pues sin seguro, ni eso, salvo que lo tengas en tu propio terreno, ni siquiera en parking.

ayatolah

Pasar la ITV tiene como justificación inicial un control mínimo de que los vehículos sean seguros.
Un vehículo aparcado en la vía pública puede representar también un peligro (imaginemos fallo de frenos en una cuesta abajo, una arista saliente que pueda dañar a alguien que pase entre dos coches, un sistema eléctrico deficiente que pueda provocar incendio, fugas de aceites que contaminen o representen un peligro de deslizamiento en la calzada, sistemas antihurto/antirrobo que eviten que un tercero haga el cabra si coge el vehículo -en motos lo miran mucho-...). La ITV no garantizaría que todo eso no pudiese pasar a un vehículo aparcado sin ITV, al igual que no garantiza que no le ocurra de un momento para otro a un vehículo en regla; pero no dejaría de ser una actividad preventiva en todos los casos, por eso me parecería normal que los vehículos en espacios públicos, tuviesen que tener la ITV al día.

Otra cosa ya es que la ausencia de ITV positiva en un vehículo aparcado en vía pública esté recogida en la normativa, ahí el juez no tendría mucho que decir.

D

Muchos ponéis que se puede ir al taller oa la ITV.
Y no es así exactamente, solo en el caso de ITV DESFAVORABLE puedes hacerlo.
Con una ITV NEGATIVA no puedes circular, de hecho queda inmovilizado en la propia ITV, y solo se permite el movimiento con grúa.

e

Aunque tenga algún fallo mecánico por el que no puede ir a pasar la ITV, evidentemente de alguna manera ha llegado desde el taller hasta el aparcamiento.

Los únicos vehículos no obligados a pasar la ITV son aquellos que están en una propiedad del dueño, sea un garaje o una finca. Por ejemplo, puedes tener un vehículo que se caiga a cachos pero te sirva para llevar pacas de paja desde tu pajar a una nave o al campo. Si en el recorrido nunca sales de tu propiedad, no es necesario que pases nunca la ITV.

D

#8 Eso no es del todo correcto, un vehículo en una finca no tendrá que pasar la itv ni tener seguro siempre que no esté matriculado y de alta, si lo está tiene que pasar itv y tener seguro.

Otra cosa es que en esas condiciones vayan a multar al vehículo, que es más bien dudoso porque no van a ir a eso expresamente.

Putin.es.tu.papa

¿Donde estaba estacionado?
Si es en la vía pública, ¿no se considera que esta haciendo uso de ella y por ende es un vehículo que está en tránsito? Ya que... ¿Como llego ahí?

buscoinfo

#26 ¿no se considera que esta haciendo uso de ella y por ende es un vehículo que está en tránsito? Ya que... ¿Como llego ahí?

Si está aparcado no está circulando, y eso no cambia esté donde esté.
En cuanto al cómo llegó hasta ahí, si no lo ven circular con el coche, no le pueden acusar de circular con el coche. ¿Tan impensable es que lo haya llevado una grúa?

Putin.es.tu.papa

#96 ¿entonces el coche estaba detenido/estacionado en la grúa mientras lo dejaban en la acera?
Ya que nos ponemos finos... En el momento que el coche fue bajado de la grúa tuvo que generarse en el coche un momento de circulación sobre la vía.

Me estás diciendo que si no se sabe como llegó ese coche ahí quiere decir que podemos también dar por válido que lleguó por teletransportacion.

jmboris

Pere Navarro ... chupate esta !

a

La ITV se supone que es para vehículos que están circulando, para prevenir accidentes. Pero cuando la norma se torna en recaudación de impuestos pasan estas cosas.

i

no, en el momento que la pasas y no te es favorable , no la vuelves a tener en vigor hasta que te es favorable.Da igual cuando pases tienes un para solucionarlo y hasta que lo soluciones tienes la ITV caducada.

j

Es que sin ITV no debieran de estar estacionados. Algo tendrá que hacer el Juez.

Un burro tampoco tiene la ITV pero ocupa sitio.

Los jueces son bilingües (perdón bisentencias) Cada cual habla su idioma y todo permitido.

D

#35 No entendeis , el juez explico que se puede multar por circular sin ITV ( lo dice la ley ..) aparcado no necesita ITV
no v entrar en mas detalles , si esperaba reparlo o lo que sea , solo se multa si circula ...

D

#35 El juez no tiene que hacer nada, tiene que aplicar lo que dice la ley. No se puede sancionar algo que no está especificado. Es el principio de tipicidad del delito.

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