Hace 5 años | Por Dravot a elespanol.com
Publicado hace 5 años por Dravot a elespanol.com

La demanda ante la Corte de Estrasburgo fue planteada por Montserrat Aumatell i Arnau, que fue designada miembro de la sindicatura electoral de Tarragona para controlar la votación secesionista. Presentó su renuncia el 22 de septiembre, nada más conocer a través del Boletín Oficial del Estado que el Tribunal Constitucional había acordado imponer multas coercitivas diarias a los miembros de las sindicaturas si tomaban posesión de esos cargos.

Comentarios

D

Estrasburgo ens roba

D

#2 oh! Pero que chorprecha!!!!!

p

#2 es lo que nos faltaba, independentistas dando por culo en España y ahora lo van a empezar a dar en el interrail wall

B

Jueces franquistas!!

J

#21 borregada meneantil: dícese de aquellos que son incapaces de entender un artículo de un medio sensacionalista y aplauden con las orejas una falacia interpretativa.

@xandosbolos no va a poner ninguna pega con seguridad

D

#25 por supuesto que no.

D

#25 reacción independista

J

#62 reacción unionista.

D

#63 Prototipo secesionista

J

#64 grupo de españoles haciendo cosas de españoles

mefistófeles

#65 ¿vosotros hacéis esas cosas? Vaya, pues muy mal, ¿eh? Eso no se hace, hombre.

posdata: os recuedo que en vuestro dni, pasaporte y demás documentación pone que sois españoles

J

#72 es como pisar una caca de perro... Haces lo que sea para quitarte la mierda.

Qué original eres cuando intentas ofender a alguien diciéndole que es español como tú... Te has planteado lo que significa eso? lol lol

mefistófeles

#73 ¿veis? No paráis de insultar al prójimo pero luego vais de pobrecitos y que catalanofobia por aquí, que catalanofobia por allí....ains...si es que...

A mí me parece muy bien que te ofenda ser español, ¡qué le vamos a hacer! Son tus sentimientos y ahí ni entro ni salgo, pero te puedo asegurar que nada más lejos de mi intención intentar ofender a nadie llamándole español. No pongas en mis letras lo que no he escrito, ni insinuado.

De todos modos, te recuerdo, puedes renunciar a la nacionalidad española

J

#74 venga, a pastar, muy español, que estoy ocupado limpiandome el zapato kiss

LarryWalters

Resumen: según Estrasburgo no se cercenaron los derechos fundamentales. Los artículos alegados eran el 6, 7 y 13 (derecho a juicio justo, pena sin ley y derecho de recurso) y el 14 (prohibición de la discriminación), descartando este último la persecución política.

D

#13 ¿Qué has leído tú? Goto #27

P

#44 La Corte europea recuerda, en primer lugar, que, a diferencia de Aumatell, otros miembros de las sindicaturas interpusieron un recurso contra la imposición de la multa. El TC contestó "detalladamene a todas sus quejas". El TEDH considera, por ello, que la demandante no agotó todas las instancias internas contra la decisión de la que se queja.

P

#50 Te daré la razón si no admiten a trámite las denuncias de los demás demandantes que si han recurrido al TC, de momento lo tuyo es solo opinión y propaganda.

D

#53 "si no admiten a trámite otras demandas sobre otros temas te doy la razón en este tema"

Vaya nivel.

mefistófeles

#49 Jo...cómo obviais lo que no os interesa, no sé si por politiqueo o por ceguera:

Más allá de las cuestiones formales, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos analiza el papel del TC como órgano ejecutor de sus decisiones.

Pero bueno, quien no se consuela es porque no quiere, está claro.

D

#70 Si que me la leí y #27 te lo pone claro.

Hay que leerlo todo hombre.

D

#11 eso que comentas solo es una pequeña parte del todo con la que te quedas intencionadamente, ignorando todo lo demás.

D

#11 no discrepas, manipulas omitiendo la mayor parte del dictamen.

