Hace 6 años | Por Elwing a sportyou.es
Publicado hace 6 años por Elwing a sportyou.es

Robinho, futbolista brasileño y exjugador del Real Madrid, Manchester City y Milan ha sido condenado a nueve años de cárcel por un tribunal de Milán, según informa el diario italiano 'La Stamapa'. El tribunal dirigido por Mariolina Panasiti ha dictado sentencia contra el jugador por asaltar sexualmente junto con otros cinco hombres a una mujer albanesa de 22 años en un club nocturno el pasado 22 de enero de 2013. Los hechos tuvieron lugar cuando militaba en las filas del AC Milan, equipo por el que fichó en 2010.

Comentarios

Trigonometrico

Vaya, se ha colado una noticia de balompié en Menéame, y llegó a portada.

PS: no encuentro emoticono para esto.

editado:

cc. #5 #6

teseo

#8 Y enlazando a AEDE. ¡Entró con ganas!

e

#6 #8 #15 no os enteráis. Lo que es noticia es que un colectivo intocable deje de ser inmune. ¿Qué me pasaría a mi como ciudadano medio pringado si me doy a la fuga como James?

sonixx

#44 intocable ? Creo que esto solo es morboso, de intocable nada

D

#8 balón-a-pie. El Foot del nombre de este deporte, el "fútbol Asociación" (fiFA, ueFA), viene del hecho de no ir a caballo, no de usar los pies

Trigonometrico

#62 No creo que vayamos a conseguir que se tenga en cuenta el origen de la palabra a la hora de usar el nombre adaptado de la palabra inglesa.

http://dle.rae.es/?id=4uYBXPz

sonixx

#6 a ver, esto no es fútbol.
A lo máximo, morbo, de eso menéame va sobrado.

m

#6 realmente no hay fútbol en menéame. se supone que hay un individuo violador (que es futbolista igual que podría ser panadero)

tul

#32 armate de paciencia que queda boikot para rato.

D

#35 AEDE está todavía por enviar la factura a Menéame
Ya la ha enviado, bocachancla:
CEDRO envía su primer aviso a Menéame para que pague el canon AEDE

Hace 6 años | Por verocla a eldiario.es

CC #39 #73

Bernard

¿Hay convenio de extradición entre Brasil e Italia? Esa es la pregunta... Porque él no está en Italia.

D

La verdad es que me sorprende no haber oído nada de este caso, y mira que creo que la semana pasada vi precisamente una entrevista a este jugador.

L

#61 Creo que estás confundida.
Lo he buscado, por si me he colado, pero creo que no:
Artículo 179

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html

Es posible, aún así, que no esté interpretándolo bien.
Pero es que en este caso, la cogieron cuando estaba inconsciente y la violaron entre 5. No han tenido que ejercer una violencia extrema contra ella, si estaba inconsciente y no podía ni resistirse.

thingoldedoriath

#64 El Código Penal... no es un compendio en el que puedas tomar los artículos e interpretarlos por separado. Por eso existe una carrera de derecho

El art. 179 no puedes tomarlo separado del art. 178...

El art. 179 "añade elementos o agravantes" al art.178; o dicho de otra forma: "el art.179 "contiene" el art. 178.
Los dos se refieren a "agresiones sexuales" en grados diferentes y con peticiones de penas diferentes.

Pero el texto del art.179 por si solo: "Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años"; si quitamos la parte "agresión sexual", que es la que tipifica el art.178, no tendría sentido...

Intenta imaginarte como definiríamos un "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías"... si no se añade el contenido del art.178 "El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años". Que sería un acceso carnal sin violencia o intimidación??

Pues una simple relación sexual!! o un abuso sexual (que están en otros artículos del CP en los que no se contempla violencia o intimidación).

Artículo 181

1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.

4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

Si te fijas en el punto 4 del art.181, encontrarás que la redacción es casi la misma que la del art.179 que tu recoges!! pero en ese punto ya dice: "En todos los casos anteriores"!! para que no puedas interpretarlo en solitario...