D

#11 de hecho, leyendo la sentencia https://hudoc.echr.coe.int/eng#

No la rechaza por agotar recursos, habla sobre ello, pero no acaba de resolver el fondo de la cuestión porque todos los puntos de la demanda caen por su propio peso:

"46. Cependant, outre le fait que la requérante allègue ne pas avoir été personnellement notifiée de la décision du 20 septembre et, par conséquent, ne pas avoir pu présenter des allégations à son encontre, la Cour n’estime pas nécessaire de se pencher plus en avant sur la question relative à l’épuisement des voies de recours par la requérante, dans la mesure où la requête se heurte à un autre motif d’irrecevabilité."

"46. Sin embargo, además del hecho de que la demandante alega que no fue notificada personalmente de la decisión del 20 de septiembre y, por lo tanto, no pudo haber formulado ninguna denuncia contra ella, el Tribunal no considera necesario seguir examinando sobre la cuestión del agotamiento de los recursos por parte del solicitante, en la medida en que la solicitud se enfrenta a otro motivo de inadmisibilidad."

Se pone a analizar todos los puntos de la demanda y las conclusiones son las mismas:

"62. A la luz de los argumentos anteriores, esta queja debe rechazarse por ser manifiestamente infundada, de conformidad con los artículos 35, párrafos 3 y 4 de la Convención."

"69. Por lo tanto, esta parte de la solicitud debe declararse inadmisible por ser manifiestamente infundada, de conformidad con los artículos 35 y 3 de la Convención."

"73. En consecuencia, la queja del demandante debe ser rechazada por ser manifiestamente infundada, de conformidad con los artículos 35, párrafos 3 y 4 del Convenio."

"76. De ello se deduce que esta parte de la solicitud también es manifiestamente infundada y debe ser rechazada de conformidad con el artículo 35 § 3 de la Convención."

cc/ #13

Ishkar

#83 Cuando hay razón hay razón.
Aúnque que las dos partes van muy ligadas, dado que menciona el hecho de que a los que recurrieron al TC se les dio respuesta a todas las dudas y que por ende aquí se considera infundado. Gracias por expandir los detalles.

D

#6 Resumen inventado por ti. Porque no es eso lo que dice.

ﻞαʋιҽɾαẞ

El procés sigue consiguiendo apoyos, el GPP sigue su curso.

TrollHunter

#28 ¿No debería ser ya el GPPyT, o todo forma parte del plan?

ﻞαʋιҽɾαẞ

#79 El GGP solo es de Puigde, los demás actúan según él quiera mover los hilos.

TrollHunter

#80 ...esto ya está llegando a niveles de Kira o Tzeench.

D

Por lo pronto, estamos empezando a ver todas esas condenas que el TEDH iba a imponer a España. La primera, por quejarse de lo que no debe (resumen del artículo).

GatoMaula

#5 No, por no haberse quejado como debe.

x

#9 bueno, quejarse de que el Constitucional no le ha avisado y que le digan que sí, que le ha avisado, no es una cuestión de forma...

GatoMaula

#30 Ya, pero el caso es que Estrasburgo no ha entrado en el fondo del asunto por que no han llegado hasta esa fase procesal al no superar la primera criba, la que sólo examina cuestiones de forma.

GatoMaula

#51 Con lo escrupuloso que eres tú pa estas cosas, y ahora te vale lo que escribe un becario en un digital??

https://hudoc.echr.coe.int/eng#

D

#57 ¿Se ha inventado los entrecomillados?

Entre semana en horario laboral mi nivel de exigencia disminuye porque voy con móvil, luego en casa lo miro, pero parecen muchas hojas y análisis a artículos de ley para un análisis superficial.

GatoMaula

#58 Cherrypiking

Ya, por eso te lo enlazo, eres de los pocos que sé que se lo va a leer con el tiempo y la calma necesarias.

D

#60 se agradece la apreciación personal, aunque en estos temas yo reconozco mi poca experiencia.

En cualquier caso, he echado de momento un vistazo rápido y me parece más demoledor de lo que pensaba contra la denunciante.

Vaya por delante que mi francés es pésimo, en el insti creo que me aprobaron por pena, y si me sacas de Moulin Rouge me pierdo Pero los traductores que he usado no sacaban muchas incoherencias y las partes que más me han llamado la atención he probado con varios y leído también en francés así que algo me fío.

Así que en resumen, la demandante denuncia por vulneración de 4 artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos, el 6, 7, 13 y 14.

En el artículo 6 se habla del agotamiento de recursos, básicamente se dice que no se han hecho pero la demandante dice que se debe a que no lo hizo porque no fue "debidamente" notificada y no pudo presentarlo en los plazos previstos. Este asunto no se entra a estudiar a fondo porque el tribunal dice que inadmite la demanda por otros motivos:

"46. Cependant, outre le fait que la requérante allègue ne pas avoir été personnellement notifiée de la décision du 20 septembre et, par conséquent, ne pas avoir pu présenter des allégations à son encontre, la Cour n’estime pas nécessaire de se pencher plus en avant sur la question relative à l’épuisement des voies de recours par la requérante, dans la mesure où la requête se heurte à un autre motif d’irrecevabilité."

"46. Sin embargo, además del hecho de que la demandante alega que no fue notificada personalmente de la decisión del 20 de septiembre y, por lo tanto, no pudo haber formulado ninguna denuncia contra ella, el Tribunal no considera necesario seguir examinando sobre la cuestión del agotamiento de los recursos por parte del solicitante, en la medida en que la solicitud se enfrenta a otro motivo de inadmisibilidad."

Después de esto se pone a analizar el proceso de funcionamiento de la sanción impuesta y dictamina que no se ha vulnerado el artículo 6.

"62. A la luz de los argumentos anteriores, esta queja debe rechazarse por ser manifiestamente infundada, de conformidad con los artículos 35, párrafos 3 y 4 de la Convención."

Lo mismo ocurre con los artículos 7, 13 y 14. Todos acaban con una sentencia final de resolución que dictamina que la solicitud que realiza la demandante es manifiestamente infundada. De hecho en el último artículo afirma que ni siquiera intenta respaldar sus reclamaciones

"75. El Tribunal observa a este respecto que, en este caso, aparte del hecho de que el demandante invoca esta disposición de forma aislada, no respalda sus reclamaciones, ya que no ofrece un período de comparación que pueda permitir al Tribunal de Justicia Examinar una posible analogía entre dos situaciones.

76. De ello se deduce que esta parte de la solicitud también es manifiestamente infundada y debe ser rechazada de conformidad con el artículo 35 § 3 de la Convención.
"

Me lo voy a anotar para el futuro y echarle un vistazo más detenido, incluso me anoté algunas partes que me gustaría mirar más a fondo, como lo que dice la Comisión de Venecia sobre estados constitucionales. Pero en general, me parece un mazazo para la demandante, y que no es cierto que se haya rechazado por falta de recursos, pone que no entran a valorar el fondo de esa cuestión porque la demanda cae por su propio peso.

A no ser que Google y DeepL me esten timando

GatoMaula

#82 Demoledor?? Es para que el abogado cuelgue la toga, solo les ha faltado preguntarle si se había licenciado en la Juanca o qué.

x

#47 en realidad lo que le han dicho es que ha puesto una denuncia falsa.

rojo_separatista

#52, y el cagado de Llarena por qué te crees que retiró las órdenes de extradición en Escocia, Bélgica y Suiza? roll roll roll

rojo_separatista

#56, vaya Fratón cuantas hostias te tienes que dar contra la pared para que te enteres de las cosas y aún ni así.

Osea que ya no solo era Alemania, ahora resulta las legislaciones del Reino Unido, Bélgica y Suiza también favorecen el independentismo catalán. Y el código penal en Francia también exige violencia, así que evidentemente no lo extraditarían si viajase allí.

rojo_separatista

#66, ¿Y de dónde sacas que en Francia el grado de supuesta violencia hubiese sido suficiente fartón? ¿Te digo un secreto? En España, tampoco lo es, pero como aquí tenemos jueces franquistas jaleados por hooligans como tu, pues se lo pasan por el forro.

D

#67 Te diré lo mismo que la otra vez, no eres un juez para interpretar nada, son los jueces quienes interpretan la ley, ya sabes que han dicho hoy desde Estrasburgo por no decir que nadie en Europa os compra lo de los presos políticos, por mucho que llores seria un juez quien tendría que entrar a valorar si hay suficiente violencia, no tu... roll.