Como ves, en el art.181 no se contempla la violencia o intimidación. En el punto 1 las penas comienzan en "de uno a tres años"... se mantienen en el punto 2 y en el 3!! aunque especifica que tiene que darse el contenido del punto 1 más los elementos del 2: "personas sin sentido, trastorno mental, drogas, fármacos u otro tipo de sustancias..." y del tres: "superioridad", es decir, que el abusador sea, abuelo, padre, maestro, sacerdote, jefe, empresario... o cualquier otro elemento de autoridad o confianza; que infrinja en la víctima un temor (a perder el cariño, a no ser creída, a ser despedida, a ser marcada por la sociedad) que no le permita ejercer la libertad de negarse o denunciar el abuso de poder...

Y solo en el punto 4 la pena se ve muy aumentada (de cuatro a diez años), para distinguirla bien de los tocamientos, felaciones (que como ves no se consideran como las otras penetraciones...). Se aumenta porque existe "penetración" por vía vaginal o anal!! y la pena se acerca a la que se pide por violación (de seis a doce años); pero se queda ahí porque no existe violencia o intimidación (se refiere a intimidación real, amenazas con armas... no a que la víctima se sienta intimidada por el cargo, autoridad o superioridad del abusador.

No se si lo he explicado bien o te he liado más...

Saludos cordiales

L

#66 Gracias. No, no me has liado, me has aclarado más.
Ya dije que podía estar interpretándolo mal, porque como has dicho, es muy difícil leer algo fuera de su contexto y entenderlo bien.

Pero entonces en este caso no están condenados por violación, sino por abuso sexual con penetración ¿no?
La persona estaba inconsciente y no se pudo resistir, no hubo (o no necesariamente hubo) violencia.
(La pena de 9 años está tanto dentro del rango de 4-10 como del de 6-12).

thingoldedoriath

#67 No se lo que puede pasar en el caso de los Sanfermines, porque todavía no han acabado ni las declaraciones de peritos, psicólogos, policías, forense... desconozco si se ha hablado ya del uso de "drogas" por parte de los acusados o si se hablará, aún quedan días de juicio. Tampoco conozco el contenido de ese vídeo de minuto y medio.

Si he de tener en cuenta lo poco que conozco de las declaraciones de la chica, y algo más que se ha hecho público de las declaraciones de los cinco acusados; la petición de la fiscal y las acusaciones particulares (creo que sigue en veinte años, por algunos agravantes y por la sustracción del móvil de la chica); creo que si no se puede probar el uso de violencia o intimidación (reales), ninguno será condenado por violación.
Pero... no creo que todos se libren de condenas por abusos sexuales, algunos de ellos con los agravantes por penetración vaginal y anal.

Algunos de los acusados parece que se dedicaron a grabar "la hazaña" y poco más, puede que estos sean condenados de uno a tres años de prisión por "abusos sexuales". Los que perpetraron las penetraciones por vía vagina y/o anal, son los que como poco alcanzarán cuatro, cinco o seis años... y esto para el guardia civil y para el militar, puede acarrear la expulsión de sus empleos!! se trata de funcionarios públicos que además de las penas que les puedan caer en este juicio, tendrán que afrontar los expedientes de régimen interno y, como digo, expulsados...

Uno de lo abogados es bastante bueno, pero... la presión de los medios de comunicación sobre este caso ha sido constante durante el tiempo que los acusados llevan en prisión preventiva (casi año y medio...), pesará. La repulsa social también pesa. Lo de cinco varones y una mujer va muy en contra de ellos. Y menos mal que no están siendo juzgados por un jurado popular!!

Los magistrados que están juzgando, tendrán que intentar abstraerse de todo lo anterior y mantener la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia, hasta el final de la vista (por si los recursos llegan al TEDH de Estrasburgo).
Yo creo que ninguno va a salir sin condena.

Varlak

#66 enorme comentario

thingoldedoriath

#71 Gracias Porque entre la hora a la que lo escribí y lo farragosa que resulta la redacción de un CP que aún contiene "herencias" poco comprensibles (como el hecho de no considerar las penetraciones bucales como lo que son...); temía que la explicación acabase siendo un batiburrillo.

Saludos cordiales.