Pd: Al contrario que tu espero que salgan las sentencias...

rojo_separatista

#68, pero qué dices fartón? Te has leído la resolución? No lo admiten a trámite porque no ha agotado todas las instancias antes.

D

#52 Pero debe existir violencia, y lo que hubo fue actividad parlamentaria y de gobierno declarada como inconstitucional y por tanto anulada. No se pueden equiparar las votaciones a los golpes de estado, hay gente que ha perdido el norte y carece de mesura. Un desafío independentismo se gana desde la razón, los argumentos y las campañas convenciendo de la conveniencia de la unidad, cosa que no he visto por parte de los mal llamados constitucionalistas, algunos de los cuales parece forofos de futbol desatados por la pasión, les importa poco o nada dar apariencia de legalidad ejemplar a este caso tan delicado, y aplauden las barrabasadas de algún juez incapaz de llevar una instrucción con la neutralidad requerida. ¿Qué queremos, vencer o convencer?

D

#84 Violencia existió según reza la sentencia pero la insuficiente para que según el código penal alemán se pudiera conceder la extradición por alta tradición (rebelión), viene en la sentencia... Creo que deberías leerte la sentencia no hablan de las votaciones cuando dicen que hubo violencia...

D

#85 Sigue, sigue así, buscando caminos de entendimiento, llamando violentos a los españoles catalanes para que sigan siendo muy mucho españoles, con la intención de acusarles de rebeldes y encarcelarles como si hubieran dado un golpe de estado alzándose armados contra España, para que así sigamos siendo todos hermanos y el porcentaje de independentistas baje y se solucione el problema. Chapó.

Alemania parece que ha salvado a España de sí misma, de la sed de venganza y la incapacidad de contenerse de algunos. Por ejemplo, si has leído la sentencia, ya sabrás la cantidad de violencia necesaria para al menos pretender doblegar a un estado por medio de una rebelión, ¿Cuántos megáfonos, coches de policía bajo los pies y manifestante cabreados son esos? ninguno, eso se mide en combatientes armados, edificios y puntos estratégicos tomados, líderes del otro bando arrestados, etc.
Si la realidad de lo sucedido no encaja, entonces la tergiversamos, si las leyes no son lo bastante duras, pues las tergiversamos. Que había riesgo de que los manifestantes se pusieran violentos si no obtenían al independencia, pues nada, ya tenemos un caso violencia ficticia clarísima, que si unos rodearon un edificio con pancartas y abucheos, pues lo equiparamos a tomar el edificio por la fuerza y arrestar a sus ocupantes, y así hasta encontrar 200 y pico casos de conflictos de poca monta y mandarlos a Alemania a ver si los aceptan como una rebelión violenta. Que los mossos pasaron de cumplir las órdenes de impedir el 1-O, pues nada en vez de un expediente interno o un delito de desobediencia a lo sumo, pues los acusamos de sedición para que escarmienten. Que la ley española dice que debe haber violencia en una rebelión, pues el juez hace un ejercicio lingüístico (no jurídico) para encajar el concepto de violentamente y asimilarlo al de violencia, y así poder tirar para adelante con las penas desmedidas, no vaya a ser que el independentismo se desinfle por su propio peso y la gente vaya a decidir racionalmente lo que es mejor para cataluña, no, no, no, los queremos bien cabreados y emocionados con sus mártires y su lucha.

D

#86 Bonito discurso, pero solo te pedí que te leyeras la sentencia alemana para que entendieras las cosas, yo solo digo lo que pone la sentencia, lo demás que dices no entro a valorarlo por que es una opinión tuya...

D

#88 Pues a ver si saco algo en claro. Coméntame qué violencia exactamente se ejerció según el tribunal en esa sentencia. Yo he relatado lo que el tribunal español envió a Alemania, entre 200 y 300 casos de supuesta violencia pues así lo contaron los medios, eso sí, luego preguntas y nadie sabe qué hechos violentos fueron esos. Pues bien, ¿cuales se consideraron violencia y cuales no según esa sentencia? pasa un link si lo prefieres. Me parece un dato importante y seguramente el dictamen alemán sea muy objetivo

D

#93 Básicamente dice el tribunal alemán que hubo incidentes pero que la policía no tuvo que emplearse a fondo, si no me falla la memoria se refiere que si hubo incidentes en 17 de los mas de 2000 colegios electorales, también se refiere que de los 6000 policías solo acabaron 58 con heridas.

Es solo un resumen, pero esa sentencia solo vale para Alemania, porque un juez francés por ejemplo si que podría darlo por valido para conceder la extradición, ya sabes que esto de los códigos penales en cada país tiene un criterio.

Se debe esperar a lo que digan los jueces y si alguien no hace bien las cosas esta Estrasburgo para corregirlo, yo no me caliento la cabeza cuando sale una sentencia la leo y solo digo lo que pone, venga cuídate otro día hablamos dew...

k

#8 Correcto. Los mossos son los principales responsables de los atentados contra los derechos humanos en España

https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/noticia/articulo/amnistia-internacional-pide-una-revision-de-los-protocolos-de-actuacion-de-los-mossos-desquadra/

e

#8 ya. Cataluña es lo suficientemente soberana como para saber que opina Europa aunque sus jueces se equivoquen.

D

¿Por qué es erronea?

D

#19 porque no les gusta

mefistófeles

Y tú veo que rezumas la típica educación catalana por todos los poros.

Vamos, que no rezumas nada. (espero que entiendas la ironía, si no pide ayuda a alguien más inteligente -cualquiera con el que te cruces, vaya- que tú)

D

Puigdemont no va a volver a ver Gerona si no es en fotos.

D

#8 jajaja estáis fatal.

Priorat

¡¡¡Danke Deutschland!!! Esta noticia me ha recordado la alegria de algunos cuando Alemania detuvo a Puigdemont.

Jokessoℝ

Separatistas, me alegro de vuestras desgracias, os deseo todo tipo de fracasos, laborales y sentimentales

Trigonometrico

#29 Hazte independentista, sabes que ya son igual de odiosos que los fascistas, pero se les presta más atención.

D

Para que nos vamos a leer la noticia si es mejor hacer juicios de valor sin leerla... roll

En este caso la sentencia de Estrasburgo es bastante lógica teniendo en cuenta que el TC había suspendido una ley que se siguió aplicando
a pesar de estar suspendida...

Ahora bien espero que los que tanto defienden ahora a Estrasburgo hagan lo mismo cuando empiecen a llegar las sentencias relativas al Tribunal Supremo y las sentencias del juez LLarenas...

PauMarí

Venga, va, soltarlo, total, seguro que la mayoría no se habrá leído la notícia pero que más da! P

D

#4 Soltadlo.

D

"Envío controvertido o erroneo"

J

Colección de biliosos incapaces de leer y entender una noticia. Hazte fan

rojo_separatista

#8, esto es verdad, pero el independentismo ha tendido bastante la Europeítis, sin tener en cuenta que las relaciones internacionales se rigen fundamentalmente por intereses económicoa y geoestratégicos. Cuanto más puertas se cierren más claro quedará el camino que tenemos que tomar, ai queremos la independencia de verdad, claro.

De todas formas la del TEDH es una vía a explorar.

rojo_separatista

#45, Europa nunca nos ha dado la razón. La justicia Europea en muchos casos sí.

M

#39 y el tema independentista catalán también se mueve por intereses económicos y estratégicos.

mefistófeles

#_75 lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol


Eres patético..te envío una buambulancia lo más rápido que pueda..... lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

sorrillo

#90 Se te nota muy impaciente, tranquilízate, esto es un proceso largo y seguramente esta no sea la última demanda que se lleva allí.

D

#91 y si pierden todas las demandas entocnes se acabara el proces. verdad? donde esta la demanda del gobierno catalan por impedir el 20N hace 4 años?

sorrillo

#95 y si pierden todas las demandas entocnes se acabara el proces. verdad?

Desconozco lo que ocurrirá en el futuro.

D

#96 pero tu que opinas, deben pararse el proces si se pierden todas las demandas?

sorrillo

#98 No sé exactamente que significa "pararse el proces". Si te refieres a que haya ciudadanos que deban renunciar a sus ideas y a defender sus proyectos políticos creo que eso no encaja con el concepto de democracia.

sorrillo

#97 Si lees el contenido del meneo verás que en esta demanda se han reclamado hechos muy concretos y específicos.