Bernard

#9 El link antes era una web italiana. Un admin ha cambiado el link en italiano por un aede

sonixx

#9 hombre yo porque no miro pendientes pero el boicot a aede no trae nada bueno, la menearía

m
air

#19 Me hace gracia la hipocresía que tenéis algunos con lo de AEDE, cuando hay varios enlaces recientes publicados que envían vídeos de los canales de Youtube de El Mundo y El País Juan Tamariz: "La contabilidad del PP es magia pero de la mala"

Hace 6 años | Por lentulo_spinthe... a youtube.com
o Ni natural, ni integral: los falsos reclamos del pan de molde
Hace 6 años | Por Quinqui a youtube.com


Y eso sin contar la copia/plagio o directamente noticias que se hacen eco de lo que ponen los malvados medios AEDE. Iros a tomar por culo con el boicot que llevamos casi 4 años con la misma cantinela y AEDE está todavía por enviar la factura a Menéame...

Nova6K0

#35 Iros a tomar por culo con el boicot que llevamos casi 4 años con la misma cantinela y AEDE está todavía por enviar la factura a Menéame...

Con ese pedazo argumento habrás convencido a muchas personas de que dejen (dejemos el boicot, o el no votar noticias de AEDE, en mi caso).

Para mí es muy fácil, cualquier ley que ponga en peligro los derechos de todos, para proteger a unos pocos, que permita la violación de derechos como la libertad de expresión e información, de la privacidad e intimidad,... solo para proteger un modelo de negocio, o a esos pocos en general. La mera proposición ya es suficiente, aunque luego la retiren. Porque si la retiran no es por voluntad propia sino por la presión social y eso a mí no me vale y no soy el único que piensa así.

Sobre el tema de Youtube y en relación al boicot, si yo se que un video es de AEDE o de un medio AEDE no lo veo, simplemente y si encima el medio tiene un canal, y va directo a ese canal, mucho menos.

Y con lo de copia/plagio me imagino que te refieres a cuando copian los de AMI/AEDE a las agencias de noticias, que no es la primera vez, por cierto.

Salu2

Frederic_Bourdin

#9 Ni lo sé ni me importa. Hasta los cojones ya de tanta tontería.

P

El triatleta a la trena.

P

#4 ya no me acordaba de esto, corre, hace bicicletas y al final, nada.

superplinio

#25 Eso es una triatlón marcha atrás... lol

Charles_Dexter_Ward

Esto aleja a Robinho del Barça, supongo.

D

#7 Y lleno de nuevos catalanes muslinos.

y

La noticia no entra en ningún tipo de detalles pero, ¿se va a un "club nocturno" (un puti, vamos) a violar a una chica que se puede tirar pagando? Si es así, desde luego es imbécil, además de un avaro y un violador.

B

#10 se supone que es una discoteca

y

#20 me temo que en este caso no.

B

#38 No sé, yo no he visto que lo traten como si fuera un puticlub en ninguna noticia.
Aquí dicen específicamente discoteca:
http://www.marca.com/futbol/futbol-internacional/2017/11/23/5a17082fca4741a3198b4607.html
https://elpais.com/deportes/2017/11/23/actualidad/1511457555_262473.html

¿Dónde has visto que se hable de un puticlub?

p

#24 Mu bien explicado

thingoldedoriath

#24 Me acaban de venir a la mente "otros cinco" que están siendo juzgados porque también creían que tenían derecho a montar una orgía en un portal con una chica que no era prostituta... ya veremos si con el concurso de alguna droga o no. Ya veremos como manejan los magistrados eso del "consentimiento implícito".
Pero ellos parece que creyeron que lo que estaban haciendo era de lo más habitual en las fiestas multitudinarias...

Lo de la "sensación de poder" parece que a algunos les pone demasiado. Sí.

D

#24 o que te ofrecan 1000€ por los 5 y digas que no y te violen y luego te pagen...., como las de torbe y los otros futbolistas que hemos olvidado....

Uralekt

#10 Un club nocturno es una discoteca cualquiera en casi todo el mundo. En España lo de "club" tiene algunas connotaciones precisamente por los "puticlubs", pero es una cosa que se está perdiendo. La gente más joven no hace esa asociación.

F

#10 Se fue sin pagar, que listos son algunos.

Siete_de_picas

#10 Los futbolistas no destacan precisamente por su inteligencia.

H

#10 no creo que sea por dinero si no por la sensación de poder

Varlak

#10 Un club nocturno es una discoteca

D

* La Stampa

D

Su culo va a ser la nueva portería

D

Editado.

a

Cambiado enlace a petición de #0

D

Qué cosas aprendió por Madrit lol

Que culpa tendrán real Madrid y Milán para que ponga el nombre en el titular.