D

#99 HOmbre, seria curioso que estrasburgo avalara las multas sobre un referendum que estrasburgo considera legal, verdad??? pero bueno, todo llegara, cierto, no hay prisas.....por que no esperar entonces a que decida estrasburgo? no le oye a los lideres separatistas nunca sobre esto,

sorrillo

#100 Como te indicaba se han reclamado hechos muy concretos y específicos, el resto son especulaciones tuyas.

No seas tan impaciente, las denuncias al TEDH se suelen hacer cuando se han agotado todos los recursos internos, y hay aún varios procesos judiciales en marchas con recursos pendientes de instancias internas de España.

u

#8 pues si, es vergonzoso que se atenten contra los derechos humanos acorralando, amenazando e insultando en el parlamento a representantes democráticamente elegidos.

Independientemente del signo político es vergonzoso

x

¿A que jode?

TrollHunter

Ale, a comerse las lágrimas.
Por cierto, 106 positivos, 26 negativos, 102 de karma, pero wadefak???? Alguien "importante" se ha preocupado de que no suba a portada

D

sorrillosorrillo donde estas??? de esto hemos hablado muchas veces!!! ahora no dices nada???

sorrillo

#87 Espero que a partir de ahora no sigas insistiendo con comentarios como éste: Torra amenaza a Sánchez con retirarle el apoyo en el Congreso si no negocia antes de noviembre/c158#c-158

Claro que se están haciendo demandas al TEDH, que es lo que reclamabas que se hiciera insistentemente. Y seguramente más que habrá.

No seas tan impaciente, todo va llegando.

D

#89 PERO ES QUE entonces en que queda tu argumento????? ya estan perdiendo en estrasburgo!!!! ahora que??? eso de que era ilegal no permitir el referendum en que queda??? cuando estrasburgo ve bien hasta multar por ser participe!!!

D

#89 APARTE, con lo de estrasburgo queria decir una cosa elemental, si como tu dices es una cuestion juridica y teneis todo el derecho; PUES SE ACUDE a estrasburgo ANTES de montar el referendum, sin prisas, en 1 o 2 añitos resuelven y listo, ya podeis hacer el referendum, que facil verdad???

PERO NO, como ellos saben que estrasburgo no les va a dar la razon, montan el referendum igual....

sorrillo

#92 PUES SE ACUDE a estrasburgo ANTES de montar el referendum, sin prisas, en 1 o 2 añitos resuelven y listo, ya podeis hacer el referendum, que facil verdad???

A los tribunales se acude prácticamente siempre tras los hechos, acudir antes de los hechos es una anomalía.

D

#94 PERO ES QUE Los hechos son el IMPEDIMENTO de hacer el referendum!!! los hechos en este caso son las resoluciones y decisiones de impedir el referendum!!!!! o no? cuales son los hechos que juzga estrasburgo?? pues la decision del TC sobre el referendum, esa decision no tiene nada que ver con el dia del referendum en sí mismo. ADEMAS; ya han pasado 4 años desde el primer neverendum.

AJierro

A Europa los derechos humanos les dan igual, harán lo que sean por la estabilidad económica

AJierro

#7 Que en Europa sepan que en Cataluña se atentó contra los derechos humanos no significa que vayan a hacer algo para impedirlo o juzgarlo, de la misma manera que siguen comerciando con países como Arabia Saudí donde tampoco se respetan (salvando las distancias, lógicamente)

Ishkar

#7 La demanda no ha sido admitida porque no se han agotado todas las vías que permite la ley. De hecho lo remarca (casi al final) la misma noticia.
Cualquier demanda a Estrasburgo que no agote las vías nacionales está condenado a la inadmisibilidad.

P

#7 Leerte la noticia lo dejamos para otro día.

J

#7 qué prisa tiene la borregada, y sin leerse la noticia.

Bueno, igual sí la han leído pero no han sido capaces de entenderla lol lol

Los abogados contratados por toda Europa que están preparando las demandas ya han probado su eficacia y no cometen las torpezas de esta aficionada, pregúntale a tu idolatrado juez Llorona

Ah... Y gracias por darme otro comentario para favoritear

D

#3 Ay perdón, te he votado positivo sin querer.
Ya te compenso en otro.

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