BM75

#52 Es información para facilitar que el lector recuerde quién es el jugador.
¿"Una persona viola a una persona" sería mejor titular?

D

Lo que me deja alucinado es que estes en juicios por un delito que conlleva prisión y te dejen irte. del país.

TarekJor

No TODO, está permitido, ni cuando uno es rico (más importante es la idea de Justicia), no conozco el caso, pero si hay una resolución judicial, y Robinho es culpable, que pague por lo que hizo, y que aproveche el tiempo en la Biblioteca de la cárcel, para aprender algo, y esperemos que le haga pensar y recapacitar.

LokoGz

Está bien el título?

ewok

#12 Se pondría poner "nueve" en vez de 9, pero no le veo más pegas... ¿Por qué lo preguntas?

D

#16 Alguna coma falta por ahí, Robinho de nombre Milan, o el equipo Milan Robinho...

El exjugador de Real Madrid y Milan, Robinho, condenado a 9 años de cárcel por violación.

ewok

#21 Yo también lo pondría como tú, pero no tengo claro que sea incorrecto. Si acaso para marcar la elipsis del verbo:

El exjugador Robinho, condenado.
El exjugador Robinho ha sido condenado.

El exjugador del Real Madrid Robinho, condenado.
El exjugador de Madrid y Milan Robinho, condenado.


Etc. Cuanto más larga la frase, más confusa, eso sí.

LokoGz

#16 Era por la parte de "El exjugador de Real Madrid y Milan Robinho", no sabía que se podía escribir así.

porcorosso
D

Le ha salido mal la jugada en esta ocasión, ahora a engrosar la lista de inmigrantes violadores de Italia, 👎

D

Me gustaría saber cómo fueron los hechos y la noticia da muy pocos detalles. La velocidad con la que se amplía el concepto de violación día a día es preocupante. En breve una mirada lasciva se considerará violación.

S

#29 9 años no parece que sean por una mirada o por tocamientos...Por si se quiere ampliar la historia:

https://www.elconfidencial.com/deportes/futbol/internacional/2017-11-23/robinho-condenado-carcel-violencia-sexual_1482650/
La emborracharon y hubieron relaciones no consentidas. Pero que se quede tranqui worldrebellion, Robinho no será extraditado y las "feminazis" no se cobrarán otra víctima.

Uralekt

#26 Hombre, es una condena y de 9 años. Cierto que hay poca información, pero más que una mirada lasciva seguro.

Edito: De hecho, según #37, la emborracharon hasta dejarla casi inconsciente, la llevaron al guardarropa de la discoteca y la violaron.

volandero

#29 Un tío condenado por violación, ¿no te parece un loco al que se le fue la bola? ¿O es un convencido que se ha leído El Libro Rojo Del Patriarcado?

thingoldedoriath

#41 Pero violación es violación: acceso carnal sin el consentimiento de la persona violada.

No. Eso así como lo escribes, en el CP español, es agresión sexual.

Para que sea violación, además de eso que dices, tiene que probarse "violencia".

Y las penas son muy diferentes (aunque se dan casos de agresión sexual o incluso abusos sexuales, en los que los agravantes, aún sin violencia, pueden aumentar mucho la pena).

thingoldedoriath

#26 El concepto de violación que hay que tener en cuenta (en España) es el que aparece tipificado en el Código Penal. Todo lo demás son visiones subjetivas, interpretaciones, opiniones...

D

#26 Violación no, pero acoso sí. Deja de una vez por todas de pensar con la polla y ponte por un momento en la piel de una mujer (a ese ejercicio se le llama empatía) al que un puto cerdo la está mirando lascivamente.

En cuanto a la noticia, tío, no te das cuenta?. Sentencia en firme, 9 AÑOS

Si algunos dejais de pensar con la polla no se os va a caer el pelo de los huevos.

T

#26 Claro colega, porque como la noticia da pocos detalles, el juez tampoco tendrá detalles y le clava 9 años porque sí.

Eres tan jodidamente patético que incluso en un caso donde hay sentencia de un juez vienes a hacer tu discurso victimismo misógino.

D

A esa le ha salido bien.